La Cámara Nacional Electoral que avaló la asunción del ex subcomisario Luis Patti como diputado nacional estuvo compuesta por los camaristas Rodolfo Munné, Alberto Dalla Vía y Santiago Corcuera. En ese fallo, los jueces afirmaron que si bien el Código Electoral Nacional exige a los candidatos el requisito de “idoneidad”, vale destacar que “este paradigma no puede importar desconocer el principio de inocencia”.
Además, el dictamen determinó que para desvirtuar ese principio de inocencia, “se requiere al menos el dictado de una sentencia condenatoria por un juez competente, aún si ella no se encontrara firme”, en referencia a que Patti está siendo investigado en varias causas judiciales pero todavía no tiene ningún fallo en su contra.
Más allá de la cuestión de la idoneidad, la Cámara recordó que hay una etapa previa a cada elección en la que deben plantearse las impugnaciones a las postulaciones y que en este caso ninguna agrupación política efectuó oposición alguna. Entonces, para los jueces, “al haber resultado electo en los comicios correspondientes se encontraba habilitado a ejercer el cargo para el que fue investido por el pueblo de la provincia de Buenos Aires”.
En la resolución se hace hincapié que si las impugnaciones se vuelven “indefinidas” el ciudadano sufragante “no sabría jamás a favor de qué candidato estaría emitiendo su voto” y destacó: “ Esto originaría la decepción y el desaliento de muchos electores que entienden con razón que su voto decide, lo que no sería así en la realidad”.
De hecho, después que los diputados le bajaran el pulgar, el ex intendente Patti apeló y la jueza María Servini de Cubría apoyó la moción de los legisladores. Pero Patti apeló nuevamente argumentando que la negativa de los diputados para que asumiera “lesionó arbitrariamente su derecho subjetivo político y también desconoció la voluntad de 394.398 electores que avalaron su idoneidad técnica y ética para ser diputado nacional”.
En ese entonces, el ex intendente afirmó: “Lo que los diputados hicieron es autoproclamarse jueces, no ya de la validez de las elecciones, derechos y títulos de sus miembros, sino lisa y llanamente del acierto o desacierto del cuerpo electoral”.
La Cámara le dio hoy la razón y además criticó a la jueza al señalar que lo que resolvió contravino “expresa e infundadamente la doctrina sentada” por el tribunal, incluso confirmada por la Corte Suprema en el caso Bussi.