La legislación cultural en la Argentina adolece de vetustez. No sólo por el tiempo transcurrido desde su sanción, sino porque no ha incorporado los nuevos fenómenos sociales y tecnológicos que transformaron los modos de creación artística y la posibilidad de su difusión. Tampoco incluyen en sus disposiciones la regulación de un derecho humano fundamental, el acceso a la cultura, severamente dañado por la decadencia económica y educativa que afecta a nuestra sociedad.
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sancionado hace ya dos años un nuevo instrumento que moderniza la relación entre los ciudadanos y la actividad cultural. Además, de mantener los subsidios directos que otorga a diferentes ramas del arte, a partir de su aplicación permitirá que todo habitante de la Ciudad –empresa o persona– que esté obligada al pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos pueda aplicar un porcentaje de ese pago al apoyo de la investigación, capacitación, difusión, creación y producción en las diferentes ramas del arte y la cultura, que incluyen sus formas más actuales como el diseño, el arte digital o los sitios de Internet con contenido artístico y cultural.
De esta manera, el contribuyente le otorga destino cierto a un porcentaje del pago de su impuesto y permite el desarrollo de la actividad cultural, no sólo desde la producción o creación, sino también en la formación de sus hacedores y en la relación con la comunidad. Este cuerpo normativo atiende así también la relación entre el creador y la población, dado que permite que esta forma de fomento se aplique a la difusión. El contribuyente también puede obtener el beneficio de relacionar su imagen o la de sus productos al proyecto cultural que asista, asumiendo así el carácter de “patrocinador”. En este caso sólo el 50% de los financiamientos efectuados por los “patrocinadores” serán considerados como pago a cuenta del mencionado impuesto. En cambio, quien no relaciona su imagen con el proyecto, se denomina “benefactor” y puede aplicar hasta el 100% del monto que destine a su contribución.
El sistema es sencillo para su aplicación y tiene como gran innovación la posibilidad de que un nuevo grupo de personas no acostumbradas a estas formas de promoción de las artes y la cultura se sumen a esta actividad, pues no sólo los grandes contribuyentes podrán realizar esta acción de “mecenazgo”, sino que los medianos y pequeños contribuyentes pueden sumar su esfuerzo al desarrollo de las artes y la cultura en la Ciudad. Así la actividad de la promoción de las artes se democratiza y permite que sea ejercida por aquellos que antes no contaban dentro de sus posibilidades de acción social, la de contribuir al desarrollo de la actividad cultural.
El arte y la cultura no sólo están destinadas a quienes las practican o estudian, sino que son un elemento transformador de la realidad social, que ayuda al desarrollo humano y a la creación de ciudadanía. La aplicación de este nuevo instrumento no sólo permitirá mayores fuentes de financiamiento para las actividades culturales, sino también la formación de nuevos grupos que las fomenten y participen en su creación e impacto social.
Tengo la convicción de que en un país con un deteriorado sistema político y un descenso tan brusco del nivel de vida de su población, la mejor docencia que se puede ejercer es la revalorización del trabajo intelectual, en un contexto que no es proclive a su incentivo. Porque sigue vigente la afirmación que Albert Camus pronunció hace casi sesenta años sobre la desvalorización de la inteligencia y el triunfo de las “filosofías del instinto y, con ellas, ese romanticismo de mala ley que prefiere sentir a comprender como si ambos pudieran separarse”. En una situación tan dramática para nuestro país, promover el incentivo a la reflexión y a la creación artística es la mejor forma de defender el sistema democrático, porque cuando la “inteligencia se apaga, llega la noche de las dictaduras”.
*Profesor de Legislación Cultural en UBA, UNC y Flacso.