A 31 años del atentado

Cúneo Libarona festejó el juicio en ausencia por el atentado a la AMIA: "La Justicia ahora tiene herramientas"

El ministro de Justicia defendió la ley sancionada en febrero de este año, y que le permitió al juez Daniel Rafecas ordenar el juzgamiento de los imputados por el ataque que se encuentran prófugos.

Mariano Cuneo Libarona, ministro de Justicia Foto: NA

El juez federal Daniel Rafecas ordenó el juzgamiento en ausencia de los presuntos autores del atentado contra la AMIA este jueves. Tras conocerse la decisión judicial, el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona festejó la aplicación de la nueva ley.

La Ley de Juicio en Ausencia, que se aprobó en febrero de este año, habilitó el juzgamiento de los principales acusados del ataque que, hasta el momento, no comparecieron ante los tribunales y están declarados en rebeldía. A pesar de su inasistencia, contarán con abogados defensores.

“Gracias a la Ley de Juicio en Ausencia que impulsamos, la Justicia ahora tiene las herramientas para juzgar a los acusados por el atentado en la AMIA, en el que asesinaron a 85 argentinos”, sostuvo Cúneo Libarona.

Sede AMIA sobre la calle Pasteur, Buenos Aires, tras el atentado,1994.

“Estos 10 terroristas iraníes y libaneses de Hezbollah se habían fugado y por eso no podían ser juzgados”, continuó el ministro en sus redes sociales. “A 31 años del ataque, los familiares de las víctimas finalmente podrán obtener justicia”, concluyó.

Manes y Schiaretti desafiaron a Milei, con un evento para competir con el lanzamiento de campaña libertario en La Plata

Sobre esos imputados pesa la acusación de haber sido quienes planificaron y ejecutaron el atentado contra la sede de la mutual israelita AMIA el 18 de julio de 1994. Hecho que dejó 85 muertos y más de 150 heridos.

Uno por uno, los imputados que serán juzgados en ausencia

Los imputaos que serán sometidos al juicio en ausencia son los siguientes:

Alí Fallahijan, ministro de Inteligencia y Seguridad de Irán entre 1989 y 1997;

Ali Akbar Velayati, ministro de Relaciones Exteriores de la República Islámica de Irán entre 1981 y 1997;

Mohsen Rezai, excomandante del Cuerpo de los Guardianes de la Revolución; 

Declaró el productor del documental del caso Maradona: "Makintach conocía el contenido y estaba de acuerdo"

Ahmad Vahidi, excomandante de la fuerza Al Quds perteneciente al Cuerpo de los Guardianes de la Revolución;

Hadi Soleimanpour, embajador de la República Islámica de Irán en Buenos Aires en 1994, de profesión ingeniero mecánico y licenciado en sociología y relaciones internacionales;

Ahmad Reza Asghari, diplomático, acreditado como tercer secretario de la Embajada de la República Islámica de Irán en la República Argentina desde el 11 de julio de 1991 hasta el 23 de julio de 1994; 

Moshen Rabbani, diplomático, acreditado como consejero Cultural de la Embajada de la República Islámica de Irán en la República Argentina desde el 3 de marzo de 1994 hasta el 19 de mayo de 1998;

Salman Raouf Salman, nacido el 6 de julio de 1965 en San Andrés (Islas) de Colombia; 

Finalizó el operativo de repatriación de argentinos varados en Israel en medio de las tensiones con Irán

Abdallah Salman, libanés, quien residiría en Beirut en la actualidad;

Hussein Mounir Mouzannar, de cédula de identidad paraguaya, que podría estar en la actualidad residiendo en El Líbano. 

Rafecas sobre el juicio en ausencia

En el fallo que se emitió este jueves y habilitó el juicio en ausencia, Rafecas sostuvo: “Como juez, no pierdo de vista que esta es una situación excepcional. Declarar la apertura del proceso en ausencia es una decisión que se toma en un marco atípico, inédito incluso. Pero también sé que este tipo de decisiones no suprimen las garantías ni el debido proceso”. 

De acuerdo a la nueva norma, los imputados tienen derecho a la defensa a través de un letrado particular que elijan pero, si eso no ocurre, el juez de oficio les designa un abogado público. 

Bacman: “Este gobierno está dispuesto a destruir totalmente el Estado”

“El juicio en ausencia, por más limitado que sea, aun así sigue siendo una herramienta que permite, al menos intentar conocer la verdad, reconstruir lo ocurrido y, sobre todo, darles a quienes representan a las víctimas, un lugar para expresarse públicamente en ese proceso”, señaló el juez en los fundamentos del fallo. 

Sin embargo, también admitió que “un juicio no garantiza certezas, pero sí abre una posibilidad. La posibilidad de que el fiscal intente probar lo que sostiene”. Al mismo tiempo, Rafecas, reconoció que el nuevo proceso podría conllevar la revictimización de las víctimas, dado que ya atravesaron otros juicios que resultaron fallidos.

“Entiendo profundamente el temor, la angustia, incluso la desilusión que puede generar la idea de atravesar nuevamente un proceso judicial, sobre todo cuando ya hubo intentos previos que no terminaron como se esperaba. Ese temor a la revictimización, a exponerse, a recrear momentos dolorosos, o a enfrentarse otra vez con un sistema que alguna vez falló, es completamente legítimo”, concluyó. 

LM/DCQ