El fallo de la Cámara en lo Contencioso y Administrativo de Tucumán, que esta noche anuló las elecciones provinciales del 23 de agosto pasado, sacudió el escenario político. Es que el próximo 29 de octubre deben asumir las nuevas autoridades, y todo indica que se avecina un laberinto judicial que puede dejar a la provincia al borde de la acefalía.
El gobernador de la provincia, José Alperovich, apelará el fallo, que debería pasar a la Corte Suprema Provincial. En un breve comunicado difundido poco antes de la medianoche, la Secretaría de Prensa y Difusión de la Gobernación calificó además el pronunciamiento del tribunal como "un golpe de estado judicial". A partir de ahí, hay tres escenarios posibles.
1. Per saltum. Ante la posibilidad cierta de terminar en la Corte de Tucumán, el Frente para la Victoria podróa plantear en la Sala I el levantamiento de la cautelar que impide proclamar ganadores, argumentando que el escenario ha cambiado, porque el escrutinio definitivo concluyó en la Junta Electoral. Además, existe la posibilidad de que el Estado plantee un “per saltum” para llegar directamente al superior tribunal de la provincia, y así pasar por alto las instancias de intervención de los tribunales inferiores, lo que les permitiría ganar tiempo para obtener un fallo de fondo.
2. Corte Suprema de Justicia nacional. Llegada la instancia de que deba intervenir, la Corte Suprema de Tucumán se enfrentará a dos opciones: o convalida las elecciones del 23 de agosto, o las declara nulas. En cualquier caso, una parte o la otra seguramente apelarán ese fallo, en busca de la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En ese caso la clave para unos y para otros, a la hora de plantear el recurso federal, es haber conseguido por lo menos un fallo favorable (ya sea de la Cámara en lo Contencioso Administrativo o de la Corte provincial). Sólo si en alguna de esas instancias se ha logrado una sentencia a favor, cuando se recurra al superior tribunal de la Nación se conseguirá “efecto suspensivo” sobre las pretensiones de la otra parte.
Este escenario plantea dos problemas para el oficialismo: los jueces restantes del máximo tribunal son, en el mejor de los casos, de tendencia independiente (Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco), o directamente opositores al gobierno (Carlos Fayt, Carlos Maqueda). Además, es poco probable que se llegue a una decisión antes del 29 de octubre. Incluso podría demorarse más allá del 10 de diciembre, cuando asuma el nuevo presidente.
3. Intervención federal. El 29 de octubre deben estar en funciones el gobernador electo, junto con el vicegobernador y los 49 legisladores, ya que de no ser así, se podría caer en un escenario de acefalía del poder político. La Constitución de 2006 emplazó a la Legislatura a dictar una Ley de Acefalía durante ese mismo año (artículo 163), pero la Cámara aún no lo cumplió.
Por ello, según La Gaceta de Tucumán, aún rige la Ley 6.341 (de febrero de 1992). Esa norma sostiene que en todos los casos de acefalía definitiva (salvo en los casos de muerte, destitución o renuncia) o de vacancia del Poder Ejecutivo, las funciones de gobernador serán ejercidas por un legislador. Pero si para el 29 de octubre no se ha resuelto el conflicto y no asumieron las nuevas autoridades, no habrá nuevo gobernador ni tampoco un legislador que ocupe su lugar.
Por lo que, ante el vacío en el Poder Ejecutivo y el Legislativo, la Nación podría considerar a Tucumán incursa en la causal del artículo 6 de la Constitución argentina: “El Gobierno federal interviene en el territorio de las provincias para garantir la forma republicana de gobierno”.