La personería jurídica de los metrodelegados quedó suspendida este miércoles luego de que la Corte Suprema de Justicia dejara firme el fallo que declaró su nulidad. El aval había sido otorgado en noviembre de 2015 por una resolución del entonces ministro de Trabajo, Carlos Tomada.
El fallo que anuló la personería gremial a la Asociación Gremial de Trabajadores del Subterráneo y Premetro (Agtsyp, "metrodelegados"), lleva la firma de los jueces de la Corte Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti.
La decisión se fundamenta en que no se había dado lugar a la defensa de la Unión Tranviarios Automotor (UTA), que era la única entidad sindical que tenía esa personería, consignó la agencia NA.
El sindicato había realizado ante el Ministerio de Trabajo un trámite administrativo para obtener la personería gremial, es decir, una resolución que lo reconociera como sindicato más representativo dentro de su sector y lo habilitara para negociar convenios colectivos.
Sin embargo, cuando el tramite avanzaba la UTA denunció que no se había cumplido debidamente con el procedimiento establecido en la ley 23.551 de asociaciones sindicales y no se le había dado la participación necesaria.
La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó que la cartera de Trabajo no había utilizado las medidas necesarias para dar intervención en el trámite a la UTA y permitirle producir pruebas, lo cual significó la "violación de su derecho de defensa".
Por ello el tribunal decidió dejar sin efecto el otorgamiento de la personería gremial aunque aclarando que lo resuelto no implica el final del caso, el cual debería ser decidido nuevamente por el Ministerio –al que le envió el expediente– una vez terminado el proceso en el que "se respeten las garantías de defensa en juicio y legalidad, especialmente para producir pruebas".
En tanto, la Corte desestimó la apelación de los "metrodelegados" por entender que el fallo de la Cámara que ordenó que se tramitara nuevamente el pedido de personería gremial no significa una decisión definitiva sobre la problemática.