POLITICA
Fallo

La Corte avaló que los jueces trasladados sigan en sus cargos hasta que se cubran las vacantes

El máximo tribunal acordó que los magistrados, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, sigan en los puestos a los que fueron trasladados por el macrismo hasta tanto se cubran esas vacantes.

La Corte suprema 20201103
La Corte resolvió la situación de Bruglia y Bertuzzi | CIJ

En un fallo por mayoría, de cuatro votos a favor y uno en contra, la Corte Suprema de la Nación avaló que los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi queden provisoriamente en los puestos a los que fueron trasladados por el macrismo, hasta tanto esas vacantes se completen por concurso. La decisión del máximo tribunal dispone que los magistrados se mantengan en sus cargos hasta tanto se llame a un nuevo concurso, dándoles la oportunidad de presentarse. Bruglia y Bertuzzi eran miembros del Tribunal Oral Federal (TOF) 4, hasta que en 2017 y 2018 llegaron a la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Py. Allí, en esa instancia revisora de lo actuado en primera instancia, confirmaron, entre otros, el procesamiento de la actual vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner, en el marco de los cuadernos de las coimas, en las que está acusada de ser jefa de una asociación ilícita. 

En la práctica, con esta decisión, el Consejo de la Magistratura debe llamar a un nuevo concurso dándole la oportunidad de participar a los magistrados, lo que podría demorarse al menos dos años. La decisión de la Corte implica también que tanto lo actuado desde que fueron trasladados así como lo que suceda de aquí en adelante será legítimo.

La decisión de hoy, conocida tras más de un mes de deliberación desde que decidieron hacer lugar al Per Saltum presentado por los jueces, fue por mayoría dejó en minoría al presidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz. El presidente del máximo tribunal ya había adelantado su posición a favor de los traslados el 29 de septiembre pasado, cuando la Corte decidió tratar el Per Saltum.

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Por otro lado, la decisión de la Corte tiene un fuerte mensaje a la política, en el ámbito legislativo, al exhortar al Congreso de la Nación, para que regule el tema de todos los traslados, un hecho clave dado que todos los gobiernos usan habitualmente la herramienta de los traslados de forma discrecional.

Bruglia y Bertuzzi  fueron trasladados entre 2017 y 2018 por el macrismo. Tras el cambio de gobierno, el kirchnerismo pidió la revisión de sus traslados -junto a otros 7- bajo el argumento de que no estaban completos al no tener Acuerdo del Senado de la Nación. Los magistrados judicializaron la situación y así llegaron vía Per Saltum a la Corte. A fines de septiembre pasado se conoció la decisión del máximo tribunal de hacer lugar a ese recurso extraordinario -algo que no sucedía desde 2013- lo que sorprendió al Ejecutivo, que confiaba en que los ministros esperarían a que el caso llegara a ellos por los canales tradicionales. 

De acuerdo a lo resuelto por la Corte, los jueces Bruglia y Bertuzzi, ocupan sus actuales cargos de modo no definitivo y eso será así hasta tanto se dirima la cobertura de los cargos vacantes de acuerdo al procedimiento constitucional, es decir por concurso. De esta manera, los jueces trasladados permanecerán en sus funciones mientras se vayan cumpliendo todos los pasos y en ese contexto, gozarán de la garantía constitucional de inamovilidad. 

Por todo ello, los magistrados no deben volver a sus tribunales de origen, por que los traslados a los cargos que ocupan son legítimos como tales. De este modo, explicaron desde el máximo tribunal, siguiendo precedentes de la Corte, “se evita una situación de incertidumbre jurisdiccional con consecuencias que podrían traducirse no sólo en impunidad ─o riesgo de tal─ en el juzgamiento de delitos de suma gravedad que hayan merecido sus intervenciones o que las merezcan en el futuro, sino también en violación de garantías respecto de las personas que hubiesen sido absueltas o sobreseídas”.

La mirada hacia el Congreso: 

El máximo tribunal también consideró que es necesario ajustar las conductas a la Constitución Nacional y exhortó al Poder Legislativo para que regule la institución de los traslados de magistrados. Fue asumiendo que se trata de un mecanismo de contingencia, transitorio, que no debe ser utilizado en reemplazo del nombramiento constitucional. La alusión no es casual. Los traslados son una herramienta usada por los diferentes gobiernos para cubrir vacantes, que en general son de un 25 % disponible con el que cuentan.  

Las acordadas y su interpretación: 

Las acordadas 4 y 7, de marzo y abril de 2018, que se manifestaban sobre traslados quedaron en el centro de la escena desde que comenzó el debate por los traslados. De hecho, la interpretación de las acordadas habían caída en una grieta, tal como sintetizaban fuentes del Palacio. En ese sentido, desde el máximo tribunal consideraron que: “las acordadas 4/18 y 7/18 son decisiones de superintendencia que no pueden ser consideradas aisladamente una de la otra”, consideraron. Tras lo que consideraron que en no hay en el texto de las normas de superintendencia cláusula alguna que sostenga que los traslados son definitivos ni puede efectuarse –para llegar a semejante conclusión- una interpretación extensiva de aquellas que pueda sortear un test básico de razonabilidad. Pretender que al preguntarse sobre la validez de unos traslados se respondió por la validez de nombramientos, convirtiendo a los primeros en los segundos, equivale a sugerir que por una acordada se puede reformar la Constitución. Este es un razonamiento que no resiste el más mínimo escrutinio jurídico e implica no solo tergiversar la pregunta y la respuesta sino, fundamentalmente, subestimar a este tribunal". 

 

 

(Noticia en desarrollo)