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Comercio exterior

El Gobierno prohibió la venta de pescados de río por la bajante del Paraná

La decisión rige hasta el 31 de diciembre y tiene como fin preservar el "stock reproductivo".

El Gobierno prohibió la exportación de pescados de río
La medida busca minimizar el efecto de la bajante del Paraná. | NA

El Ministerio de Agricultura dispuso la prohibición hasta el 31 de diciembre de la exportación de pescados de río y fijó cupos para otras, con el objetivo de minimizar el impacto de la actividad pesquera sobre el stock reproductivo, afectado por la bajante histórica del Río Paraná.

La Resolución 100/2021, publicada este jueves en el Boletín Oficial, dispone un cupo de 6.378 toneladas para las ventas al exterior de sábalos, y prohíbe las exportaciones de surubíes, tarariras, bogas, manguruyúes, dorados, patíes, armados, manduvíes y bagres de río.

El cupo de exportación corresponde a pescado entero y fileteado, fresco, refrigerado o congelado, según lo dispuesto. Además, el cupo fijado para 2021 debe aplicarse a exportaciones realizadas durante el año en curso, aunque excepcionalmente, podrá aplicarse a exportaciones posteriores siempre y cuando éstas sean efectivizadas antes del 31 de enero de 2022.

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En marzo de este año, se estableció que la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura del Ministerio de Agricultura evaluará periódicamente el estado de los recursos y recomendará el volumen de los cupos de exportación a otorgar y las medidas de manejo que resulten pertinentes, con el objeto de preservar el estado del recurso de la Cuenca del Río de la Plata (ríos de la Plata, Uruguay, Paraná y Paraguay).

Luego, en junio, esa Subsecretaría evaluó el estado de los recursos pesqueros de la "baja cuenca" del Río Paraná, en forma conjunta con las provincias integrantes de la Comisión Nacional de Pesca Continental del Consejo Federal Agropecuario.

Restricciones

A raíz de esa tarea, se estableció que como consecuencia de la "bajante extraordinaria del Río Paraná, corresponde fijar un cupo de exportación para las especies fluviales, atendiendo a un criterio precautorio, a los efectos de minimizar el impacto de la actividad pesquera sobre el stock reproductivo", según la Resolución.

La Comisión consideró que "se está actuando sobre una base científica y técnica ajustada a preservar el recurso, como así también a dar continuidad a la actividad pesquera como fuente de trabajo y alimento para sectores vulnerables, asegurando su sustentabilidad; conservando el sentido precautorio para la determinación de cupos de exportación que se ha venido adoptando históricamente", indicó Agricultura. Fuente: NA.

LM