El presidente del Banco Central, Martín Redrado, consideró que el fallo de la Cámara Federal enlo Contencioso Administrativo ratifica su derecho a permanecer en el cargo y que no se nombre reemplazante.
En un comunicado, el presidente del BCRA aseguró que "la sentencia del tribunal ha ratificado elderecho del Presidente del BCRA a no ser removido sin observar el procedimiento del art. 9 de laCarta Orgánica de la entidad".
"Este procedimiento exige que, con carácter previo a la remoción, la Presidente recabe laintervención previa de la Comisión Bicameral contemplada en el art. 9 de la Carta Orgánica, a losefectos de que emita un dictamen sobre la existencia o no de las causales que justificarían, en sucaso, la remoción. El fallo de la Cámara reconoce que este procedimiento no se ha cumplido", afirmaRedrado.
"La decisión de dicha Cámara en las causas donde se discute la validez del Decreto 2010/09 haconfirmado la resolución cautelar de la Dra. Sarmiento. En tal sentido, la ratificación de lasuspensión judicial del Decreto que disponía el uso de las reservas, confirma la ausencia deincumplimiento de deberes de funcionario público del Presidente del Banco Central", continúa elcomunicado.
"Al propio tiempo el fallo de la Cámara señala que 'la decisión adoptada por la Sra. Presidentede la Nación, expuesta públicamente en sus declaraciones de fecha 19 de enero próximo pasado,ratificadas en la nota JGM 210 dirigida al Presidente de la Cámara de Diputados, suscriptasiguiendo su orden, por el Sr. Jefe de Gabinete el mismo día, y la misiva enviada al Sr.Vicepresidente de la Nación en el día de ayer, importan, sin duda, un público compromiso tendientea sanear los esgrimidos óbices legales que fueron el fundamento de la tutela judicial dispuesta enprimera instancia', dice Redrado.
"La Cámara también considera que la medida cautelar de la jueza Sarmiento fue bien dictada enatención a las circunstancias existentes al momento de su emisión y que el cambio de circunstanciasmotivado por el compromiso público de 'sanear' el acto asumido por la Presidenta modifican elescenario del proceso cautelar. Al respecto, resulta evidente que la voluntad de sanear del DNU18/2010 implica la existencia de defectos legales en el decreto de remoción. Sólo puede sanearseaquello que tiene vicios", prosigue el texto difundido por el titular del BCRA.
"En definitiva, la Cámara considera que son 'las alternativas propias del juego de los poderesejecutivo y legislativo que determinarán la permanencia o el desplazamiento del presidente delBanco Central sin óbice jurídico'", asegura Redrado.
"De todo ello se desprende que (i) la Cámara considera que no se ha producido el desplazamientodel presidente del Banco Central, y (ii) que por existir la voluntad de 'sanear' el acto quedispuso la remoción del presidente es suficiente cautela que no se designe, con carácterdefinitivo, su reemplazante 'hasta tanto, se cumplimente con la participación legislativa dispuestaen el art. 9 de la ley 24.144'", finaliza el comunicado del funcionario en conflicto con elGobierno.






