Las enfermedades no transmisibles (ENT), incluidas las enfermedades cardiovasculares, el cáncer, la diabetes y las enfermedades respiratorias, son la principal causa de muerte y discapacidad en el mundo. En Argentina, las ENTsson responsables del 73,4% de las muertes, y el exceso de peso y la obesidad vienen aumentando de forma sostenida durante los últimos años. Este escenario es todavía más acuciante en el contexto de la crisis sanitaria global por la pandemia de coronavirus: las personas con ENT tienen un más probabilidades de morir por Covid-19.
Frente a este problema, siguiendo las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, Argentina dio un paso importante hacia la protección de la salud pública. A fines de octubre, en cumplimiento con las obligaciones asociadas con el derecho humano a la salud (reconocido en tratados internacionales con jerarquía constitucional), el Senado de la Nación dio media sanción al proyecto de ley que establece la colocación de un octógono negro para informar el exceso de contenido de sodio, azúcares, grasas y calorías en productos alimenticios.
El objetivo de esta medida es que las personas puedan tomar decisiones informadas sobre los productos que consumen. De este modo, se busca desincentivar el consumo de productos que contienen exceso de estos nutrientes críticos y modificar factores de riesgo de las ENT asociados a la alimentación, tales como el sobrepeso y la obesidad.
La decisión sobre qué perfil de nutrientes debe usarse debe estar conectada con la evidencia sobre la efectividad de dicho perfil para lograr los objetivos de la política. Por ello, es importante resaltar que, según la evidencia científica, libre de conflictos de interés, las etiquetas de advertencia previstas en el proyecto son el sistema más eficaz para promover tales objetivos.
En Chile, por ejemplo, el etiquetado de advertencia en el frente del paquete provocó una disminución del 23,7% en el consumo de bebidas azucaradas.
Por el contrario, el uso de otros sistemas de etiquetado, como el modelo de semáforo, no han sido efectivos para alcanzar buenos resultados de salud pública.
El Relator Especial de la ONU sobre el derecho a la salud se ha manifestado recientemente en apoyo de la adopción del etiquetado frontal de advertencia y ha señalado que “la idoneidad de las medidas para abordar los factores de riesgo de las ENT relacionadas con la dieta, como el etiquetado de advertencia en el frente del paquete, debe surgir de la mejor evidencia disponible en salud pública”. En tal sentido, el proyecto de ley con media sanción se rige por el sistema de perfil de nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud, que se adecúa a las Guías Alimentarias para la Población Argentina y permitirá lograr la efectividad del etiquetado frontal para proteger la salud pública.
Existe consenso en el derecho internacional de los derechos humanos respecto de la necesidad de adoptar medidas para prevenir la malnutrición y garantizar una dieta adecuada, con el fin de proteger efectivamente los derechos a la alimentación adecuada y a la salud.
Los Estados tienen la obligación de adoptar medidas para prevenir el sobrepeso, la obesidad y las ENT asociadas a la mala alimentación, así como mitigar sus impactos en la salud de la población. En este marco, el etiquetado frontal de advertencia se destaca entre las medidas prioritarias para afrontar este problema y proteger los derechos humanos mediante la creación de entornos alimentarios saludables que fomenten dietas saludables.
La iniciativa que tratará la Cámara de Diputados cumple con los más altos estándares de protección de derechos de las personas consumidoras en materia de salud, alimentación y acceso a una información adecuada, clara y veraz. Al mismo tiempo, satisface las obligaciones asumidas por Argentina para la protección de los derechos a la salud, a la alimentación adecuada y a los beneficios del progreso científico. En un contexto mundial en el cual la importancia de la evidencia científica ha quedado de relieve, la Cámara de Diputados tiene la oportunidad de proteger la salud pública, adoptando el proyecto de ley sin modificaciones.
*Asociado, O´Neill Institute for National and Global Health Law, Georgetown University.
**Decano de la Escuela de Derecho de la Universidad Torcuato Di Tella.