Corte de Colombia avala gran parte de reforma pensional de Petro
Los legisladores deberán reconsiderar las reglas de inversión de los fondos de pensiones, las comisiones cobradas por los administradores de activos y la gestión del banco central de un fondo destinado a financiar futuros pagos de pensiones.
La Corte Constitucional de Colombia avaló la mayor parte de una amplia reforma pensional, pero devolvió disposiciones clave al Congreso para una nueva votación, lo que podría dar al nuevo gobierno margen para restablecer un papel más amplio de las administradoras privadas de pensiones.
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Los legisladores deberán reconsiderar las reglas de inversión de los fondos de pensiones, las comisiones cobradas por los administradores de activos y la gestión del banco central de un fondo destinado a financiar futuros pagos de pensiones.
El expresidente Gustavo Petro, de izquierda y cuyo mandato terminó este mes, presentó la reforma para ampliar el papel del Estado en las pensiones y poner fin a la competencia entre los sistemas público y privado. La decisión de la Corte deja intacta la mayor parte de su reforma, pero podría permitir que el nuevo gobierno amplíe la participación del sector privado, en línea con su agenda favorable al mercado.
La ley estuvo en un limbo jurídico durante dos años mientras la Corte analizaba si el Congreso había infringido las normas de procedimiento al aprobarla. La Corte dijo el martes que la Cámara Baja había corregido la mayoría de las deficiencias identificadas en un fallo anterior, pero que varias disposiciones y modificaciones todavía no habían sido tramitadas correctamente.
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La reforma de Petro también amplió los subsidios para los colombianos de edad avanzada que viven en la pobreza y creó un sistema destinado a brindar apoyo estatal a las personas de bajos ingresos, al tiempo que permite a quienes tienen mayores ingresos aportar dinero a fondos administrados por gestores privados.
El presidente Abelardo de la Espriella, quien asumió el cargo este mes, ha dicho que su gobierno protegerá los activos pensionales para que ninguna administración pueda disponer de los ahorros de los trabajadores, al tiempo que dará a los colombianos la libertad de elegir entre los sistemas público y privado de pensiones.
GZ
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