Caso YPF: la jueza de Nueva York suspendió la orden de investigar activos argentinos embargables
Es una buena noticia para la petrolera de bandera, pero aún se mantiene el discovery sobre otros activos argentinos.
La jueza federal de Nueva York, Loretta Preska, suspendió la orden que ella misma había dictado para localizar bienes embargables de YPF en el marco de su sentencia a favor de Buford Capital en una extralimitada interpretación de la expropiación de la petrolera.
“La jueza Preska concede la petición de YPF y ordena suspender transitoriamente el discovery de información con el que los demandantes pretenden encontrar algo que les permita, eventualmente, plantear que YPF es un alter ego del Estado nacional”, explicó el abogado y director de la Fundación de Investigaciones para el Desarrollo, Sebastián Soler, en X.
El letrado además señaló que la suspensión se mantendrá durante varios meses, hasta que la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York resuelva la apelación del fallo con el que Preska condenó a Argentina y favoreció a los fondos Petersen y Eton Park, que vendieron su derecho a litigar a Buford Capital Limited.
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“Esta apelación debería tramitar de manera 'expeditiva', pero, porque la apelación involucra un tema importante y poco tratado por la Cámara (implicancias para esta clase de discovery de la inmunidad de jurisdicción de empresas estatales bajo la Ley de Inmunidad Soberana de Estados Unidos), por 'expeditiva' significa, de mínima, muchos meses”, indicó Soler.
De la misma manera, el director de Latam Advisors, Sebastián Maril sostuvo ante la decisión de la jueza neoyorkina: “Regalo navideño para YPF. La jueza Loretta Preska accede al pedido de la petrolera de suspender el discovery del Alter Ego (busca de activos para ser embargados), mientras apela la decisión de la misma jueza, quien permitió dicho discovery e impidió a YPF una defensa, ya que considera que el Estado lo está haciendo en su lugar. Esta orden no aplica al discovery contra otros activos soberanos que continúa vigente”.
Argentina fue condenada en primera instancia por la jueza Loretta Preska en 2023 a pagar $16.100 millones de dólares a favor de Buford Capital por la expropiación de la petrolera en 2012, durante la gestión de Cristina Fernández de Kirchner. La sentencia aún no está firme, el Estado argentino apeló por lo que aún falta la resolución de la Cámara de Apelaciones de Nueva York.
El juicio de YPF en Nueva York
El juicio se inició en 2015, cuando Petersen, propiedad de la familia Eskenazi, que tenía el 25% de las acciones de YPF, y Eton Park, que poseía sólo el 3%, vendieron el derecho a litigar a Buford Capital, que finalmente interpone la demanda en Nueva York contra el Estado y la petrolera.
La defensa argentina desde un primer momento cuestionó la jurisdicción del juicio, pidiendo la declaración de incompetencia de Preska. Por un lado, el estatuto de YPF en ningún lado establece la resolución de sus conflictos en el extranjero y, por otro, el caso excede lo comercial sino que la expropiación fue un acto soberano. Además, solicitó la aplicación de la doctrina del “foro no conveniente” por la que, en caso de que un juez estadounidense sea competente, debe evitar tramitar una demanda si existen tribunales en otro país más apropiados para resolverlas como en este caso.
A pesar de esos fundamentos a favor de Argentina, Preska decidió avanzar con la causa. La jueza reconoció que la expropiación era un acto soberano pero prefirió ponderar el estatuto de YPF por sobre la ley y la Constitución argentina para habilitar su accionar en el caso, lo que es contrario al derecho local.
Es importante recordar que ni Peterson ni Eton Park fueron expropiadas. La expropiación se realizó sobre el 51% de las acciones de YPF que estaban en manos de Repsol. El mecanismo por el que se realizó cumplió con todos los requisitos de la Constitución: fue autorizada por el Congreso a través de la Ley 26.932, se indemnizó a Repsol y se justificó la utilidad pública.
Sin embargo, de manera extralimitada, Preska consideró que Argentina incumplió el estatuto de YPF al no haberle ofrecido a Peterson y Eton Park comprarle sus acciones. Cabe recordar que, para blindar la privatización, el menemismo incorporó una cláusula en el estatuto de la petrolera en el que sostenía que si el Estado adquiría más del 49% del capital debía también ofrecerle al resto de los accionistas comprarles sus tenencias. Con ese argumento y con el hecho de que Peterson cotizaba en Wall Street, Preska resolvió que le competía decidir en el caso por tratarse de una supuesta cuestión comercial y condenó a Argentina a indemnizar a esas sociedades.
Resta esperar que la Cámara resuelva. En su apelación presentada en 2024, la defensa argentina volvió a señalar los errores de Preska.
LM/ML