Cómo fue cambiando el proyecto de Ley de Medios que envió CFK

Son varios los artículos y definiciones que se modificarondel texto original que llegó al Congreso desde la Casa Rosada. Lospuntosclave.

21-08-2026 | 23:44

El proyecto de Ley de Servicio de Comunicación Audiovisual que puede convertirse en ley cuandoel Senado lo trate no es el mismo que presentó Cristina la tarde del 27 de agosto. Después dearduos debates, interminables audiencias públicas, un plenario de comisiones lleno de escándalos yuna sesión al tono, en la que parte de la oposición dejó sus bancas vacías luego de denunciar irregularidades, hay diferencias clave entre ambosproyectos. El de CFK tenía 157 artículos yla media sanción de Diputados, 166, por poner un ejemplo. En el original las empresas deTelecomunicación podía tener licencias, en este no, para seguir enumerando. Los siguientes son losprincipales cambios en la Ley de Medios que llega al Senado:

* En el artículo 4, de definiciones, hubo modificaciones de forma. Para despejar cualquier duda interpretativa quepudiese surgir, se agregaron nuevo términos como los de agencia de publicidad, emisorascomunitarias, empresa de publicidad, permiso y red de emisoras, y se ampliaron las explicaciones deotras acepciones.

* En el artículo 10 se cambió la entidad y la órbita de la autoridad de aplicación: pasóde ser un "órgano dependiente de la Secretaria de Medios de Comunicación de la Jefatura de Gabinetede Ministros" a definirse como un "organismo descentralizado y autárquico en el ámbito del PoderEjecutivo".

* En el artículo 12, de misiones y funciones de la autoridad de aplicación, se pasó de 30a 35 ítems y se agregó unpárrafo que establece que "la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual seráobjeto de control por parte de la Sindicatura General de la Nación y de la Auditoría General de laNación. Es obligación permanente e inexcusable del directorio dar a sus actos publicidad ytransparencia en materia de recursos, gastos, nombramientos de personal y contrataciones.

* En el artículo 14, uno de los más polémicos, se modificó la conformación de la autoridadde aplicación: en el proyecto original el directorio estaba compuesto por "cinco integrantesdesignados por el poder Ejecutivo (dos de ellos a propuesta de la Comisión Bicameral de Promocióny Seguimiento de la Comunicación Audiovisual"; ahora el mismo esta constituido por siete miembros(un presidente y un director designado por el Ejecutivo, tres directores propuestos por la Bicameral -uno por lamayoría o primera minoría, otro por la segunda minoría y otro por la tercera), y dos directores delConsejo Federal de Comunicación Audiovisual. Además se fijan plazos y condiciones para laelecciones y reelección de sus miembros.

* En el artículo 15, que habla sobre el Consejo Federal, se añadieron funciones ymisiones, todos cambios de forma.

* El artículo 25, que habilitaba a las empresas de Telecomunicación a acceder alicencias de servicios de radio y televisión, fue eliminado por decisión de la Presidenta. Era unode los principales "escollos", como lo calificó la mandataria, para que se apruebe la ley.Argumentaban que se buscaba cambiar un monopolio crítico, el de Clarín, por otro oficialista, de Telecom, que segúnversiones periodistas estaba cerca de ser comprado por empresarios cercanos al Gobierno.

* El artículo 40, otro eje de controvesia, fue suprimido del proyecto. El mismo establecía que laautoridad de aplicación debía "en forma bianual y en virtudde las nuevas tecnologías, revisar las reglas establecidas en los artículos 38 y 39 [sobre elotorgamiento de licencias] con el objeto de resguardar la competencia, el interés público ypromover el pluralismo y desempeño de los prestadores de la actividad, preservando losderechos de los titulares de licencias o autorizaciones al momento de la revisión". Este punto eracalificado como una "mordaza" por los diputados opositores a la Ley, que lo interpretaban como unaforma de presionar medios bajo la amenaza del retiro de licencias.

* En el artículo 76 del nuevo proyecto, hubo una readecuación importante debido a las más de 200 modificaciones, se fija un tope a la publicidad oficial. "La autoridad deaplicación dispondrá, previa consulta al Consejo Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual,los topes de publicidad oficial que podrán recibir los servicios de carácter privado comercial osin fines de lucro atendiendo las condiciones sociaoeconómicas, demográficas y de mercado de las diferentes localizaciones (...) Para la inversión publicitaria oficial el Estado deberá contemplar criterios de equidad y razonabilidad en la distribución de lamisma, atendiendo los objetivos comunicacionales del mensaje en cuestión.

*En el artículo 97, que versa sobre el destino de los fondos recaudados por la AFIP, se modificó ladistribución de esos fondos y se agregó un ítem más, por pedido del diputado de Proyecto Sur, Claudio Lozano:un 2% del total para el Instituto Nacional de Música.

El artículo de la discordia. A pesar del centenar de modificaciones, un artículo todavía aparece como el punto nodal del debate en elSenado y que amenaza con trabar la aprobación de la ley. El artículo 161, que habla sobre la Desinversión, en términos formales Adecuación, establece un año como plazopara que los prestadores en situación irregular a partir de la sanción de ley se desprendan de suslicencias; la oposición busca llevar a tres años ese plazo.

(*) redactor de Perfil.com

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