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Seguro automotor

¿Los seguros de autos ya no cubrirán remolque con grúa ni auxilio mecánico?

La medida impactará en millones de asegurados. Por disposición del Gobierno se limitará la cobertura por contrato restringiéndola a los casos de accidente, incendio, robo o hurto.

Servicio de remolque
Servicio de remolque | Twitter

Quedarse varado con el auto en una ruta o en medio de una jornada con tráfico intenso en la ciudad es un momento muy estresante. Por eso, los conductores prevenidos buscaban aquella cierta tranquilidad que, hasta el momento, daba el poder contar con el servicio de auxilio y remolque de una compañía aseguradora. Sin embargo, esto llega a su fin. 

Mediante la Resolución SSN 217/2024 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, quedó establecida una restricción para los servicios de acarreo con grúa y auxilio mecánico que habitualmente ofrecían las aseguradoras, incluso en el caso de eventos ajenos a un siniestro. En concreto la normativa dispuso que esos servicios ya no tendrán cobertura para ciertas contingencias que no tengan relación directa con una situación de siniestro. 

Por consiguiente, la limitación quedó circunscripta a que el servicio de remolque a cargo de la aseguradora solo se brindará a los casos de daño por accidente, incendio, robo o hurto.

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¿Desde cuándo?

La normativa quedó oficializada el viernes último con su publicación en el Boletín Oficial, y cada compañía de seguros tendrá que ajustarse a ella, implementando los cambios necesarios, dentro del plazo de 90 días desde su entrada en vigencia. Cabe señalar que en caso de no hacerse las modificaciones, estas comenzarán a aplicarse progresivamente, tras el vencimiento de los contratos, al momento que los asegurados inicien el trámite de renovación de sus pólizas.

De modo que, desde julio las aseguradoras ya no tendrán obligación de incluir en sus pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico para los casos excluidos por la nueva resolución. Con el objetivo fijado por el Gobierno, de liberar al ciudadano de la regulación excesiva y clarificar sus derechos y obligaciones, y cumpliendo la función primordial de la SSN que es proteger a los asegurados y supervisar a las aseguradoras, se dispuso una modificación en lo atinente a servicios adicionales de traslados y remolques de vehículos.

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Protección ante la insatisfacción

El Gobierno fundamentó la decisión con un comunicado de Economía en el que puntualizó respecto de la reforma del Reglamento General de la Actividad Aseguradora. “La SSN busca proteger al ciudadano, enfocando la responsabilidad de las aseguradoras en el objeto principal del contrato de seguros que es el de cubrir riesgos e indemnizar siniestros, en vez de brindar un servicio ajeno a la actividad, deficiente en su prestación y con un alto grado de insatisfacción”.

En ese sentido, entre los considerandos de la resolución se destaca que “se han presentado ante este Organismo múltiples notas de las asociaciones que representan al mercado, formulando una serie de consideraciones respecto de los inconvenientes que el servicio de asistencia mecánica y remolque genera al mercado en su totalidad. Los altos costos que demanda la prestación del servicio de remolque y auxilio mecánico para situaciones ajenas a un siniestro, altera la capacidad de responder a la función principal del contrato de seguro”.

Las compañías de seguro ya no ofrecerán servicio de grúa y auxilio mecánico, por una medida del Gobierno

Asimismo la SSN precisó que “existe una percepción muy negativa de parte de los asegurados sobre la asistencia que hoy reciben”. Ante este panorama, las autoridades anunciaron los cambios “abriendo el mercado a la libre competencia”, con la chance de poder optar que tendrá desde ahora el asegurado, con un doble beneficio y efecto derivado de la medida. 

Con este objetivo, de brindar una protección amplia la SSN aplicó las modificaciones al servicio de acarreo y auxilio en cabeza de las aseguradoras, con el foco puesto en “proteger a los asegurados y asegurables”, y agrega que “cualquier regulación que ponga en dudas la concreción de dicha misión impone una revisión de criterios”. En ese marco, “se otorga la posibilidad de, por un lado, un mayor desarrollo de la oferta y por el otro, al ciudadano, de elegir precio y servicio según su conveniencia y criterio”, aclaran los fundamentos.

En esa línea, desde la entidad dirigida por Guillermo Plate, remarcaron que es “el objetivo liberar al ciudadano de la regulación excesiva para clarificar sus derechos y obligaciones”.

¿Qué servicios se eliminan?

Con la reciente norma de la SSN, quedó sustituida la cláusula CG-CO 4.1. del inciso a.1) del Anexo del Punto 23.6. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora, estableciendo. 

Según establece la nueva normativa entre sus considerandos, “en ningún caso” las compañías darán cobertura de “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”. 

Respecto del servicio de traslado, hasta el lugar más cercano al del siniestro o al del robo, y el servicio de estadía en garaje o taller, solo se dará cobertura por la aseguradora, en caso de daño y/o incendio que impida la circulación.

¿Bajarán los costos?

Es esperable que al haber un costo menos por cubrir por parte de las aseguradoras, el monto de la póliza baje. Sin embargo, al ser una medida muy reciente y darse en un contexto de inestabilidad económica no se conocen aún sus efectos.

Lo cierto es que el sistema de cobertura continuará ajustando sus precios según la mayor peligrosidad y propensión a que sucedan las contingencias aseguradas: un accidente, robo o incendio. Lo que marcará los costos y tarifas de las aseguradoras según las zonas donde se circule con mayor habitualidad. Por lo pronto se estima que tenga una incidencia a la baja en los costos de las compañías aseguradoras y que se refleje en las tarifas que deben pagar los asegurados. 

Cabe señalar que algunas aseguradoras hasta llegan a pagar montos que alcanzan los $1.000 millones mensuales en el pago de estos servicios tercerizados. Altos costos para un servicio deficiente que deja, la mayoría de las veces, en una espera de eternas horas ante la excesiva demanda.

FM