La justicia electoral ratificó que el Partido Justicialista no puede registrar para usoexclusivo el símbolo de la victoria, la versión grabada por Hugo del Carril de “Los muchachos peronistas” ni expresiones como “62 organizaciones peronistas”.
El Centro de Información Judicial (CIJ) informó que, en cuanto al símbolo, se recordó lasentencia firmada por los jueces Alberto Dalla Via, Rodolfo Munné y Santiago Corcuera en la cual laCámara ya había resuelto que “no puede ser atributo exclusivo de ningún partido, puesto quesu uso trasciende las manifestaciones políticas e incluso las fronteras de nuestropaís”.
Con relación a la marcha “Los muchachos peronistas”, el CIJ precisó que, si bien sereconoció exclusividad con respecto a su letra y música, se negó el registro de la versión grabadapor Hugo del Carril, en razón del “derecho que corresponde a sus hijos, uno de los cuales había formulado oposición al uso por elpartido”.
Con relación a la expresión “62 organizaciones peronistas” se hizo notar que, másallá de su histórica vinculación con el Partido Justicialista, “se trata de una asociación civil registrada en la Inspección General del Justicia (IGJ), por loque su denominación no puede ser registrada por el partido.
Asimismo, las demás expresiones pretendidas fueron rechazadas porque aluden a “ postulados políticos e ideológicos amplios, respecto de los cuales ningún partido podríapretender para sí su patrimonio monopólico ni, por consiguiente, su usoexclusivo”.






