Prescribe la causa por el "vaciamiento" de Aerolíneas

La Cámara del Crimen declaró "prescripta" una causa penal en la que se investigaban presuntas maniobras defraudatorias.

23-08-2026 | 12:45

Por el paso del tiempo sin resolución judicial, la Cámara del Crimen declaró "prescripta" una causa penal en la que seinvestigaban presuntas maniobras defraudatorias del grupo empresario español Marsans por supuesta defraudación en perjuicio de Aerolíneas Argentinas. Sin embargo, unfiscal ya apeló la medida.
Se trata de una causa en la que estaban imputados Antonio Mata Ramayo, Héctor Alonso, DiegoPablo Fargosi, Luis Lúpori, Gonzalo Arias, Horacio Fargosi, Gerardo Ferrán, Nilo Eduardo Díaz,Carlos Mateu, Rubén Segal y Gustavo Urtubey, por supuesta "administración fraudulenta". Según información a la que tuvo acceso DyN, la Sala Sexta de la Cámara, en fallo dividido, dictó la prescripción de la causa por eltraspaso del tiempo, pese a lo cual un fiscal ya apeló la medida ante la Cámara Nacional de Casación Penal.
La documentación a la que accedió esta agencia indica que estaba bajo investigación unasupuesta "afirmación falsa en el balance de Aerolíneas Argentinas 2001, consistente en lacapitalización de 1.238 millones de pesos, supuestamente aportados en 2001 por la Sociedad Estatalde Participaciones Industriales del Gobierno de España (S.E.P.I.) que, en realidad, se trataba demeros asientos contables entre dicha sociedad y la firma Air Comet, responsable del gerenciamientode Aerolíneas".
"Con su aprobación, el Estado Nacional, al no poder responder a tal capitalización, tendríamenos del 2 por ciento del capital accionario exigido por ley para pedir información y efectuardenuncias ante la Sindicatura, transformándose así en un simple accionista pasivo a merced de losaccionistas españoles", explica el texto. Según la acusación, "la aprobación del balance seconcretó el 18 de octubre de 2002 despojándose así al Estado Nacional de su participación activa enla aerolínea de bandera".
En el expediente también se investigaba "la entrega de dinero por la suma de U$S 758 millones que habría realizado la S.E.P.I. a Air Comet -empresa controlantede "Interinvest S.A." que resulta a su vez ser controlante de Aerolíneas Argentinas S.A.- quedebían destinarse para cubrir pasivos, cosa que no ocurrió".
"Antonio Mata Ramayo, como presidente de Air Comet, con el dinero adelantado por la S.E.P.I.habría abonado U$S 195 millones en España a distintos bancos acreedores de Aerolíneas y se subrogóen el crédito. Así, en el concurso, Air Comet verificó el capital de los préstamos como propio, norespetando el trato igualitario entre los acreedores", añade el documento.
En marzo de 2008, el juez de instrucción Alberto Baños llamó a prestar indagatoria a MataRamayo; los defensores del empresario español pidieron la prescripción de la causa y el juez rechazó el planteo. Mata Ramayorecurrió a la Cámara del Crimen y allí, con los votos de los jueces Mario Filozof y María LauraGarrigós de Rébori, más la disidencia de Gustavo Bruzzone, resolvió "revocar la decisión de primerainstancia, declarando entonces extinguida la acción penal por prescripción".
El fiscal de Cámara Fabián Céliz resistió la medida mediante un recurso ante la CámaraNacional de Casación Penal, ante la que subrayó que "ninguno de los imputados se encuentra privadode libertad" y descartó que la tramitación de la causa hubiera tenido un tiempo exageradamentelargo. "Se ha fijado como momento consumativo de la maniobra estafatoria la del 18 deoctubre de 2002 -oportunidad en la que se aprobara el balance reputado de falso-, la causa tuvo suinicio ese mismo año y, dada la complejidad de las maniobras realizadas y la cantidad de personasinvolucradas fácil es concluir que si se advierten causas que justifican la prolongación delproceso", sostuvo Céliz.
"Estamos ante una única maniobra de defraudación por administración fraudulenta, durante lacual se cometieron diversas maniobras", destacó el fiscal, quien consideró además que debe contarse "el cómputo del plazo de la prescripción cuando los imputados dejaron decumplir funciones en la empresa, oportunidad en la que cesan los actos de administración",lo que habría ocurrido en la mayoría de los casos entre los años 2006 y 2008. La Cámara deCasación deberá resolver ahora si acepta o rechaza el pedido de nulidad de la prescripción, esdecir si la causa continuará adelante o quedará definitivamente cerrada.
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