La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este viernes 5 de abril una lista de productos por no cumplir con la normativa vigente. Un queso muzzarella y un aceite de oliva, entre ellos.
Desde la administración argumentaron que los productos carecen de autorizaciones de establecimiento y de producto y están falsamente rotulados, por lo que resultan ser ilegales.
Mediante la disposición publicada en el Boletín Oficial, el organismo dispuso restringir la comercialización en toda la Argentina de :
un queso mozzarella (marca: Lácteos Realicó);
un aceite de oliva extravirgen (marca: Melo White Oil);
un té japonés ("Matcha de Kyoto", marca: Inside Tea Connection)
papas fritas (marca: Papalinas).
En la disposición 3040/2019, prohibió la comercialización de un queso mozzarella de la marca Lácteos Realicó (RNPA N° 11002400, RNE N° 11000321, SENASA: En tram., Lácteos Realicó de María Luz Traverso Chacra 1. Parcela 5 - Realicó - La Pampa).
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Por otra parte, a través de la disposición 3042/2019, la ANMAT la prohibió de un aceite de oliva extra virgen (marca: Melo White Oil, Fraccionado por Víctor Melo - Luján de Cuyo, Mendoza- Argentina, RNE N° 13001839, RNPA N° 025-13022582) y de todo producto con el RNE N° 13001839.
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Tanto en el caso de la muzzarella como en el del aceite, ambos productos no tienen su Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) y su Registro Nacional de Establecimientos (RNE) habilitados.
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A su vez, en el caso del queso se determinó: "En el domicilio Chacra 1-Parcela 5 detallado en el rótulo no hay ninguna fábrica realizando la actividad de elaboración de lácteos y que ésta, se encuentra cerrada desde mediados del 2005".
La Anmat también prohibió el té "Matcha de Kyoto" de la empresa Inside Tea Connection (Grado ceremonial). En la disposición 3043/2019, precisó que esta decisión se tomó luego de que la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria de la Ciudad (DGHySA) realizara una inspección en la sucursal de Avalos 2098. La administración constató que el producto no estaba rotulado como correspondía y, a su vez, la variedad de "té matcha" no se encuentra contemplada en el Código Alimentario Argentino (CAA).
La ANMAT prohibió la comercialización y producción de una leche en polvo
Por último, con la disposición 3044/2019, la administración informó que queda prohibida la comercialización en el territorio nacional de las papas fritas de la marca Papalinas (RNPA Nº 17-003396, RNE N° 17-000776, Alimentos Tecnológicos S.R.L., Av. Durañona Nº 1175, Parque Industrial Salta - Salta) que llevan el símbolo oficial de alimento libre de gluten. Tal como remarcó, "tanto el establecimiento como el producto se encuentran inscriptos pero no con la condición de Libre Gluten".
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F.D.S./H.B.





