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Afirman que la nueva medida impuesta por el Gobierno hacia las empresas no cumple con la ley del impuesto a las ganancias

“Lo que hace es desconocer la existencia de quebrantos, que anulan el impuesto a las ganancias y no obstante, pretende el ingreso de un pago a cuenta”, aseveró el contador público, Martín Caranta

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Martín Caranta: “A través de una norma reglamentaria como es una resolución final de la AFIP, se trata de ignorar lo que dice la ley del impuesto a las ganancias respecto a los quebrantos” | Télam

El Gobierno anunció varias medidas que repercutieron en la economía argentina. No solo abarcarán al sector agropecuario sino también a las empresas. Las cuales deberán pagar un impuesto a la ganancia si tienen una ganancia mayor a $600 millones. Con el fin de ampliar esta información, nos comunicamos con el contador público Martín Caranta

“Lo que sucede es que a través de una norma reglamentaria como es una resolución final de la AFIP, se trata de ignorar lo que dice la ley del impuesto a las ganancias respecto a los quebrantos”, expresó Martín Caranta, que luego explicó qué son los quebrantos de una empresa: “Son pérdidas de ejercicios fiscales anteriores, que una empresa obtuvo en un determinado año y las puede computar contra resultado positivo de un año en el cual tiene que liquidar el impuesto a las ganancias”.

La nueva norma desconoce los quebrantos que tienen las empresas

Sobre la misma línea, Caranta manifestó que si esas pérdidas “son abultadas”, terminan neutralizando el resultado impositivo en determinado año y ahí no se ingresa en el impuesto a las ganancias. “Esto es lo que la norma trata de cubrir y lo que hace es desconocer la existencia de quebrantos, que anulan el impuesto a las ganancias y no obstante, pretende el ingreso de un pago a cuenta”, añadió.

La nueva medida abarcará a 190 empresas

Posteriormente, el contador público señaló que esta nueva medida no es para todas las empresas, sino que “apuntaría solamente al 1%, es decir a 190 empresas”. Además, remarcó que se requieren 2 requisitos. Por un lado, “el resultado impositivo antes de descontar quebrantos, sea de 600 millones de pesos o más” y en segunda instancia, “que el producto cómputo de quebranto de años anteriores no haya generado impuesto a las ganancias”.

Si bien aún no fue revelado cuanto se busca recaudar con esta norma, se estaría hablando del 15% de los impuestos de 190 empresas

“El dato de cuánto se busca recaudar no es conocido, estas cuestiones están protegidas por secreto fiscal”, aseveró el entrevistado. A su vez, dijo que el 15% aproximadamente es a lo que apunta la norma. Es decir, 600 millones por 190 empresas por el 15%. “Realmente no es una cifra que pueda llegar a conmover las necesidades fiscales, parecería ser que no hay demasiada razonabilidad en la pretensión recaudatoria”, disparó.

A modo de cierre, Caranta recordó que en el año 2017 hubo una reforma fiscal muy profunda con la ley 27.430, la cual estableció una suerte de quebranto celular, producto de operaciones con bonos. “Entonces, esos quebrantos por este tipo de dolarizaciones no impacta en la liquidación de impuesto a las ganancias porque solamente puede ser computado contra operaciones de compraventa de bonos o de acciones que den resultado positivo”, concluyó.