SALUD
"Salir del closet"

Aborto: la red de médicos estatales que reinterpreta la Ley para facilitarlo

Es una organización, también integrada por otros profesionales, que promueve el derecho a decidir. Brindan asesoramiento psicológico y clínico.

Centros de Salud CABA 20191203
Centro de Salud de CABA | Cedoc Perfil

Eugenia, inmigrante peruana, cursaba las nueve semanas de embarazo, no tenía un trabajo seguro y estaba sola en Buenos Aires. Luego de varios debates internos y de consultas con su contexto más íntimo, decidió asistir a un centro de salud de la Ciudad de Buenos Aires para consultar sobre la posibilidad de abortar.

Después de ver a un médico y de realizarse todos los chequeos correspondientes, Eugenia accedió a una evaluación psicosocial de un profesional del mismo Centro de Salud que determinó que no estaba preparada para continuar dicho con la gestación. Luego, el médico le indicó 12 pastillas de Misoprostol vaginal, 4 cada 3 horas, que le provocó la interrupción del embarazo.

Eugenia accedió a un aborto seguro, legal y gratuito asistida por el Estado argentino habiendo sido evaluada previamente por el sistema de salud. Gracias a una organización de profesionales que trabajan en el ámbito público, este caso no es una excepción. La Red de Profesionales de la Salud por el derecho a decidir promueve una reinterpretación de la ley para transformar en no punibles abortos que otros considerarían ilegales. Y lo hacen desde el Estado. Este año, por ejemplo, sólo en la Ciudad de Buenos Aires se realizaron 3.577 abortos legales. 

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Estos médicos, psicólogos, enfermeros (y otros profesionales) son la contracara de quienes plantean la objeción de conciencia y se identifican con "las dos vidas". El aborto genera tensiones en el sistema de salud y la decisión del nuevo gobierno de impulsar otra vez la discusión reanimó enojos y peleas. Los profesionales trabajan, muchas veces, en un clima adverso, sobre todo en el interior del país, donde suele haber una postura aún más conservadora. 

El fallo F.A.L., que la Corte Suprema de Justicia emitió en 2012 sobre el artículo 86 del Código Penal, permite que cualquier persona pueda abortar habiendo probado previamente problemas de salud -entre los que figuran inconvenientes psicológicos o de integridad emocional- o dificultades económicas.

El lema de la Red es “Contas con nosotrxs”. En su sitio web advierten: Buscamos sacar del closet las prácticas que solíamos realizar en soledad y a sottovoce. Y poner sobre la mesa que nosotrxs acompañamos las interrupciones legales de embarazos en nuestro país”. Además, agrega: “Lxs trabajadorxs de la salud que conformamos la Red de Profesionales de la Salud por el Derecho a Decidir vamos a acompañar a todas las personas que decidan interrumpir sus embarazos, con la fortaleza de sabernos acompañadxs por un pueblo que ya decidió que el aborto tiene que ser legal, seguro y gratuito”.

Estos profesionales ofrecen asistencia a las personas que deciden abortar en hospitales, clínicas y centros de salud públicos de todo el país, aunque en algunas provincias es mucho más complejo, según los protocolos que cada estado federal aplica, ya que algunos de ellos no fueron publicados en el Boletín Oficial y eso deja grises en la interpretación de la ley. 

La Organización Mundial de la Salud dice: “La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades”. Este concepto más amplio deja abierto, dentro de la ley, el criterio profesional para decidir si el aborto debe realizarse o no. Es en este criterio en el que se basan muchos profesionales de la salud pública para acompañar la decisión de abortar a las personas con capacidad de gestar.

Pañuelos Verdes 20191203

“La diferencia entre los que integramos esta agrupación y otros profesionales de la salud es que nosotros militamos por la despenalización del aborto”, dice a PERFIL Clara Noceti, médica generalista e integrante de la Red. “Si una mujer decide abortar nosotros le brindamos el acompañamiento dentro de lo que la ley indica ya que el aborto voluntario aún es punible en nuestro país”, explica.

Además, trabajan en coordinación con otros espacios feministas que también brindan asesoramiento desde internet. Una de las páginas orienta a quienes quieren hacerse un aborto. Bajo el lema “No estás sola”, el sitio promueve: Si necesitás abortar en la ciudad de Buenos Aires contactate con algunas de estas organizaciones. Ahí aparecen los contactos de Línea Dora que, junto a Las Furias, forma parte de la Red Fuega, también están Las Socorristas en Red, La Mestiza, Nuevo Encuentro, La Berta Aconseja, La Hoguera y todos los Centros de Salud de CABA.

El objetivo es orientar a las personas a acceder legalmente a un aborto seguro y gratuito.

Por su parte la secretaría de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, ante la consulta de PERFIL, respondió con un breve comunicado: “Todas las prácticas de la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) en el sistema público de la Ciudad se realizan en el marco legal vigente por el artículo 86 del Código Penal de la Nación, por el fallo F.A.L. de la Corte Suprema de Justicia y por el Protocolo sobre interrupción legal del embarazo de la Ciudad de Buenos Aires”.

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En los primeros seis meses de 2019 se realizaron 3.577 abortos legales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). Si se toma esa cifra como base de todo el año, representa un aumento del 47% con respecto a 2018, cuando se produjeron 4.838 Interrupciones Legales del Embarazo (ILE) en CABA. Los datos surgen del último informe del Programa de Salud Sexual y Reproductiva del Ministerio de Salud de la Ciudad de Buenos Aires al que accedió el Equipo de Investigación de Perfil Educación.

Qué dice el F.A.L. de la Corte.

1. Que la Constitución y los tratados de derechos humanos no sólo no prohíben la realización de esta clase de abortos (los considerados no punibles) sino que, por el contrario, impiden castigarlos respecto de toda víctima de una violación en atención a los principios de igualdad, dignidad de las personas y de legalidad. De este modo, se puso fin a la incertidumbre relacionada con el alcance del artículo 86, inciso 2º, del Código Penal, en tanto algunas instancias judiciales han entendido que éste sólo se aplica respecto de la víctima de una violación que poseyera alguna discapacidad mental, criterio que llevaba a que la cuestión se judicializara a lo largo del país con resultados adversos y, en algunos casos, con riesgo a la realización del aborto o a la salud de la madre.

2. Que los médicos en ningún caso deben requerir autorización judicial para realizar esta clase de abortos, debiendo practicarlos requiriendo exclusivamente la declaración jurada de la víctima, o de su representante legal, en la que manifieste que el embarazo es la consecuencia de una violación.

3. Que los jueces tienen la obligación de garantizar derechos y su intervención no puede convertirse en un obstáculo para ejercerlos, por lo que deben abstenerse de judicializar el acceso a estas intervenciones, las que quedan exclusivamente reservadas a lo que decidan la paciente y su médico.

Más allá de lo que suceda en el Congreso con el proyecto de despenalización, hoy se puede acceder a un aborto seguro, legal y gratuito con la protección del Estado.