OPINIóN
Cuota alimentaria

La obligación Parental en la agenda del Congreso Nacional

Crece el corrimiento por parte de algunos adultos, a asumir las obligaciones que implica la paternidad/maternidad, entre ellas el costo de vida cotidiana de esos niños, niñas y adolescentes que conviven mayoritariamente con el otrx progenitor, generalmente mujeres.

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Presentaron un proyecto para garantizar alimentos a hijos de parejas separadas. | Télam

Crece día a día el corrimiento por parte de algunos adultos, a asumir las obligaciones que implica la paternidad/maternidad, entre ellas el costo de vida cotidiana de esos niños, niñas y adolescentes que conviven mayoritariamente con el otrx progenitor, generalmente mujeres. Esta situación empeoró con la pandemia, según un informe de Cippec, 3 de cada 10 madres no conviven con el padre de sus hijos/as. Pero de estas mujeres separadas o divorciadas, sólo una de cada cuatro de ellas cuenta con los ingresos de la cuota alimentaria.

Esto genera que las mujeres deban hacerse cargo del 100% del costo económico que los alimentos (en sentido amplio) de un niño o niña demandan, lo que de por sí resulta injusto y desigual, pero además quedan expuestas a situaciones que en muchos casos configuran violencia económica o patrimonial, en las cuales los incumplidores utilizan los alimentos, entendidos como un derecho esencial de nuestrxs hijos e hijas, como herramienta para perjudicar a la madre por motivos ajenos a su responsabilidad parental.

Según la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación desde enero de 2020 al 15 de marzo de este año, la oficina atendió 9.304 casos, y la justicia civil dictó medidas de alimentos provisorios para hijas/os en 775 casos (12% del total de actuaciones con seguimiento -6.355-).

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Diputados: presentan proyecto para garantizar alimentos a hijos de parejas separadas

Cuanto mayor es el abandono del padre, mayor es el costo económico que la madre paga pero también mayor es la familiarización y la feminización de los cuidados, profundizando las desigualdades entre hombres y mujeres en la vida cotidiana, en el mercado laboral y en la acumulación intergeneracional de desventajas.

Esto implica que las madres, para intentar revertir esta situación de desigualdad e injusticia, deban acudir a un sistema judicial que -mayoritariamente, lejos de proveerles la justicia y reparación buscadas, las somete a situaciones de violencia de género institucional cotidianas y reiteradas, tantas veces que -en muchos casos- logran hacerlas desistir.

El sistema judicial de nuestro país en materia de familia, tiene sus excepciones por supuesto, no solamente atenta contra la satisfacción del interés superior del niño y del cumplimiento de los deberes y obligaciones de los padres para garantizar los derechos de los hijos, sino que además no ha generado dispositivos eficaces para efectivizar el cumplimiento de estas obligaciones quebrantadas.

Es inconcebible que el incumplimiento del pago de una tarjeta de crédito o de la patente de un auto genere mayores consecuencias, goce de mejores mecanismos de protección y con mayor efectividad para el cobro, que el alimento debido a un niño o niña por parte de su propio padre.

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La diputada nacional del Frente de Todos, Jimena López.

Por eso, impulsamos desde el Congreso Nacional un proyecto de ley para revertir esta situación generando un mecanismo para el establecimiento, actualización y cobrabilidad de la responsabilidad alimentaria, a fines de proporcionar un piso no negociable y ejecutable de la manera más práctica y ágil posible, para que los derechos de los niños y niñas gocen de mayores garantías de concreción real y efectiva.

Proponemos la creación de una Prestación Alimentaria Básica Parental, cuyo valor se expresa en un porcentaje del ingreso bruto mensual del obligado teniendo como mínimo la Canasta Básica Total (CBT) con sus equivalencias por género, edad y región, que elabora y publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos. Y una retención y transferencia inmediata a la persona a cargo de hijos e hijas de padres separados

Ello para cada hijo menor de edad y de manera que permita cubrir las necesidades de los hijos e hijas respecto de su manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia, gastos por enfermedad y los gastos necesarios para adquirir una profesión u oficio, en los términos del artículo 659 del CCyCN

 

* Jimena López, diputada nacional del Frente de Todos