LEY DE BRASIL

La abogada de Agostina Páez y el abogado del argentino acusado de racismo opinaron del caso

Mientras la defensa de Eduardo Murias sostiene que "el delito de racismo exige una expresión exterior y no privada", la abogada experta Carla Junqueira advirtió que la justicia brasileña ya tiene jurisprudencia en contra: "Aunque sea en un chat privado, si la víctima toma conocimiento, se configura el delito".

Ciro Chagas y Carla Junqueira Foto: Collage

Sobre la detención del arquitecto argentino Eduardo Ignacio Murias en Brasil, su abogado defensor, Ciro Chagas, ratificó su estrategia basada en el principio de legalidad al asegurar que "técnicamente, existe una inviabilidad completa de lo que dije sobre su opinión en chat privado", argumentando que el delito investigado "exige una expresión exterior y no privada". Sin embargo, la abogada experta en Derecho Internacional, Carla Junqueira, se diferenció de esta postura. "Ya hay jurisprudencia en Brasil de que mensaje con contenido racista enviado a un tercero, aunque sea en un chat privado, si la víctima llega a tomar conocimiento posterior, ya está individualizada la conducta y, por lo tanto, se configura en un delito penal", expresó en Modo Fontevecchia, por Net TV y Radio Perfil (AM 1190).

Ciro Chagas es abogado defensor de Eduardo Ignacio Murias, el arquitecto argentino de 63 años detenido bajo prisión preventiva en Brasil tras ser acusado de injuria racial y comentarios racistas contra un niño de 7 años. El hecho ocurrió en un tren turístico en el estado de Minas Gerais.

Me gustaría primero que nos hiciera una síntesis de la situación de lo que pasó con su defendido en Brasil.

Lo que pasa es que Eduardo estaba en vacaciones acá en Minas Gerais, en una pequeña ciudad llamada Tiradentes, dentro de un coche. Y una persona decía ser madre de un chico que le había sacado una foto. Y después de eso, todo se pasó a una gran confusión. Estamos acá enfrentando una investigación por actos de racismo. Eduardo está detenido desde el domingo. Y ahora estamos con un pedido de revocación de prisión.

No sé cuán al tanto usted está de otro caso de una turista argentina de hace un par de meses que fue filmada haciendo gestos racistas. No sé si este caso de su defendido de alguna manera se suma o genera alguna relación con el anterior, como diciendo que los argentinos en particular repiten actitudes racistas, o es común en Brasil con turistas de otros países que suceda lo mismo.

Lo primero es que yo conozco este caso, pero son cosas completamente diferentes, porque en aquel caso supuestamente habría faltas en público direccionadas a la víctima. Lo que pasa en este caso, Eduardo tenía una conversación particular en el chat privado. En derecho, acá no estamos decidiendo las cosas por la evaluación moral; estamos decidiendo lo que es el derecho. El derecho pasa en un principio llamado principio de la legalidad, en el que tenemos que seguir claramente lo que dice la ley.

Como abogado, acá estoy defendiendo a mi cliente de una acusación, de que el puede hablar en chat privado sobre lo que quiere. Entonces, eso es una cuestión que es diferente de moral y de derecho. El delito que está siendo investigado acá, llamado como dicen delito de racismo, este delito exige una expresión exterior y no privada.

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Lo que usted dice es que el hecho de que sea en un chat privado no plantea entonces algo de ofensa racista a terceros. ¿Ese sería el punto?

Exactamente. Técnicamente, si usted está hablando en chat privado, allá está en un ambiente cerrado de intimidad y privacidad. Acá, yo no estoy acá para opinar en cuestiones morales, si está correcto el contenido, si está errado o no; pero, técnicamente, existe una inviabilidad completa de lo que dije sobre su opinión en chat privado.

Y el hecho de sacarle fotografías o filmar al menor...

Esa no es la imputación.  La imputación no se trata de sacar fotos de menores. La imputación es sobre racismo.

¿Cuál podría ser el cargo de alguien que le saca fotos o fotografía a otra persona? Violación de la intimidad. Supongo que en lugares públicos no existe ningún delito en fotografiar o grabar a otra persona.

Tampoco es un delito en Brasil. Puede ser también un problema civil de derecho de imagen, de reparación civil. Pero acá estamos hablando de crímenes. Y para decir si una conducta es reprobada penalmente o no, nos necesitamos en buscar la ley. La ley no trata de eso como una cuestión penal.

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Carla Junqueira es abogada experta en Derecho Internacional y de Género. Formó parte del equipo legal en Brasil en el juicio contra el actor Juan Darthés, el cual concluyó en una condena para el actor en segunda instancia. Además, asumió la defensa de la joven argentina Agostina Páez, imputada por presunta injuria racial en territorio brasileño. 

No sé si tuvo oportunidad de escuchar la conversación que mantuvimos con el abogado representante del argentino acusado por el delito de manifestaciones racistas y me gustaría su evaluación, dada la experiencia que tiene de haber defendido a Agostina Páez.

Sí, escuché parcialmente la entrevista y tengo una apreciación distinta del caso de la defensa formulada por el abogado. Mi apreciación es que la configuración del delito de injuria racial, ahora equiparada al racismo, no exige en el tipo penal que el mensaje, la injuria, sea dirigida de forma directa a la víctima. Esa no es una exigencia del tipo penal.

Ya hay jurisprudencia en Brasil de que mensaje con contenido racista enviado a un tercero, aunque sea en un chat privado, si la víctima llega a tomar conocimiento posterior, ya está individualizada la conducta y, por lo tanto, se configura en un delito penal. Así que yo veo de forma distinta a la defensa del abogado.

Creo que el abogado está haciendo su trabajo de buscando líneas de defensa. Esa es una línea que puede llegar a argumentar; no creo que vaya a prosperar. Pero yo no veo que el juez vaya simplemente a absolverlo del delito por falta de información. Esa es la línea de configuración del delito. Yo iría por otra línea que tratar de descaracterizar el dolo.

El dolo de dañar a la víctima, iría por una culpa más que un dolo, por haber sido imprudente de sacarle fotos a un menor dentro de un tren, llamando la atención de otros que hicieron con que la injuria se hiciera pública. Claramente, el abogado en su trabajo de defensor va a buscar todas las líneas posibles de defensa. También puede ir por un eventual delito de la prueba de celular porque, por la cadena de custodia que estuvo en manos de la madre de la víctima antes de estar en manos de la policía, en fin.

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Hay líneas de defensa, pero en mi avaliación creo que hay un delito, hay una materialidad, hay una otoría, hay una presión infladente y va a haber que algún cual Forever, tipo de cumplimiento de pena. Yo iría más por ablandar la pena en vez de tratar de descaracterizar el delito.

¿Cuál es el estado actual de la causa de Agostina Páez?

Agostina ahora está esperando el fallo en su provincia. Nosotros logramos revocar todas las cautelares que restringían su libertad, así que ahora responde en libertad. Sigue respondiendo el proceso y estamos esperando el fallo definitivo en primera instancia porque el proceso se atrasó mucho cuando se presentaron las querellas, que se presentaron después de la fase de instrucción probatoria, y estamos discutiendo justamente la preclusión del plazo para presentar nuevos problemas.

Nos sorprende como argentinos la repetición de hechos de este tipo en Brasil, más aún incluso creo que de la misma provincia del noroeste argentino, en Santiago del Estero. ¿Existe una mayor tendencia a los argentinos a tener problemas con manifestaciones racistas en Brasil que a otros turistas extranjeros en ese país? Y en ese caso, ¿a qué usted lo atribuye?

En parte, estoy de acuerdo que no es una cuestión de nacionalidad. El racismo ocurre también entre brasileños y ocurre también con otros extranjeros en nuestro país. Dicho esto, más allá del número de casos, lo que está pasando ahora es un rigor de la legislación brasileña después de 2023, que es una legislación con este carácter pedagógico de combate antirracismo. Pero también creo que en Chile y en Argentina, sí hay, una campaña de tratar de intentar de convencer la sociedad que no existen negros argentinos y no existen negros chilenos, cuando la verdad no es así.

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Entonces, creo que un poco de esto en Argentina, en Chile, sí hubo, y lo que hace que se naturalice más una injuria de que en Brasil. Entonces, no diría que es una cuestión de nacionalidad; yo diría que hay un poco de relativización de la injuria en algunos países de América Latina que trataron de silenciar la voz negra.

Intuyo también que por un tema de nivel socioeconómico hay más turistas en Brasil de Chile y de Argentina que probablemente de otros países. Y al mismo tiempo está la rivalidad futbolística. ¿Hasta qué punto la rivalidad futbolística contribuye a trasladar los insultos en un estadio deportivo a la vida social cotidiana?

Sin duda. Hay un reflejo de esta rivalidad que puede llegar a abrir alguna grieta cuando pasa un caso así. Pero fuera de las canchas, los argentinos son en general muy acogedores, muy simpáticos con los brasileños y viceversa. Hay mucho cariño de una nacionalidad a otra, de una sociedad a otra fuera de las canchas. Pero cuando pasa un caso así, un poco de la grieta futbolística que reverbera en la sociedad, en la popularidad, se puede ver como dejando la civilization.

Volviendo al caso de otro argentino defendido por el abogado que recién entrevistamos: su prospectiva es que ¿va a pasar varios meses en la cárcel, como pasó Agustina Páez, antes de volver a la Argentina?

Creo que sí. No necesariamente en la cárcel. La abogada podría atentar y ablandar la preventiva con algún otro tipo de restricción de libertad alternativa, como por ejemplo una prisión domiciliar, una tobillera; pero creo que algún tiempo sí va a tener que pasar en Brasil. No veo mucha salida. Puede estar equivocada, eso depende mucho de cada juez, pero en mi percepción ahora yo lo veo un poco complicado.

Usted también fue la abogada de Thelma Fardin en su causa por abuso contra Juan Darthés. Juan Darthés, finalmente, ¿tiene que ir a la cárcel? ¿Cómo interpreta el futuro de Juan Darthés?

Como su condena es superior a tres años, no puede simplemente cumplir afuera del régimen establecido en el centro, en el fallo, que es un régimen semiabierto. O sea, poder trabajar durante el día y pasar la noche y los finales de semana en el penal. Lo que lo está haciendo la defensa es procrastinar el proceso, patear que para cada vez tomar más tiempo y para que no cumpla pena efectivamente, tratando de encontrar la prescripción del cumplimiento de pena.

Pero nosotros hicimos todos los cálculos y, aunque ellos intenten procrastinar en la ejecución de la sentencia, no nos vamos a llegar en la prescripción y efectivamente va a cumplir pena. No necesariamente los seis años; puede iniciar el cumplimiento y, de los años, por buena conducta y por no tener antecedentes penales, le pueden pedir que se aplique un otro régimen más blando.

RM