Pese a que Martín Redrado oficializó su renuncia el viernes pasado, la comisión Bicameral seexpedirá finalmente hoy sobre el ex director del Banco Central, "aconsejando" a la presidentaCristina Fernández si debe o no removerlo. Lo curioso es que la dimisión de Redrado alteró lacerteza de los votos de la Bicameral: la semana pasada se daban como seguros a favor de la remociónde Redrado, pero ayer ya había dudas sobre la postura de Prat Gay, y si el legislador de la CCfinalmente se opone al despido de Redrado, otra vez el vicepresidente Julio Cobos deberá ser quien"desempate", como en aquella célebre madrugada de la resolución 125.
El Gobierno K se ha ha negado a aceptar la renuncia de Redrado, circunstancia que el pasadoviernes graficó con su estilo habitual el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández. Mientrasllega el momento de votar, en tanto, el dato político de ayer fue el comunicado que los tresmiembros de la comisión, el vicepresidente Julio Cobos y los diputados Gustavo Marconatto y Alfonso PratGay, destinaron al juez Norberto Oyarbide, aclarando que el pronunciamiento que anunciarán hoy "es de naturaleza política, ajena a toda función judicial, porque el procedimiento seguido no es un juicio político".
Oyarbide, quien investiga a solicitud del Gobierno a Redrado por "incumplimiento de los deberesde funcionario público", admitió la posibilidad de citar al ya ex titular del BCRA, aclarando queeso se produciría una vez que Bicameral recomienda la remoción del economista.
Pero en respuesta a esa afirmación, la Bicameral afirmó que el objetivo que persigue "es dar un consejo previo de carácter político sobre la remoción o no del funcionario ycomo tal, no es pasible de ser revisado judicialmente, ni de ser objeto de recursosadministrativos".
El texto de la bicameral expresa además que "el único objetivo de la actuación de la Comisión es formar el criterio necesario paraemitir el consejo", al tiempo que manifestó que "la situación es equivalente a la atribución parlamentaria de prestar acuerdos para ladesignación de funcionarios, cuando la ley lo exige".
"En este caso, se requiere el consejo previo para 'habilitar' la remoción o no delfuncionario por parte del Poder Ejecutivo Nacional", concluyó.






