POLITICA

El macrismo no pudo desplazar a Oyarbide de la causa de las escuchas

La Cámara Federal porteña rechazó un pedido de apartamiento que habría presentado contra el magistrado el ministro porteño Guillermo Montenegro.

0422oyarbide468dyn
| DyN

La Cámara Federal porteña confirmó ayer al juez Norberto Oyarbide al frente de la causa por las escuchas telefónicas, al rechazar un pedido de apartamiento que había presentado contra el magistrado el ministro de Justicia y Seguridad de esta ciudad, Guillermo Montenegro, imputado en la causa y citado a declaración indagatoria para la próxima semana.

Fuentes judiciales informaron a la agencia DyN que la Sala II de la Cámara - por dos votos contra uno- rechazó el pedido de inhibición y recusación que Montenegro había presentado contra el juez.

Esto no les gusta a los autoritarios
El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.
Hoy más que nunca Suscribite

Según el sitio Centro de Información Judicial, la resolución dice lo siguiente: "Rechazar la recusación del Dr. Norberto Oyarbide, juez interinamente a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 7, promovida por el Dr. Guillermo T. Montenegro, para seguir atendiendo en las presentes actuaciones".

Hay que recordar que en su pedido, Montenegro había argumentado que mientras era fiscal federal había acusado a Oyarbide en una causa, situación que estaba incluida dentro de las causales de recusación del artículo 55 del CPPN.

En el voto mayoritario, los camaristas indicaron que “queda claro que en una alegada respuesta endeble a la recusación no puede por sí ser interpretada como un indicador de pérdida de imparcialidad”, destacó el portal judicial.

Además, sostuvieron que los hechos a los que alude Montenegro como causal de recusación (su actividad como fiscal en una causa contra Oyarbide) ocurrieron en el 2001. “Ha transcurrido casi una década desde allí hasta hoy”, explicaron los camaristas.

Fuente: DyN y CIJ