Arrestos de hasta 90 días, trabajo comunitario, multas que se medirán en Unidades Fijas (U.F.), ítem que actualmente a $ 9,50 por unidad, responsabilidad de los padres por las contravenciones que cometan sus hijos, figuran entre las sanciones de decenas de "delitos" en casos hasta curiosos del flamante Código Contravencional aprobado en la Legislatura de Mendoza.
El tema se debatió largamente, cada uno de los pasos tuvo amplio eco en redes, hasta que llegó la hora de la votación y no hubo votos en contra, porque el peronismo y la izquierda optaron por retirarse del recinto, dejando la aprobación en los 20 votos del oficialismo, más el pastor Héctor Bonarrico, del MASFE. Lo llamativo de la larga lista de contraveciones, que incluye la prohibición de cortar calles, la tarea de los "trapitos" que no tengan específica autorización municipal, la de consumir alcohol en vía en la vía pública, es que tiene otras prohibiciones singulares, por ejemplo la de penalizar a quienes de "oficien de adivinos, tiren las cartas, evoquen espíritus o indiquen la ubicación de tesoros ocultos de manera pública".
Así entonces, tanto los mendocinos como visitantes tendrán en lista, entre otras sanciones, castigos para:
- La negación de auxilio a terceros.
- Realizar ruidos estruendosos ofreciendo mercadería o servicios.
- Ofender en forma personal a funcionarios públicos, a maestros y a personal de la salud durante las guardias.
- Serán objeto de sanción las reiteradas inasistencias de un alumno al colegio y el incumplimiento de los padres del horario de retiro de los alumnos.
- Abandonar a menores de edad en el auto.
- No denunciar la pérdida de una mascota.
- Manchar, ensuciar, fijar carteles, dibujar o expresiones de cualquier tipo en paredes, veredas, puertas, ventanas, de casas particulares, de comercios o en automóviles.
- Dejar encerradas a mascotas en el auto.
- La conducta sospechosa de circular en transporte público reiteradamente por los mismos lugares
- Circular en vehiculos por los mismos lugares.
- Seguir de manera ostensible a un transeúnte sin razón atendible.
- Dejar escombros o residuos en lugares no habilitados.
- Invasión de ganado en campo ajeno.
- Inhumación o exhumación clandestina y profanación de cadáveres.
- Realizar apuestas clandestinas.
- Realizar carreras de animales no autorizadas.
- Ofensas al pudor y la incitación a mantener prácticas sexuales por precio.
- Ebriedad en lugar público o abierto al público.
- Alteración psíquica en la vía pública por uso de estupefacientes o sustancias tóxicas.
- Se castiga además la inasistencia reiterada e injustificada de alumnos a la escuela y el .
- No cumplir con el calendario de vacunación de los menores.
El nuevo código indica que la policía deberá detener al infractor, aun sin orden judicial, si lo sorprende infraganti o si intenta darse a la fuga, pero las autoridades mendocinas destacaron que "habrá un lapso para que la comunidad vaya asumiendo las nuevas normas, y por eso no se producirán detenciones ni multas por algunos meses".