Atención deudores

El Gobierno de la ciudad de Buenos Aires reglamentó cambios en la moratoria para deudas vencidas

El programa entra en vigencia desde el primer lunes de noviembre y regirá para deudas vencidas hasta el 31 de octubre de este año.

Moratorias en CABA Foto: Cedoc

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires anunció el nuevo reglamento de moratoria por el que se podrá regularizar deudas vencidas hasta agosto de 2025.

En CABA llega una nueva moratoria con perdón de intereses e impuestos clave incluidos

La medida que fue normada por la Ley N° 6842/2025, aprobada por la Legislatura porteña en septiembre, regirá para deudas vencidas hasta el 31/08/25 de todos los impuestos. Ofrece opciones de pago como la condonación total o parcial de intereses resarcitorios y punitorios, con quitas de hasta el 100%, según el plazo de adhesión.

Beneficios de la moratoria

La moratoria anunciada por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) comprende todos los impuestos administrados por la Ciudad de Buenos Aires. Su alcance incluye las deudas vencidas hasta el 31 de agosto de 2025, tanto en instancia administrativa como judicial, con el objetivo de permitir la regularización de obligaciones fiscales pendientes.

El régimen contempla la condonación total o parcial de intereses resarcitorios y punitorios, con quitas de hasta el 100%, de acuerdo con el momento en que el contribuyente se adhiera. En el caso de las deudas judicializadas, se prevé la suspensión de los plazos procesales y de la prescripción penal mientras dure la vigencia del plan.

Cuando el contribuyente cancele la totalidad de la deuda, ya sea mediante un pago único o a través de un plan de cuotas, se extinguirá la acción penal, infraccional o delictual vinculada a esas obligaciones. De esta manera, se unifican en un mismo marco las deudas en gestión administrativa y aquellas en instancia judicial.

Cuándo se habilita la moratoria en CABA para regularizar deudas impositivas

La adhesión a la moratoria podrá realizarse dentro de un plazo de 90 días, contados a partir de su entrada en vigencia el 3 de noviembre de 2025. La AGIP informará próximamente los procedimientos, plazos y condiciones específicas para el trámite, que se efectuará a través de su sitio web oficial.

¿Cuál es la tasa de interés y el monto mínimo de la cuota?

Perfil consultó con el Estudio Gestión Parque, quienes informaron que la Resolución General 5777/2025 establece que la tasa de financiación aplicable en los planes de pago de la nueva moratoria será del 50% de la tasa de interés resarcitoria vigente al momento de la consolidación del plan.

Este porcentaje se mantiene sin modificaciones respecto de la normativa anterior, lo que permite a los contribuyentes acceder a condiciones de financiación más favorables.

En cuanto a los montos y plazos, la norma fija un pago mínimo de $2.000 tanto para el anticipo inicial como para cada cuota mensual. La cantidad máxima de cuotas y el porcentaje de anticipo varían según el tipo de contribuyente:

Cómo pagar deudas de ABL y Patentes en CABA con saldos a favor de Ingresos Brutos

- Las personas humanas, sucesiones, MiPyMEs, entidades sin fines de lucro y el sector salud podrán financiar hasta en 60 cuotas con un anticipo del 5%.

- Las Medianas Empresas Tramo I y II, hasta 48 cuotas con un 10% de anticipo.

- El resto de los contribuyentes, hasta 36 cuotas con un anticipo del 15%.

Condiciones para acceder

La nueva normativa establece determinados requisitos para acceder al régimen. No podrán adherirse las personas que se encuentren declaradas en quiebra, ni aquellas que hayan sido condenadas por delitos previstos en la Ley Nacional N.º 24.769, Régimen Penal Tributario, o por delitos contra la Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires.

En qué consiste la nueva moratoria que permite a los contribuyentes de CABA regularizar sus deudas

Por último, tampoco podrán incorporarse los contribuyentes que posean, al 31 de agosto de 2025, un plan de facilidades vigente que contemple condonaciones o reducciones de intereses o multas. Estas condiciones delimitan el alcance del régimen y determinan los casos en los que no es posible su aplicación.

GZ