INTERNACIONAL
Informe de la ONU

Las terribles violaciones a los derechos humanos en Corea del Norte

Violencia sexual hacia mujeres y niñas, desapariciones forzadas, campos de reeducación, ciudadanos obligados a denunciar a familiares y vecinos: un reporte demoledor de Naciones Unidas.

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Una niña en un campo de trabajo. El 40 por ciento de la población sufre inseguridad alimentaria. | AFP

El pasado 11 de septiembre se hizo público el más reciente informe del Secretario General de las Naciones Unidas, António Guterres, acerca de la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea. Documentar las violaciones a los derechos humanos que tienen lugar en dicho país no es sencillo: no está permitido acceder al territorio y existen estrictas restricciones a la recopilación de datos independientes, impuestas por el gobierno norcoreano. A pesar de este gran obstáculo, gracias a otras fuentes fiables se cuenta con suficiente evidencia que constata las severas y continuas violaciones a los derechos humanos que tienen lugar en Corea del Norte.

De acuerdo con el informe, respecto a la alimentación, agua y saneamiento, alrededor del 40% de la población requiere asistencia humanitaria, y sufre inseguridad alimentaria. En este sentido, los niños, las mujeres embarazadas y lactantes, y las personas mayores, continúan siendo los más afectados. Las medidas contra el COVID-19 han obstaculizado aún más el ejercicio del derecho a la alimentación, así como también han repercutido en los esfuerzos de los agentes humanitarios por combatir la inseguridad alimentaria.

Además, en relación con el derecho a la salud, la población se enfrenta a un acceso limitado a servicios sanitarios esenciales y escasez de medicamentos. Los más vulnerables son los residentes de las áreas rurales, y los grupos internados en centros. Los lugares de reclusión carecen de instalaciones sanitarias y profesionales de la salud, lo cual afecta tanto a reclusos como al personal de las instalaciones.

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Otro de los puntos de mayor preocupación, como se señala en el mencionado reporte, son justamente los centros de detención, donde ocurren todo tipo de violaciones sistemáticas de los derechos humanos, incluyendo la violencia sexual hacia mujeres y niñas. Dichas violaciones parecieran tener lugar bajo la autoridad directa de dependencias estatales. Respecto a los campamentos de presos políticos, se continúa desconociendo la cantidad de detenidos (que NK Watch estima en 135 mil) y se desconoce también el proceso mediante el cual esas personas han sido condenadas. Como sostiene António Guterres, estos reclusos se ven expuestos a trabajo forzoso, violencia física y mental, y una nutrición, saneamiento y atención médica insuficientes (condiciones también existentes en los otros lugares de detención); y corren el riesgo de sufrir desapariciones forzadas, debido al carácter clandestino de los campamentos.

Con relación a las libertades de expresión, pensamiento, conciencia, religión, asociación y reunión pacífica, la situación también es desesperanzadora. El informe señala que la RPDC continúa restringiendo gravemente estos derechos: mantiene el monopolio de la información y continúa controlando completamente la vida social organizada. El sistema de control alienta a las personas a espiar y denunciar a sus vecinos, y habilita a los líderes de distintos grupos a llevar a cabo registros domiciliarios sin previo aviso ni orden judicial. Las nuevas tecnologías también se han puesto al servicio de la vigilancia del Estado, y se siguen bloqueando las páginas web y correos que no sean nacionales. En suma, la criminalización de cualquier acto político y las severas condenas que se prevén refuerzan aún más la autocensura de cualquier acto que pueda ser interpretado como una crítica al Estado.

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No solo los actos políticos conllevan duras penas en Corea del Norte. De acuerdo con el informe, sigue en vigor la obligación de que los ciudadanos realicen trabajos asignados por el Estado, y no presentarse al lugar de trabajo correspondiente puede implicar una pena de hasta tres meses en un campo de trabajo. También se pone de manifiesto la generalizada movilización de trabajadores forzosos, incluyendo a estudiantes, que están obligados a trabajar en granjas y fábricas en el transcurso del año escolar. En suma, se pueden imponer hasta seis meses de “educación mediante el trabajo” por una serie de delitos, sin necesidad de proceso judicial. Las personas internadas en centros de espera antes de un juicio, campos de trabajo y prisiones ordinarias también están obligadas a realizar trabajos forzados, en condiciones precarias.

La libertad de circulación también continúa muy restringida en la RPDC, tanto dentro del país como hacia el extranjero, y quienes son repatriados luego de haber salido ilegalmente sufren severas consecuencias. En suma, el Gobierno ha aplicado medidas estrictas frente a la pandemia de Covid-19, restringiendo aún más la circulación de personas y bienes. En relación con este tema, desde el 2018 no ha habido avances de ningún tipo respecto a las reuniones de familias separadas. Tampoco se ha avanzado en el esclarecimiento de secuestros y desapariciones forzadas.

El informe del Secretario General de la ONU finaliza haciendo referencia al estado de cooperación del gobierno norcoreano con el sistema de Naciones Unidas en materia de derechos humanos. Por un lado, se señala que en el tercer examen periódico universal de la RPDC, el gobierno se comprometió a aplicar sólo 132 de las 262 recomendaciones formuladas. Entre las que no aceptó figuran las relacionadas con la lucha contra la violencia sexual. Por otro lado, la RPDC continúa rechazando las visitas de los titulares de mandatos temáticos de los procedimientos especiales, y restringe severamente el margen de acción de las entidades de la ONU que operan en el territorio. La RPDC no solo continúa reproduciendo prácticas que vulneran seriamente los derechos humanos de sus ciudadanos, sino que además no muestra signos de cooperar para cambiar esta situación en el mediano plazo.

*Coordinadora de Relaciones Institucional de CADAL.