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Con el coronavirus como argumento, Casación otorgó domiciliaria al represor Lucio Nast

En fallo dividido, el máximo tribunal penal le concedió el beneficio al ex miembro de la inteligencia policial de Rosario, que fue condenado por secuestros, torturas y homicidios. ¿Efecto dominó?

Lucio Nast, represor
El represor Lucio Nast tiene 66 años y fue condenado a perpetua. | Twitter: @HIJOSRosario

Un fallo dividido de la Cámara Federal de Casación Penal, que otorgó la prisión domiciliaria a un represor con el coronavirus como argumento, generó el repudio de organismos de derechos humanos y la preocupación en algunos sectores del Poder Judicial que ven en este escrito la puerta abierta para la salida de la cárcel de otros represores.

“Es otro 2 por 1”, graficó un juez federal en diálogo con PERFIL en alusión al controvertido fallo de la Corte Suprema que declaró aplicable el criterio de conmutación de pena para casos de lesa humanidad en 2017 y luego tuvo que desdecirse. Es que en ese caso (Muiños) y en este, hacen referencia, además, a la cantidad de pena que lleva cumplida el condenado, lo que puede ser visto, como entonces pasó, como una conmutación encubierta de la pena.

En este caso, el beneficiado es el represor Lucio Nast, ex miembro del Servicio de Informaciones de la Policía de Rosario, condenado por graves delitos de lesa humanidad, como privación ilegal de la libertad, torturas y homicidios. 

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Los camaristas Carlos Mahiques y Gustavo Yacobitti le otorgaron la prisión domiciliaria con el argumento de que sus patologías previas lo hacen un paciente de riesgo ante la expansión del COVID-19 en Argentina. 

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La defensa de Nast argumentó ante Casación que el represor tiene antecedente de neumonía con lesión pulmonar lo que afecta su capacidad respiratoria. En este cuadro, y en otras patologías del condenado, se basaron Mahiques y Yacobitti para darle la prisión domiciliaria.

En cambio, el camarista Alejandro Slokar rechazó el beneficio. En su disidencia, el juez sostuvo que las indicaciones internacionales dadas por la CIDH establecen la necesidad de revisar cada caso (cuando se trata de presos) y con mayor cuidado los de aquellos que cometieron delitos graves.

Slokar remarcó que Nast está en una celda individual, con ventilación natural e iluminación, y que solo comparte pabellón con siete personas “manteniendo la distancia recomendada por la OMS”. El camarista añadió que cabe aplicar el criterio de proporcionalidad del delito cometido para otorgar un beneficio como la domiciliaria y que en este caso se trata de delitos de lesa humanidad. 

Para el magistrado, debió haberse contemplado mantener los cuidados sanitarios necesarios dentro de la Unidad 31 en la que Nast está alojado. Dicha cárcel tiene solo la mitad de sus instalaciones ocupadas. 

La agrupación HIJOS repudió la domiciliaria para Nast. “Repudiamos la domiciliaria para Lucio César ‘el Ronco Nast, torturador del ex Servicio de Informaciones de la Policía de Rosario. El único lugar para un genocida es la cárcel". El dilema es que ahora, Casación también debe resolver sobre casos emblemáticos de represores como Alfredo Astiz y el Tigre Acosta, porque cayeron en el tribunal pedidos de domiciliaria de represores de la ESMA y de Campo de Mayo.

El fallo de Casación sobre Lucio Nast: