Economía•UN TRAMITE MENOS

AFIP eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler y aclaró cuándo deberá hacerse

La decisión que se plasmó en la Resolución General 5545/2024 se suma a otras derogaciones que definió la Administración Federal, y busca "reducir la carga administrativa y burocrática de los contribuyentes y responsables".

AFIP eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler y aclaró cuándo deberá hacerse
16-10-2026 | 03:18

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales; sin embargo, será necesaria su registración para acceder a beneficios fiscales.

La decisión plasmada en la Resolución General 5545/2024, se suma a otros trámites derogados por la Administración como el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), o las resoluciones generales que obligaban a productores agropecuarios a presentar cinco declaraciones juradas al año con su cosecha, entre otras.

La medida tiene por objetivo reducir "la carga administrativa y burocrática de los contribuyentes y responsables", tal como expresó el organismo en una comunicación oficial.

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Sobre la RG 5545/2024 vale decir que suprimió el requisito de informar todas las operaciones concertadas entre locadores y locatarios ante el “Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)”, en virtud del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023, que derogó la ley N.º 27.551 de Alquileres.

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Al mismo tiempo, la nueva resolución de AFIP establece que los contribuyentes que quieran gozar de los beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, sobre los Bienes Personales y a las Ganancias -contemplados en la ley 27.737- deberán declarar sus contratos de alquiler en el servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI” de la web del organismo con clave fiscal, antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a su celebración, según el caso.

Alquiler
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En línea con dicha medida y con el objetivo de disminuir la carga administrativa de los contribuyentes, por medio de la Resolución General Nro. 5547/2024, con relación al impuesto a las ganancias, se dispuso la eliminación de la obligación por parte del empleado en relación de dependencia de adjuntar -en el servicio SiRADIG- una copia del contrato de alquiler del inmueble con destino a casa habitación.

Vale recordar que este requisito resultaba necesario para tener acceso a las deducciones del 40% y del 10%, respectivamente, de las sumas pagadas por este alquiler.

Otros trámites derogados por la AFIP

Desde el organismo de recaudación explicaron que esta simplificación en las operaciones inmobiliarias se suma a la derogación del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), el documento que debía emitirse al vender un automotor o motovehículo usado y radicado en el país.

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Además, en lo que va de la actual gestión, el organismo derogó las resoluciones generales que obligaban a productores agropecuarios a presentar cinco declaraciones juradas al año con su cosecha, y, en el mismo sentido, derogó el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) para autorizar importaciones, con el objetivo de facilitar el comercio exterior.

lr

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