Política

Otro revés judicial para el Gobierno

Luego del fallo contra la Ley de Medios, la Justicia frenó la disposición de la Secretaría de Comercio que suspendía la fusión de Cablevisión y Multicanal.

13-10-2026 | 13:58

La Justicia emitió un nuevo fallo contra la embestida del Gobierno al Grupo Clarín, ya que frenó ladisposición que suspendía la fusión de Cablevisión yMulticanal. La resolución fue emitida por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y ComercialFederal, que resolvió suspender los efectos de la resolución de la Secretaría de Comercio Interior-que conduce Guillermo Moreno-, que deja en suspenso por 60 días la aprobación de la adquisición deCablevisión, que inicialmente había sido avalada por la CNDC (Comisión Nacional de Defensa de laCompetencia).

La Secretaría había considerado "incumplido el compromiso aceptado por el artículo 1 de laresolución 257 de diciembre de 2007" -en cuanto a las inversiones- y declaró "el cese de losefectos de la autorización otorgada en el artículo 2 de esa misma resolución", en el marco de lafusión de Cablevisión. Así, entonces, virtualmente se dejó en suspenso la aprobación de la fusión yen un plazo de 60 días se iba a emitir una nueva resolución oficial.

El Grupo Clarín denunció esta situación como parte la " campaña sistemática de hostigamiento que vienen desarrollando distintos organismospúblicos" y sostuvo que la decisión se tomó horas después de que las autoridadesnacionales recibieran un informe que aseguraba el sobrecumplimiento de compromisos voluntarios deinversión.

Como Cablevisión consideró que la resolución era "ilegítima, abusiva y arbitraria", el GrupoClarín recurrió a la Justicia para pedir que se suspenda la resolución de la Secretaría de Comerciohasta que se garantice el derecho de defensa o se dicte una resolución sobre el pedido de nulidadefectuado.

En la causa el Estado también se presentó para sostener la incompetencia del tribunal en el casoy para informar que el martes 15 de diciembre había resuelto "levantar la medida por ser deincumplimiento imposible".

Sin embargo, al analizar la cuestión, el tribunal dio por probado que la SCI no realizó cargosprevios a la empresa y "tampoco le habría permitido alegar", a raíz de lo cual "la actora tienederecho a las conclusiones" sobre la autoridad de aplicación y justificarse en caso deconsiderarlo.

"Para el dictado de la resolución SCI 1011/09 no se habría respetado el derecho de defensa delactor, extremo que torna prima facie ilegítima la decisión cuestionada en sede administrativa",dijo la resolución. Además, la Cámara advirtió que "es un principio insoslayable en materia penalque la persona imputada de un delito tiene derecho a cuestionar esa imputación y a ofrecer todaslas pruebas de descargo que estime pertinentes".

Fuente: DyN

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