Malvinas: la causa por torturas a soldados todavía espera un pronunciamiento de la Corte
En 2022, el procurador interino Eduardo Casal pidió en línea con el fiscal ante la Cámara de Casación Javier De Luca que considere a las torturas y tratos crueles, inhumanos y degradantes a conscriptos durante el conflicto bélico como delitos de lesa humanidad. El Máximo Tribunal todavía no se pronunció.
Este 2 de abril, cuando se conmemoran 44 años del inicio de la Guerra de Malvinas, también será un nuevo aniversario, el cuarto, de la falta de respuesta de la Corte Suprema de Justicia al dictamen del procurador interino, Eduardo Casal, que se pronunció en la misma línea que el fiscal ante la Cámara de Casación, Javier De Luca, y pidió al Máximo Tribunal que considere a las torturas y tratos crueles, inhumanos y degradantes a conscriptos durante el conflicto bélico como delitos de lesa humanidad, y por lo tanto imprescriptibles.
“Los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad generan la misma obligación internacional para los Estados en cuanto al deber de búsqueda, detención, enjuiciamiento y -de corresponder- castigo de los responsables. Obstáculos como el instituto de la prescripción de la acción penal no son admisibles para incumplir con esas obligaciones”, sostuvo De Luca en el dictamen que presentó a mediados de 2022.
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En noviembre de 2022, el procurador general interino de la Nación, Eduardo Casal, consideró, en la misma línea que De Luca, que correspondía hacer lugar al recurso extraordinario ante la Corte y dejar sin efecto la sentencia de la Cámara de Casación Penal en tanto resultaba arbitraria. Dicho tribunal se había pronunciado en 2021, por dos votos a favor y uno en contra, por la prescripción de la causa.
La Corte Suprema suele tener acuerdos los días martes y en el de esta semana solo se conoció un fallo acerca de que los jueces deben aplicar la ley y no pueden fijar penas fuera de lo que establece el Congreso, en un caso de asociación ilícita tributaria. Fuentes del Máximo Tribunal consultadas por PERFIL estimaron que la Corte no se pronunciará sobre la causa Malvinas este tema por el momento: no tiene plazos para dictar sentencia.
La causa por torturas en Malvinas
Desde 2006, a partir de la presentación de un ex soldado, la Justicia investiga estaqueamientos, lesiones, torturas y otras degradaciones ejecutadas tanto en las islas como “en tierra” contra soldados durante la guerra, que tuvo lugar entre abril y junio de 1982. A esa denuncia inicial, se sumaron otras. La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia declaró crímenes de lesa humanidad y por lo tanto imprescriptibles a las torturas. Dicho tribunal incluso había confirmado el llamado a indagatoria de los imputados, pero apelaron la sentencia y Sala I de la Cámara de Casación Penal, en mayo de 2021, le dio la razón.
Con los votos de los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña y la disidencia de Ana María Figueroa, el máximo tribunal penal revirtió el criterio de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia.
En el dictamen que presentó para pedir que el Máximo Tribunal se pronuncie, el fiscal De Luca planteó que "no hay ‘cosa juzgada’ (...) ni violación al principio ‘non bis in idem’", que no permite juzgar dos veces a una persona por el mismo delito. “Las víctimas de torturas en el campo de batalla hace 40 años que esperan por justicia”, señaló.
Y cargó contra los jueces Barroetaveña -hoy vicepresidente de la Cámara de Casación- y Petrone: “Nuestra pretensión de tratar los hechos investigados como crímenes de guerra y/o graves violaciones a los derechos humanos fue omitida”.
De Luca enfatizó que “en el caso bajo estudio, el dolor causado, el frío extremo, la lejanía, las lesiones, la indefensión total, el contexto bélico y la humillación provocada, permiten descartar cualquier posibilidad de afirmar que las víctimas no experimentaron un gran sufrimiento. Por la forma en que fueron realizados, no caben dudas de que se realizaron de manera dolosa. Según la prueba reunida hasta el momento, el objetivo de las conductas era el castigo de las víctimas por supuestas inconductas. Como tal, se encuentra comprendido dentro de las finalidades que caracterizan a la tortura como crimen de guerra”.
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“La pretensión de escudarse en la aplicación de los reglamentos de disciplina militar por entonces vigentes no puede prosperar (...) Es más, los que generaron una lesión a la campaña militar fueron los militares que las dispusieron, al restar a un soldado del frente de batalla, durante el tiempo que duraban los castigos corporales”, consideró el fiscal.
Llamado a indagatoria
En octubre de 2024, el fiscal federal de Río Grande, Marcelo Rapoport, solicitó la detención y el llamado a declaración indagatoria de diez militares por aplicación de tormentos contra tres soldados conscriptos.
Ya en diciembre de 2019 la Justicia había indagado a Miguel Angel Garde, Belisario Affranchino Rumi, Gustavo Calderini y Eduardo Grassino, pertenecientes al Regimiento de Infantería Mecanizada 5 de Paso de los Libres, Corrientes. En febrero de 2020 la jueza federal de Río Grande Mariel Borruto dictó el procesamiento de los cuatro por los delitos de tormentos y amenazas, y caracterizó los hechos de la causa como crímenes de lesa humanidad.
Pero un año más tarde, en 2021, llegó el rechazo de la Cámara de Casación Penal, que, por mayoría, hizo lugar al recurso presentado por la defensa de otro de los imputados, quien reclamaba la prescripción.
El fiscal Rapoport sostuvo que los hechos delictivos “no fueron acontecimientos aislados e inconexos, ni respondieron a móviles personales de sus ejecutores”. Agregó que “las torturas en Malvinas fueron una práctica generalizada a la que fueron sometidos los conscriptos por parte de las autoridades militares como una forma de ‘controlar’ los problemas vitales que generaba entre la tropa la falta de distribución de víveres y abrigo” .
Los “estaqueamientos” consistieron en atar desde sus extremidades a las víctimas, y “enterramientos”, con la tierra al cuello, y la inmersión en aguas heladas, a lo que se sumó el ensañamiento con soldados con apellidos de origen judío, según reconstruyó la Justicia.
Los casos
La presentación del fiscal Rapoport comprende dos hechos -con tres víctimas en total- que ocurrieron en Monte Kent y Monte de las Dos Hermanas, en la Isla Soledad, en la zona de Puerto Argentino, en perjuicio de tres soldados.
El primer hecho se registró a fines de mayo de 1982, cuando uno de los soldados debía realizar un cambio de guardia con su compañero, quien se quedó dormido como consecuencia de la falta de alimentación y la falta de sueño debido a los constantes bombardeos nocturnos. Como reprimenda, dos cabos los castigaron a ambos estaquéandolos: fueron atados por la espalda, uno con otro, con sus piernas y brazos extendidos, parados, y mantenidos en esa posición durante toda una noche.
Las dos víctimas cayeron prisioneros de guerra de los ingleses entre el 10 y el 12 de junio, y viajaron de vuelta al continente en el Buque Canberra. Arribaron a Puerto Madryn y de allí fueron enviados a la guarnición militar de Campo de Mayo, donde estuvieron 4 o 5 días “engordando”. La fiscalía describió que allí los hicieron firmar unos papeles y les impusieron un “pacto de silencio” respecto a lo vivido en las islas.
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El otro hecho lo tuvo como víctima a un soldado, que en su testimonio narró constantes malos tratos y discriminación por su condición de indígena. Explicó que a fines de mayo de 1982 fue castigado sin razón aparente y fue estaqueado: lo ataron de pies y manos sobre una roca, con la ropa puesta pero desabrochada la chaqueta. En su testimonio no recordó cuánto tiempo se extendió esa situación, pero calculó que fueron alrededor de cinco horas, en las que nevó y lloviznó. Y recordó que, cuando lo desataron, regresó a su carpa con dificultas para moverse por el frío.
El joven tuvo el mismo derrotero de regreso al país que las otras dos víctimas. En la guarnición de Campo De Mayo también debió firmar unos papeles “para no hablar” respecto a lo ocurrido en las islas.
LT