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CóRDOBA
HABLA EL FISCAL GENERAL

“No he visto críticas al dictamen que estén fundadas en derecho”

Juan Manuel Delgado dialogó en exclusiva con PERFIL CÓRDOBA tras el dictamen sobre el aborto que lleva su firma. “El TSJ me dio 48 horas para hacerlo, algo que se encuadra en el procedimiento habitual”.

15-8-2021-Delgado
DELGADO. “El dictamen no es vinculante por lo que la ley sigue vigente”, sostuvo el Fiscal General de la Provincia. | Fino Pizarro

“El dictamen es eminentemente jurídico. Sus argumentos podrán ser o no compartidos, pero es jurídico”, dice Juan Manuel Delgado, el Fiscal General de la Provincia, luego del revuelo político/judicial que se generó en la semana a partir del dictamen que firmó, junto al fiscal adjunto Pablo Bustos Fierro, reconociendo a Aurelio García Elorrio la representación colectiva de “los niños por nacer” e incluso “los niños no deseados”. 

Lo hizo tras una resolución solicitada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ante la apelación al rechazo de las medidas suspensivas, en el amparo que presentó el exlegislador contra la aplicación de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en Córdoba. 

En el mismo dictamen, tanto Delgado como Bustos Fierro solicitan que se conceda el efecto suspensivo del amparo planteado por García Elorrio y Portal de Belén y que se deje de aplicar el aborto legal en Córdoba, hasta tanto se resuelva la causa. 

El Fiscal General aceptó, de manera exclusiva, el diálogo con PERFIL CÓRDOBA. En medio de un pedido de juicio político por parte de la legisladora y precandidata a diputada nacional del Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST), Luciana Echevarría, Delgado es tajante: “No he leído una crítica al dictamen que esté fundada en derecho. Una apreciación vaga, genérica, diciendo que esperaban más fundamentos jurídicos, no dice nada”. 

—¿Por qué emitió el dictamen en este momento?
—El dictamen se emitió en los plazos dispuestos por la ley y los traslados remitidos por el Tribunal Superior de Justicia. El primero de julio, el TSJ, a través de su Sala Electoral y de Competencia Originaria, ordenó correr traslado a la Fiscalía General en los autos caratulados: “Cuerpo de copias de Apelación en García Elorrio Aurelio Francisco C/ Poder Ejecutivo Provincial –amparo Ley 4915– Expte. N.º 10074392”, a fin de que esta parte se pronuncie en relación con la recusación con causa planteada por la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps), la Asociación Civil por el Derecho a Decidir (Católicas por el Derecho a Decidir - CDD) y la Clínica de Litigio de Interés Público (Clip), respecto de la intervención del Sr. Fiscal General Dr. Juan Manuel Delgado en dichos obrados.

—¿Qué sucedió después?
—Con fecha 22 de junio, la Fiscalía General evacuó la vista corrida en relación con la recusación con causa. En dicha instancia se rechazó el planteo formulado por no estar configuradas las causales de recusación invocadas. Luego, con fecha del 30 de junio y aún pendiente la resolución sobre la recusación con causa del Fiscal General, el TSJ remitió al Ministerio Público Fiscal la causa para que dictaminara sobre los recursos de apelación de la parte actora en el plazo de 48 horas, todo ello de conformidad con lo establecido en la Ley N.º 4915. 

—Es decir que el TSJ le solicita que responda en 48 horas.
—Sí. Atento ello, y al no haberse resuelto mi recusación, me vi en la obligación de expedirme al respecto y de manera conjunta con el doctor Pablo Bustos Fierro, a fin de resguardar la validez del acto procesal. Destaco que los traslados y vistas corridos por el TSJ se enmarcan en el procedimiento dispuesto para este tipo de acciones. 

—¿Por qué tiene legitimidad García Elorrio, como particular, para pedir un amparo contra el aborto?
—Eso será tratado en el fondo de la cuestión. 

—¿Cómo se puede declarar la inconstitucionalidad de una ley sin un damnificado particular?
Hoy no podría responder eso sin adelantar opinión. 

—Surgieron algunas especulaciones sobre el momento en el que el TSJ exige que se presente el dictamen, en plena campaña.  
—El trámite dado al recurso interpuesto está reglado y normado, por lo que el Ministerio Público Fiscal y el Tribunal Superior de Justicia se han ajustado a plazos procesales, los que son ajenos a temas extrajudiciales. 

—¿Ve algún artilugio procesal?
—No veo artilugio procesal alguno. Los actos procesales realizados en la causa se ajustan a derecho. 

—¿Y las reacciones posteriores? ¿Tienen que ver con la campaña?
—Desconozco a que se deben las reacciones. Han sido muy diversas.

—¿Cree que el tema aborto será un tema central en la campaña electoral?
—No lo he visto como un tema de campaña electoral.

—Fuentes de Tribunales aseguran que se esperaba, por parte de la Fiscalía General, otro dictamen, más basado en fundamentos jurídicos. ¿Qué opinión tiene al respecto?
—El dictamen es eminentemente jurídico, cuyos argumentos podrán ser o no compartidos. Basta con leerlo para advertir que el resultado del mismo está fundado en normas de raigambre constitucional y tratados internacionales. En primer término, no me consta que “fuentes de Tribunales” se hayan expresado en tal sentido. Tampoco he leído una crítica al dictamen que esté fundada en derecho. Una apreciación vaga, genérica, diciendo que esperaban más fundamentos jurídicos, no dice nada. Tampoco creo que ese tipo de apreciaciones inconsistentes tenga su origen en fuentes tribunalicias.

—¿Qué opinión tiene respecto a los pedidos de Jury que anticiparon realizar desde al menos dos partidos políticos?
—No hay causa para el Jury. El dictamen emitido por el Ministerio Público Fiscal fue en el marco de la competencia y la ley vigente. Fundado en derecho.

—¿Ahora debe responder el TSJ sobre la cautelar y no sobre la cuestión de fondo?
—Ahora tiene que resolver el TSJ sobre la medida cautelar.

—Mientras tanto, ¿la ley de aborto sigue vigente?
—El dictamen no es vinculante, por lo que la ley sigue vigente.

—¿Está sorprendido por la repercusión que alcanzó el tema?
—El tema de la vida humana es fundamental, de allí su importancia.