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Una mirada sobre el federalismo rentístico argentino

La distribución efectiva o real de poderes impositivos no siempre guarda paralelo o correspondencia estricta con los principios básicos del federalismo y con las competencias estaduales.

Finanzas
La falta de homogeneidad en el acceso a los recursos en nuestra región, dificultó la conformación de los Estados locales y nacional. | PIXABAY

Nuestro país desde el tiempo hispánico sufrió un desarrollo regional desparejo en lo económico y en lo social. Ello no pudo ser superado en el transcurso de nuestra historia y hoy seguimos afectados por esa heterogeneidad.

Superado el monopolio español -en ambas versiones, mercantilista primero y fisiócrata después-, nuestro naciente país en plena etapa de formación del Estado federal plasmó un modelo de crecimiento hacia fuera, consolidado el Estado hacia 1880 el modelo agro-exportador, en el período peronistas las ideas keynesianas y la doctrina social de la Iglesia, con Frondizi el desarrollismo, para después transitar un camino pendular entre planes liberales y populistas, con la coincidencia en todos los modelos de una presión fiscal creciente.

En ninguno de estos momentos se tuvo en cuenta, o no se quiso, o no se pudo lograr el fortalecimiento de los fiscos provinciales para un desarrollo regional parejo, el egoísmo del gobierno central prevaleció ante sus necesidades cotidianas y el deseo de las grandes transformaciones.    

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La falta de homogeneidad en el acceso a los recursos en nuestra región, dificultó la conformación de los Estados locales y nacional.

El federalismo, eje de la reorganización territorial

Hubo en la práctica una yuxtaposición en las tareas de búsquedas de recursos, lo que perjudicó el crecimiento económico de los contribuyentes por la presión tributaria de los tres niveles estaduales -nación, provincias y municipios-, y el perjuicio de éstos últimos por la evasión y la ineficacia en la tarea de recaudación.

El federalismo argentino encontró en su historia tensiones, entre la necesidad de recursos fiscales y los remedios unitarios para la coordinación de la búsqueda de ellos, entre la falta de una política de desarrollo regional nacional donde se incluya a todas las provincias frente al centralismo porteño.

La arquitectura de un régimen federal comprende dos partes: la distribución de las competencias entre los gobiernos central y los locales, y la organización de un sistema de relaciones entre ellos, dentro de las cuales se encuentra el reparto de los recursos y la coordinación del gasto.

Nuestro país partió de una organización política de integración como la virreinal, paso a un Estado de excesivamente centralista que siguió a mayo, y así el federalismo resultante representó una fuerza centrífuga, no de desintegración nacional, si  de descentralización, y con ello la difícil tarea de diseñar un sistema rentístico que mantuviera la autonomía provincial y permitiera la formación del nuevo Estado central.

La distribución efectiva o real de poderes impositivos no siempre guarda paralelo o correspondencia estricta con los principios básicos del federalismo y con las competencias estaduales.

No siempre la producción regional abastece suficientemente al fisco local y debe diseñarse sistemas de recaudación y distribución de recursos impositivos para cumplir y satisfacer las funciones del Estado.

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En nuestra historia institucional no siempre se concretó el espíritu de los constituyentes ni de la norma constitucional, pues el gobierno central avanzó en forma constante sobre las provincias en materia fiscal, fue y es un ente goloso que nunca se sacia de recaudar. No importó el color político, prevalecieron las conductas que debilitaron el federalismo financiero.

El puerto de Buenos Aires fue la llave reguladora de la economía de la región. A través de él se fomentaron o destruyeron los sectores productivos locales, se apoyó o no a la agricultura, la ganadería o artesanías. La Argentina, como nación, nunca tuvo con anterioridad un sistema regular o irregular de rentas.

Hubo que esperar hasta las reformas constitucionales de 1860 y 1866 para que el conflicto se resolviera, Batalla de Cepeda mediante. Buenos Aires, así, perdió la "propiedad" sobre la Aduana, no sin compensaciones de parte de la Confederación en tanto se le garantizaba a dicha provincia su presupuesto hasta cinco años después de su incorporación a la federación, conforme lo estipulado en el Pacto de Unión de 1859.

Las circunstancias políticas y económicos, que rodearon al nacimiento y primeras décadas de la organización nacional, favorecieron que el Estado nacional y los provinciales avanzaran sobre zonas grises en materia de competencias tributarias con el fin de satisfacer sus necesidades erarias, con ello surgió el fenómeno de la doble imposición de la cuál derivaron los conflictos jurisdiccionales.

El ejercicio de las facultades concurrentes por parte de la Nación y de las Provincias en materia de impuestos internos entre los años 1894 y 1934 originó la superposición desordenada de impuestos nacionales y provinciales, en ocasiones se agregaron los municipales.

La crisis del año 1890 favoreció lo expuesto en el párrafo precedente, la crisis del año 1929 fue profunda y en los primeros años de la década de 1930 el Estado Nacional establecerá el impuesto a los réditos ocupando espacio en las facultades concurrentes.

La situación del régimen tributario en la década de 1930 llevó a la incorporó en el año 1934 del Régimen de unificación de impuestos internos a través de la ley 12139, fue una solución legislativa frente a los problemas originados por el principio de concurrencia y exclusividad de las competencias tributarias de la Nación y de las Provincias. Este antecedente luego se transformo más adelante en el Sistema de Coparticipación Federal incorporado al texto constitucional en 1994.

El Federalismo Argentino nació a partir de las tensiones de las provincias con la formación y consolidación del Estado Federal. Los gobiernos de facto atentaron contra la República pero también contra el desarrollo del federalismo argentino favoreciendo el centralismo.

Para que tengamos un federalismo real es necesario que logremos economías regionales fuertes y sustentables, que permitan constituir fiscos provinciales fuertes, que contribuyan al cumplimiento y desarrollo de los gobiernos locales.