A pesar del fallo que dictó ayer la Corte Suprema de Justicia, porel que revocó el pedido del suspensión de la norma que efectuó el diputado del Peronismo FederalEnrique Thomas, la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual aún continúa suspendida. La explicación reside en los recursos impuestos ante laJusticia en otros puntos del país. En Salta, por ejemplo, la diputada del Peronismo Federal,ZulemaBeatriz Daher,logró que la Justicia libre una medida cautelar.
“LaCorte se expidió ayer diciendo que como legisladores debemos resolver el tema internamente”,explicó Daher a Perfil.com.“Nosotros planteamos este recurso en Salta porque se viola elreglamento de la Cámara enla sanción dela ley de medios. Entreel dictamen que se dicta en Comisión, donde no estaban presentes todos los miembros - y que seemite a las doce de la noche-, se pasa a discutir a las diez de la mañana en una sesión especialsin que medie el tiempo que tiene que haber entre el dictamen y la reunión plenaria, que es de siete hábiles”, manifestó la diputada.
Esairregularidad sirvió para que Daher motorice el reclamo ante la Justicia salteña. “Tengo elfallo en primera instancia donde el juez hace lugar al reclamo y la Cámara todavía no se expidió. La ley seguirá suspendida hasta tanto no seresuelva en Salta, quedan por resolverse los recursos presentados en otros lugares, que sonparciales”, indicó.
Segúnla salteña, que reporta al senador y ex gobernador de la provincia Juan Carlos Romero, aqueltrámite parlamentario se aceleró “porque eran las últimas sesiones del oficialismo conmayoría automática. Ya habían perdido las elecciones y además había que consensuar muchos de los artículos de la ley de medios que consideramos inconstitucionales”.
Peroen Salta, además, hay otra medida cautelar que pone trabas al avance de la norma. El profesor deposgrado en Derecho de las comunicaciones de la UBA y UCA, Ricardo Porto, explicó a este portal queen esa provincia del norte, el reclamo lo “impulsa una entidad de defensa de consumidores,CODELCO, que impugna la limitación a las redes”.
Portodistingue las demandas que se presentaron desde Salta y Mendoza: "No son exactamente iguales. Unaes la ley en su totalidad y la otra combina las dos cosas. En ambos casos impugnan a la ley en suconjunto por entender que existirían irregularidades en la Cámara de Diputados (al momento desancionarla)”.
Enlos casos de Buenos Aires y San Juan, “lo que se impugna no es la ley en su conjunto si no determinados artículos. En ese caso, en Capital hubo un fallo de primera instanciaratificado por la Cámara que considera - en principio - la inconstitucionalidad del artículo 161referido a la desconcentración”, resaltó Porto. El GrupoClarín planteódos objeciones a los artículos 41 y al 161: “Es una demanda que plantea su imposibilidad detransferir licencias y el proceso de desinversión. La Cámara ratifica la inaplicabilidad del 161.Le da la razón parcialmente, entiende que es inscostitucional”, amplía el docente.
Laque también planteó diferencias fue la provincia de San Luis, gobernada por Alberto Rodríguez Saa,que llevó su reclamo al máximo tribunal de Justicia. “Ahí sí, impugna que 'el Congreso noestá habilitado para legislar en materia de Radiodifusión porque lo impide el artículo 32 de laConstitución', según lo que plantea San Luis. Es una cuestión más profunda, pero no es una medidacautelar”, explicó Porto. En este sentido, este planteo, que la Corte anunció tratará en las próximassemanas, no constituye una traba para la aplicación de la ley de medios, sancionada el añopasado.








