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Estafas en celulares: la investigación de estudiantes de Perfil que premió Fopea

La investigación "CC Móvil Tech SA. El telar de la abundancia de los celulares" fue realizada por estudiantes de la Escuela de Comunicación y recibió el Premio Fopea Periodismo de Investigación 2020. Compitió con trabajos presentados por universidades de todo el país.

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GANADORES - ESCUELA DE COMUNICACIÓN | Cedoc Perfil

Un nuevo engaño circula por internet y redes sociales. Se trata de CC Móvil Tech S.A, una empresa que vende celulares y artículos tecnológicos de alta gama, con un descuento de hasta un 70%. La compañía se caracteriza por operar con un esquema piramidal, brindar información incompleta e inexacta sobre las condiciones de compra y no establecer plazos de entrega de los productos. De hecho, muchos de sus clientes jamás recibieron sus artículos y a la fecha hay 2.554 potenciales víctimas. Por ello, para muchos abogados, esta situación podría tratarse de una estafa. Además, hay influencers que promocionan las ofertas en sus redes para dar a conocer la firma y captar así a una mayor cantidad de clientes.

El pasado 27 de agosto, la Dirección Nacional de Defensa de las y los Consumidores (DNDC) imputó a CC Móvil Tech S.A. “por presuntas violaciones a la ley de Defensa del Consumidor”, conforme indica el comunicado al que accedió el Equipo de Investigación de la Editorial Perfil. Ocurre que la empresa oculta información acerca de los valores reales de los aparatos de última tecnología y realiza publicidades engañosas o confusas, según informó el ente al Equipo de Investigación. Además, expertos en la materia señalan a Perfil que la compañía, a través de las bases y condiciones, les impondría a sus clientes cláusulas abusivas y los llevaría a renunciar a sus derechos. Por ejemplo, la empresa no se responsabiliza por artículos fallados o dañados y obstaculiza los reembolsos.

Asimismo, la sociedad anónima presenta algunos rasgos que, al menos, resultan sospechosos. La compañía figura inscripta en AFIP desde el 01/11/2019. No detalla ningún número telefónico (ni en el contrato, ni en la página web) y tiene su domicilio en la calle Isla Martín García 550, en la localidad del Jagüel, perteneciente al partido de Monte Grande, provincia de Buenos Aires. Según pudo verificar el Equipo de Investigación de Perfil, se trata de un barrio del conurbano bonaerense, con calles de tierra. No hay ninguna fachada que indique que en esa dirección una empresa realiza su actividad comercial. Los únicos datos de contacto que tienen los consumidores con la organización es el correo electrónico [email protected] y el link del portal web https://ccmovil.com.ar, lo que vuelve mucho más difícil cualquier tipo de reclamo. Sin embargo, el Equipo de Investigación de Perfil logró dar con el presidente de la firma, Pablo Fabián Forino, de 59 años, el cual increíblemente admite su titularidad, aunque niega ser partícipe de cualquier tipo de decisión de empresa: “Yo figuro como titular pero no manejo nada de CC Móvil…”, revela.

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“Los busqué por Google Maps y no los encontré. También por AFIP, pero sólo figuran que son monotributistas. No hay ningún nombre, ninguna persona responsable, nada. Sé que hacen la estafa piramidal. La macana se la mandó mi hijo de 14 años, porque le pusieron precios re baratos y cayó en la trampa. Perdió $9.000. Son unos chantas. Pedí el reintegro, pero no te lo hacen, te meten excusas”, declara a la Perfil con énfasis Mauricio Rizzonico, residente en Rosario, provincia de Santa Fe y papá de una de las víctimas de esta empresa.

Dada la imposibilidad de contactarse con la empresa, muchos consumidores optaron por manifestar su descontento a través de las redes sociales. Tal es el caso de Julia Pronyk, una compradora que hace siete meses espera por sus celulares y que decidió expresarse en el Facebook de la compañía: “No compren, es una gran estafa.  Pobre de mí y todos los que caímos en sus engaños, ladrones caras duras. Desde marzo espero, encima no contestan. Son de cuarta, juegan con la ilusión de las personas (…) CC Móvil disculpen mi furia, pero espero desde marzo y no tengo respuesta y compré tres celulares, ¿cómo hago para que me respondan?”, escribió Julia.

CC Móvil Tech S.A. ofrece sus productos a un precio irrisorio. Lo que sucede es que el usuario, previo a efectuar la compra vía transferencia bancaria, sólo puede visualizar un valor del artículo. Es decir, cada objeto posee un valor de mercado (valor total) y un valor con rebaja (valor final). Aquí aparece la primera vulneración a la ley de Defensa del Consumidor, ya que según aquella, el proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada, tanto de las características de los artículos como las condiciones de comercialización.

Principalmente tratamos de alertar a los más chicos, porque son los más proclives a ser engañados en el universo digital. Investigamos todos los días porque queremos ayudar a que la gente no caiga en estas trampas”, afirma en diálogo con Perfil, Gabriel Zurdo, especialista en Tecnología y Servicios de Riesgo de Seguridad. Al respecto, el profesional advierte que, según una estadística elaborada por su equipo de trabajo, los usuarios presumen que todas las comunicaciones que reciben vía redes sociales u otros sitios webs son confiables. Además, señala que a la población nunca le enseñaron a ejercitar la duda y que por ello, para evitar ser estafado el factor humano es fundamental. “No se puede creer en todo lo que muestran las pantallas. Las personas deberían realizar capacitaciones informáticas, pero a su vez, deberían adquirir disciplina: un producto que vale más de $ 100 mil en el mercado, por ejemplo, no puede valer $ 30 mil en un portal”, reflexiona Zurdo.

“Me dicen que acepte los términos y condiciones y ahí está el tema. No leí el contrato, no me tomé el tiempo. Directamente apreté el ok y confirmé la compra. Me confié. Sólo después de efectuar el pago me dijeron que era un sistema piramidal. Para colmo, no tienen un solo número telefónico a dónde llamar. Les escribo mails y me devuelven una respuesta automática”, relata Fernando Raúl Paz, quien compró desde Córdoba Capital, en enero de este año, un celular Samsung A 20 por $ 7.000 (cuando en otras tiendas el valor oscila cerca de los $ 27.000). Hoy, ocho meses después, continúa sin recibir el producto.

Ahora bien, siguiendo la lógica planteada por CC Móvil Tech S.A, ¿cómo alguien podría acceder a un celular pagando mucho menos de lo que corresponde? Allí es cuando los consumidores se encuentran con el esquema piramidal, con “el grupo de compras” o con “la compra compartida”. Esta metodología de venta  no  es nueva e incluso, en nuestro país, ya fue cuestionada. Un ejemplo de ello es el caso Nu Skin, la compañía que ofrece máquinas y cosméticos para la piel y que fue imputada (también por  la Dirección Nacional de Defensa de las y los Consumidores) en mayo de este año, por difundir información falsa y por promocionar anuncios que inducen a la confusión y al engaño.

En ese sentido, la Dirección Nacional de Defensa de las y los Consumidores en el comunicado de la imputación señala: “Estas ventas a través de ´grupos de compras´ resultarían un sistema de compras compartido o piramidal que, en sus publicidades, no es informado explícitamente a los consumidores, y en el caso de los descuentos de la sección “shop” (https://ccmovil.com.ar/shop/) sólo se informa el precio con el supuesto descuento del 70% y no surge el precio íntegro de los productos. Además, no se informan los plazos que el consumidor debe esperar para recibir el producto que pretende comprar".

Cómo funciona CC Móvil Tech S.A. Una vez que el cliente realizó el pago, tendrá un número de orden y se ubicará en una lista de espera, la cual está integrada por una multiplicidad de otros compradores. Cada uno tiene una posición en dicha lista. Recibirá el equipo quien se encuentre al principio de la lista (o en la punta de la pirámide). La única forma de escalar posiciones es con el ingreso de nuevos aportantes. Entonces, para que alguien adquiera un artículo se requiere que otros nuevos consumidores financien el monto total del producto.

La única forma de escalar posiciones es con el ingreso de nuevos aportantes. Entonces, para que alguien adquiera un artículo se requiere que otros nuevos consumidores financien el monto total del producto.

Un video explicativo en la página de la empresa reza lo siguiente: “Cuando recibimos una nueva compra, la orden se ubica en la última posición del grupo de compras y el dinero recibido se suma al comprador de la primera posición. Una vez que el comprador número uno completa la suma de su producto, el comprador número dos pasa a la primera posición y así sucesivamente”. Lo que no menciona CC Móvil es qué pasa con la suma de dinero ya abonada en el supuesto de que no lleguen nuevos compradores. Es decir, no se informan los riesgos ni se advierte que el sistema puede colapsar.

“Quien constituye una Sociedad Anónima y opera con un esquema piramidal, no puede desconocer que está generando una situación en la que, necesariamente, habrá personas afectadas. Esto es un elemento que me podría llevar a la convicción de que estoy frente a un dolo”, señala al Equipo de Investigación Hernán Dulau, secretario de la Fiscalía de transición y ejecución de La Plata y especialista en Derecho del Consumidor. El abogado afirma que, según su criterio, el caso CC Móvil Tech S.A. es plenamente investigable en la justica penal. Además, explica que para que se configure la estafa, una persona debe defraudar a otra a través de un ardid o engaño. Ahora bien,  ese sujeto debe obrar con dolo. Es decir, con la intención de causarle un daño a un tercero. Sin este aspecto intencional no se puede probar el delito. “La historia nos señala que hay decenas de estafas piramidales o telares de la abundancia y que en todos los casos, en algún momento, se cortan y la gente pierde”, concluye Dulau.

Por el contrario, Eduardo Rosende, abogado responsable de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°45, expresa al Equipo de Investigación de Perfil que estos mecanismos de compra-venta están mal llamados “estafas piramidales”. Según su criterio, estos esquemas no se encuadran dentro de lo previsto por el artículo 172 del Código Penal, el cual describe a la conducta delictiva como un ardid o engaño. “La empresa CC Móvil Tech S.A. le informa a los consumidores cómo es el funcionamiento para acceder al producto, más allá de que lo haga a través de un contrato muy confuso. El comprador sabe que recibirá el artículo cuando ingresen X cantidad de nuevos aportantes y llegue su turno. Para mí, en este caso, no debería meterse el sistema penal. Yo lo rechazaría por inexistencia de delito”, sostiene el fiscal. Asimismo, Rosende señala que las personas que hayan sufrido algún daño por esta causa disponen de la vía civil para poder reclamar la restitución del dinero.

Sin embargo, hubo compradores que sí recibieron sus dispositivos móviles. Por este motivo, hay quienes creyeron en la empresa y fueron cautivados por la posibilidad de adquirir aparatos tecnológicos a precios increíbles. Ese fue el caso de un padre al que se le entregó su  teléfono y por ello, luego, encargó tres más: “El hijo de mi mujer compró un celular a través de esta página. El aparato demoró dos meses en llegar, pero llegó finalmente. Eso me dio confianza en el sitio y además, los precios me entusiasmaron. Nuestro pedido está en el puesto 800 y pico. Subimos posiciones, pero a un ritmo muy lento. Estoy embroncado”, comenta a este medio Martín Loisi, damnificado que vive en el barrio de Boedo.

Al momento de hacer la nota, se registró un total de 2.554 personas en lista de espera (orden pagada por transferencia bancaria) y otras 162 completando el progreso. Entonces, del universo total de compradores (3.731), aún hay 2.554 esperando a que comience a llenarse su pedido. Esa cifra representa el 68,45 %. Más de la mitad de los compradores aún no tienen novedades de la compra, así como tampoco tienen la certeza ni un estimativo de cuándo recibirán el producto. “Esto es una estafa porque sólo un quinto de la totalidad de los compradores podrá acceder al bien que compró. Lo explica la matemática: la población no es infinita, entonces, en algún momento no ingresan nuevos aportantes y el sistema cae”, afirma al Equipo de Investigación Carlos Gustavo Maslatón, abogado especializado en derecho bancario.

En tanto, en 2016 y en 2019, la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC) advirtió a la ciudadanía acerca del fenómeno denominado “la Flor de la Abundancia” y de los esquemas piramidales. Al respecto, el organismo dependiente del Ministerio Público Fiscal señaló que, dado que el dinero ingresado no se destina a ninguna actividad que de por sí produzca utilidades, la posibilidad de obtener la ganancia prometida depende exclusivamente del ingreso de nuevos participantes. En tal sentido, informó que aquellas personas que consideren que han sido víctimas de este tipo de estafa pueden formular su denuncia en la sede de la fiscalía que les corresponda. Deberán  describir, dentro de lo posible, el detalle de los hechos ilícitos, las personas que hubieran participado en ellos y aportar las pruebas que podrían servir para acreditarlos.

Un juzgado de la provincia de Buenos Aires condenó a una persona por estafas reiteradas y por haberse comprobado el uso de un sistema piramidal de carácter cerrado. En este sistema, según determinó la autoridad competente, a los inversores se les ocultan las características del sistema y sus riesgos.

El Equipo de investigación de Perfil consultó a la Secretaría de la Dirección Nacional de Defensa de las y los Consumidores sobre la imputación a esta empresa que vende teléfonos. Su vocera, Ana Carla Faunes, respondió con un comunicado del equipo de abogados: “Un consumidor presentó un reclamo porque CC Móvil Tech S.A. no le entrega un celular. A partir de allí investigamos y surgieron algunos elementos que permiten presumir que la empresa infringe la ley de Defensa del Consumidor. Por ejemplo, no brinda la información suficiente a sus clientes acerca de cómo es el mecanismo de venta y omite el valor final de los productos”. Así mismo, el organismo le informó a Perfil que las publicidades realizadas por la compañía pueden “inducir a error, engaño o confusión, a través del rol de las influencers”. Lo inferido por el ente parece coincidir con lo expuesto por Pamela Sosa, una joven que hizo una compra el pasado 23 de abril y que aún no recibió nada: “Después de mirar las publicidades que hacen las famosas sobre la empresa, me compré un celular. Pagué $15.500 y no sé si algún día me entregarán el producto. Pero lo peor es que personas conocidas promocionan este sitio”, relata con resignación, Pamela al Equipo de Investigación de Perfil. 

“Esta página la rompe. Se llama CC Móvil y tiene lo último en tecnología. Iphone, Ipods... Está buenísimo porque son productos 100 por ciento originales. No te van a cagar y encima tienen precios que no conseguís en este país. Ahora te dejo el link directo para que puedas entrar. CC Móvil, te lo recomiendo”, comunica con entusiasmo y desde su Instagram personal, Cinthia Fernández, una influencer de la marca que cuenta con más de 4.900.000 seguidores en Instagram. A su vez, la firma también acordó publicitar con otras figuras de la opinión pública. Por ejemplo, con la modelo Evangelina Anderson, que tiene más de 2.300.000 seguidores y con Asbel Nazal, la celebridad panameña que posee más de 337 mil amigos en la misma red social. Al respecto, la Dirección Nacional de Defensa de las y los Consumidores (DNDC) refirió que la empresa ubica estos videos (de gente mediática) en un lugar destacado dentro de su red social.

Esta forma de operar, según la DNDC constituye una modalidad de publicidad encubierta y poco transparente para las y los consumidores. Aquella conducta, entonces, conforme señalaron varios abogados al Equipo de Investigación, no se ajustaría ni a la Ley de Defensa del Consumidor ni a lo dispuesto por la Ley de Lealtad Comercial, cuyo artículo 9 dispone: «Queda prohibida la realización de cualquier clase de presentación, de publicidad o propaganda que mediante inexactitudes u ocultamientos pueda inducir a error, engaño o confusión respecto de las características o (...), precio o condiciones de comercialización (...) de bienes muebles, inmuebles o servicios».

Al respecto, Augusto Carzoglio,  abogado especialista en Derecho Administrativo, señala al Equipo de Investigación que los influencers juegan un rol importante porque comunican y hacen llegar estas estafas de forma masiva. “Yo creo que, en principio, no tienen responsabilidad. De todos modos, habría que ver cada caso en particular”, detalla el profesional. Además, Carzoglio refiere que las publicidades por redes sociales de por sí no implican un mayor riesgo para la comisión de fraudes, aunque advierte lo siguiente: “Es un deber del Estado concientizar a la ciudadanía y hacer campañas para que los usuarios “distraídos” de estas plataformas no muerdan el anzuelo”. Por su parte, Osvaldo Bassano, abogado especialista en Derecho del Consumidor y presidente de la Asociación de Defensa de los Derechos de los Usuarios y Consumidores, (ADDUC), en diálogo con el Equipo de Investigación de Perfil, afirma que Instagram y Facebook no tendrían responsabilidad ni civil ni penal, ya que ofician como canal de comunicación. “Para que sean responsables debería probarse que dichas redes sacan provecho de estas ventas” enfatiza Bassano.

El Equipo de Investigación de Perfil accedió a los Términos y condiciones de contratación que impone la compañía. En ellas se pudieron detectar una cierta cantidad de “cláusulas abusivas”. Aquellas, según indica la ley de Defensa al consumidor, son las que, por ejemplo, desnaturalizan las obligaciones del proveedor o limitan su responsabilidad por daños. También, estas disposiciones son las que implican una renuncia o una restricción de los derechos del consumidor o amplían los derechos de la otra parte (proveedor, entre otros actores). Este tipo de estipulaciones la ley las toma como no convenidas.

“El usuario debe esperar un tiempo antes de recibir el producto elegido”, reza un apartado del documento. Mientras tanto, la Ley de Defensa del Consumidor refiere que en el contrato de compra-venta se deben consignar  los plazos y las condiciones de entrega. Otra cláusula indica: “El Proveedor no se hace responsable de las consecuencias derivadas de un producto defectuoso (…)En todo caso, la parte interesada (comprador)  debe probar el defecto, el daño y la conexión causal entre ambos”. En ese sentido, la ley prevé que los consumidores tendrán una garantía legal que cubrirá los defectos o fallas de las cosas comercializadas y que será el proveedor el responsable de otorgar dicha garantía. En tanto, la Dirección Nacional de Defensa de las y los Consumidores, afirma al Equipo de Investigación de Perfil que CC Móvil Tech S.A. elude su responsabilidad por daños al consumidor y legítima incumplimientos de la oferta. Por otro lado, la empresa sólo otorga 72 horas para solicitar el reembolso, cuando la norma señala que el consumidor tiene 10 días para cancelar la compra. 

En el contrato la compañía obliga al usuario a reconocer que “CC MóvilTech S.A. (…) no es responsable por la pérdida de ganancias (…)o por cualquier otro daño parcial o total, directo o indirecto”.  En tanto, la ley de Defensa del consumidor reconoce la figura del daño directo y la define como un perjuicio al derecho del consumidor, susceptible de apreciación pecuniaria, ocasionado de manera inmediata sobre sus bienes o su persona, como consecuencia de la acción u omisión del proveedor. Asimismo, la legislación faculta a la Dirección Nacional de Defensa de las y los Consumidores a fijar indemnizaciones para reparar los daños sufridos por el comprador. El organismo nacional también podrá sancionar a la empresa con multas de hasta los $5 millones de pesos y eventualmente, podrá disponer su clausura.

Domicilio fantasma y un presidente que oficiaría de testaferro

El Equipo de Investigación de Perfil realizó una búsqueda para conocer la identidad de las autoridades de la organización. Si bien no fue fácil encontrarlas, se pudo descubrir que el presidente es Pablo Fabián Forino. Éste, tras ser consultado sobre la situación de la sociedad anónima, afirmó que, si bien figura como titular, no toma decisiones ni está al tanto de los manejos de CC Móvil Tech S.A. Asimismo, jamás respondió acerca de quién se encuentra al mando de la empresa. Es inaudito que el presidente de la compañía admita no dirigirla, ¿podría entonces ser un testaferro? En ese caso, ¿tendría responsabilidad penal?

Al respecto, Damián Barbosa, abogado penalista y Director del Instituto de Derecho Procesal Penal en Colegio de Abogados de La Plata, explica a Perfil que ser testaferro no constituye una actividad delictiva per se. Ahora bien, lo que sí es delito es desarrollar una conducta dentro de un determinado entramado. Por ejemplo, participar en una asociación ilícita. “Lo que determinará la responsabilidad penal es si la persona está consciente de la criminalidad de sus actos. En este caso particular, el presidente de la empresa puede ser un testaferro o un “prestanombre”. Es una situación que suele darse. Muchas veces esas personas no tienen ni idea en dónde están metidos. Firman papeles y están a cargo de organizaciones cuyo funcionamiento desconocen. En tal supuesto, no habría responsabilidad penal, pero como todo, se debe probar el desconocimiento”, concluye el especialista.

De todos modos, según el informe al que accedió el Equipo de Investigación, el presidente de CC MóvilTech S.A. tiene declarada como actividad principal “el asesoramiento, la dirección y la gestión empresarial en el marco de fiscalización y administración de sociedades anónimas”. En tanto, la vicepresidenta de la empresa es Laura Rosa Aguilar, una jubilada de 65 años y esposa de Pablo Forino.

De alguna forma, la empresa CC Móvil Tech S.A. juega con las ilusiones de aquellas personas que aspiran a tener un aparato tecnológico de primera gama. Sus herramientas para la captación de clientes se basan en la inexperiencia e ingenuidad de los consumidores. El resultado de su negocio es claro: mientras ocultan información, más de la mitad de los compradores esperan recibir su producto o encontrar alguna respuesta. La gente, prácticamente, no tiene forma de reclamar o de comunicarse con la firma. Son más de 2.500 las personas que ya invirtieron dinero y que, al día de la fecha, no tienen asegurado su teléfono, reloj o consola de videojuegos. Por otro lado, queda en evidencia la necesidad de contar con una legislación que prohíba y sancione el funcionamiento de las empresas con esquemas piramidales. De todos modos, también resulta urgente que los consumidores salgan de su ingenuidad. Para evitar estafas, antes de efectuar una compra por medios digitales, las personas deberían ejercitar cierta duda y no creer en cualquier publicidad, además de leer las condiciones de contratación.

Queda en evidencia la necesidad de contar con una legislación que prohíba y sancione el funcionamiento de las empresas con esquemas piramidales

Recuadro

En Italia, la empresa Girata.it operaba de la misma manera que CC Móvil Tech SA. Esta fue sancionada con una multa de 250.000 euros por la autoridad competente. En este caso, el sitio web prometía descuentos de hasta el 80%. La firma argumentaba que las personas no podían aprovechar los  fabulosos precios de forma directa. En ese sentido, aplicaban lo que se conoce como “sistema de referidos”: cada comprador debía captar X cantidad de nuevos clientes para acceder a las rebajas.

La compañía ofrecía una amplia gama de dispositivos móviles, al igual que CC Móvil Tech S.A. Pero esta, en cambio, en su portal detallaba los dos precios de los equipos. Uno, el más costoso, incluía un botón que decía “compra”. El otro, el más económico, “reservar ahora”. El truco estaba allí, en aprovechar la gran rebaja.

Persuadidos por la tentación de valores por demás accesibles, los usuarios realizaban la reserva del artículo al depositar el importe mediante el sistema de pagos PayPal. Una vez efectuada la transferencia, la compañía extendía un código de referido. El cliente, para acceder a su nuevo celular, debía encontrar tres nuevos compradores que adquieran el mismo artículo o alguno más caro. Luego, esos tres últimos debían seguir el mismo procedimiento para obtener el descuento y así sucesivamente. Al igual que en los telares de la abundancia o CC Móvil Tech S.A, la obtención del beneficio depende exclusivamente del ingreso de nuevos aportantes.

 

Por Sofia Granato y Eugenia Trubbo
Estudiantes de Segundo Año

Escuela de Comunicación