SOCIEDAD
La justicia los hall culpables de delitos de lesa humanidad

Condenan a militares de la dictadura después de caída de "leyes del perdón"

El juez Ariel Lijo condenó a 25 años de prisión al ex jefe del Ejército, Cristino Nicolaides, por el secuestro y desaparición de cinco miembros de Montoneros. También dio penas de entre 20 y 25 años a otros siete ex militares.

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| CEDOC

La Justicia condenó hoy a 25 años de prisión al ex jefe del Ejército, Cristino Nicolaides, y a penas de entre 20 y 25 años de cárcel a otros siete represores por los secuestros y desapariciones de cinco miembros de Montoneros que volvieron a la Argentina en 1980 para llevar a cabo una "contraofensiva" ante la dictadura militar.

El fallo fue dispuesto por el juez federal Ariel Lijo, al cabo de un juicio sustanciado según el Código Procesal "viejo", previo a la reforma que introdujo el proceso oral, y constituye la primera sentencia sobre militares después de la anulación de las "leyes del perdón".

Los condenados son Nicolaides (25 años), Pascual Guerrieri (20), Carlos Fontana (21), Waldo Roldán (23), Luis Arias Duval (25 años), Santiago Hoya (25), Juan Carlos Gualco (23) y Julio Simón (alias "el Turco Julián") (23), varios de ellos de la plana mayor del Batallón de Inteligencia 601 del Ejército.

A los imputados se los halló culpables de asociación ilícita, privación ilegal de la libertad, apremios ilegales y reducción a la servidumbre, entre otros delitos. La Fiscalía y la querella habían pedido penas de 25 años de cárcel para todos los acusados.

Lijo precisó que la pena de Nicolaides vencerá el 11 de julio de 2027; Guerrieri, 11 de julio de 2022; Fontana, 11 de julio de 2023; Roldán y Gualco, 11 de julio de 2025; Arias Duval, 24 de julio de 2028; Hoya, 12 de julio de 2027, y Julio Simón (alias "el Turco Julián"), 10 de julio de 2025.

El juez dijo que el Batallón 601 fue un "engranaje de relevancia" para el accionar de la dictadura y la concreción de crímenes de lesa humanidad y que los condenados tuvieron una "incidencia significativa" en el funcionamiento del organismo.

El magistrado rechazó nulidades de las defensas contra el accionar de la Fiscalía y las querellas y otras diligencias desarrolladas en el juicio, así como planteos de prescripción de la causa y de violaciòn del principio de culpabilidad.

Lijo sostuvo en su fallo que hubo "impunidad, actividad ilegal y destrucción de pruebas" que demuestran la culpabilidad de los acusados.

Además, aseveró que los condenados eran "funcionarios públicos que abusaron y ejercieron el poder" y que la desaparición de los militantes políticos constituyen "un tormento adicional para los familiares de las víctimas".

Tras la lectura del fallo hubo cerrado aplauso de los asistentes a la audiencia y algunos insultos de familiares de víctimas contra los represores.

Fuente: DyN