El ex jefe del Comando de Institutos Militares Santiago Omar Riveros, de 86 años, fue condenado ayer a prisión perpetua por el asesinato del adolescente militante comunista Floreal Avellaneda y el secuestro y sometimiento a tormentos de la madre del chico, Iris Pereyra, perpetrados durante la última dictadura en el área de Campo de Mayo. En tanto, el ex titular de Inteligencia de ese comando y ex jefe de la Policía Bonaerense Fernando Verplaetsen (83) recibió la pena de 25 años de cárcel.
Las condenas -que deberán ser cumplidas en cárcel común, pese a la avanzada edad de los sentenciados- fueron impuestas por el Tribunal Oral Federal 1 de San Martín, en el primer juicio por los crímenes de lesa humanidad cometidos en jurisdicción de Campo de Mayo en la dictadura militar de 1976-83.
En el mismo proceso fueron condenados también Osvaldo García (78), ex titular de la Escuela de Infantería de Campo de Mayo, a 18 años de cárcel; a 14 años el ex policía bonaerense Alberto Aneto (75) y a ocho años los ex militares César Fragni (75) y Raúl Harsich (62), que se desempeñaban a las órdenes de García.
Los jueces Lucila Larrandart, Marta Milloc y Héctor Sagretti rechazaron las prisiones domiciliarias para los acusados, que continuarán detenidos en la cárcel federal de Marcos Paz. El tribunal sostuvo que "la sola constancia de tener más de 70 años resulta insuficiente" para acceder a ese beneficio y que para ello "debe considerarse la gravedad del delito".
Las querellas y la fiscalía habían pedido para los seis imputados "reclusión perpetua" a cumplirse en cárceles comunes.
Floreal "Negrito" Avellaneda, un adolescente de 15 años que militaba en el Federación Juvenil Comunista (FJC) y su madre, Iris Pereyra de Avellaneda, fueron secuestrados de su casa de Munro el 15 de abril de 1976, durante un operativo del Ejército que llegó a la vivienda en busca del padre del joven, también de nombre Floreal, que era del Partido Comunista y delegado gremial en la fábrica metalúrgica Tensa.
Madre e hijo fueron trasladados a la comisaría de Villa Martelli, donde fueron golpeados y torturados. El chico fue torturado hasta que murió y fue arrojado al Río de la Plata y encontrado el 14 de mayo de 1976 por un barco pesquero en la costa de Montevideo, Uruguay. Además, el muchacho había sufrido un empalamiento de parte de los verdugos.
En tanto, la mujer permaneció 15 días en la comisaría y luego fue trasladada al centro clandestino de detención "El Campito", de Campo de Mayo, donde volvió a ser torturada hasta que fue puesta a disposición del Poder Ejecutivo Nacional hasta junio de 1978.
"Todos los acusados efectuaron los aportes para ejecutar el plan, pero a diferencia de los comandantes en jefe que fueron autores mediatos, los que ejercían el poder en la zona son coautores directos por codominio de la acción. Riveros, Verplaetsen y García podían decidir sobre el modo de ejecutar los hechos", sostuvo el tribunal.
La audiencia comenzó por la mañana, cuando Riveros dijo sus últimas palabras ante el tribunal y se revindicó como un demócrata. "Soy un demócrata. No somos nazis, no somos dictadores, somos constructores de la democracia", aseveró.
También sostuvo que le "cortaron los derechos humanos", reivindicó el accionar castrense durante la última dictadura al sostener que "las fuerzas armadas entablaron una guerra revolucionaria contra la agresión marxista" y defendió la ley de Obediencia Debida, al sostener que él cumplía ordenes.
Tras recordar que hace 10 años permanece recluido en su casa "sin salir a la calle", Riveros calificó de "concepto foráneo" los delitos de lesa humanidad y dijo que sus "jueces naturales" son su "familia y el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas", el tribunal militar recientemente disuelto. A la vez consideró que debió ser juzgado bajo el Código de Justicia Militar.
Ninguno de los acusados estuvo presente durante la difusión del fallo, pues sus defensas plantearon que por su avanzada edad -en su mayoría más de 70 años-, no podían soportar la lectura de una sentencia de más de cinco horas. La jueza Larrandart afirmó que se iba a hacer lo que correspondía y los imputados lograron tácitamente no estar en la sala.
El tribunal inició la lectura con las justificaciones del rechazo de todas las nulidades planteadas por los defensores a lo largo del juicio, entre ellos que Avellaneda no había estado en Campo de Mayo sino en la ESMA. Larrandart destacó la vigencia del juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad y la imprescriptibilidad de los delitos.
La defensa de Verplaetsen se amparó en el argumento del "fair play", al sostener que no correspondía el juzgamiento por el tiempo transcurrido. "Verplaetsen fue llamando a indagatoria luego de 32 años precisamente por las leyes de Obediencia Debida y Punto Final y no por la lentitud de la justicia. No se advierte que se haya quebrado el juicio justo", replicó el TOF. Los jueces validaron la prueba presentada durante el juicio al considerar que "el ocultamiento y desaparición de pruebas para lograr total impunidad se evidencia también en esta causa".
Por otra parte, el tribunal mencionó un fallo que dictó la Corte Suprema en abril de 1977 ("la Corte Suprema del Proceso") en el que resolvió un planteo sobre el destino de 405 personas desaparecidas, entre las que estaba Floreal Avellaneda. En ese fallo, el máximo tribunal instaba al Ejecutivo de facto a "intensificar la investigación sobre el paradero de personas no registradas como detenidas" y le ordenaba que pusiera al tanto de esta situación a los magistrados "en salvaguarda de las libertades individuales".
Los crímenes de Campo de Mayo continuarán juzgándose el 27 de octubre, cuando Riveros, Verplaetsen y el dictador Reynaldo Bignone serán imputados de otros hechos, y se espera la fecha para que el ex subcomisario Luis Patti afronte un proceso.
Fuente: DYN