Qué cambia para propietarios e inquilinos

Cómo sería el nuevo proceso exprés de desalojo tras la aprobación de la ley de propiedad privada

El objetivo es agilizar la devolución de viviendas, campos y terrenos ocupados de manera ilegal.

Desalojos en CABA Foto: CEDOC

El proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que acaba de aprobar el Senado, incorpora un nuevo régimen de desalojos exprés para agilizar la devolución de viviendas, campos y terrenos ocupados ilegalmente.

Desalojo en Constitución

Si la propuesta es aprobada en Diputados y se convierte en ley, esto significará importantes cambios que pueden resumirse de la siguiente manera, según la Agencia Noticias Argentinas (NA):

- Se implementará el desalojo exprés cuando se trate de inmuebles que hayan sido o tengan tenedores precarios.

- El juez podrá ordenar la entrega inmediata del inmueble si “el derecho invocado fuese verosímil y previa caución juratoria”.

- El juez podrá intimar, dentro de las 72 horas, la restitución del inmueble si así lo exige el propietario del mismo, que deberá probar, a través de los documentos correspondientes, que es el dueño de esa vivienda, terreno o campo.

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- Los propietarios podrán intimar a los inquilinos que les adeuden el pago de sus contratos, pero deberán otorgarles un plazo de, al menos, 10 días corridos, para ponerse al día, días que se contarán desde que reciben la notificación correspondiente.

- La notificación se hará en el domicilio denunciado en el contrato o por correo electrónico (email) y deberá indicar el sitio preciso del pago.

- Si continúa el incumplimiento del inquilino, el propietario podrá comenzar la acción de desalojo que se realizará en un plazo de 10 días hábiles.

- El propietario no puede, de ninguna manera, negarse a recibir las llaves ni poner condiciones específicas para aceptarlas, pero puede dejar registrado por escrito que hay deudas pendientes para realizar un reclamo posteriormente.

- Si hay menores o adultos en situación de desamparo, el juez tendrá que hacer que intervengan los organismos de protección locales y al Ministerio Público Tutelar.

Desalojo casa tomada en Belgrano 

 

Qué dijo Claudio Vodanovich, secretario de la Fundación de Estudios para Desarrollos Inmobiliarios, sobre el “desalojo exprés” que impulsa el Gobierno

Entrevistado por Canal E, a mediados de julio, Claudio Vodanovich, secretario de la Fundación de Estudios para Desarrollos Inmobiliarios, habló sobre los alcances de la iniciativa, remarcando que esta norma busca acabar con el extenso proceso de desalojo que hoy enfrentan los propietarios que son víctimas de usurpaciones o de inquilinos que no cumplen sus obligaciones.

Según el especialista, el mecanismo que propone el proyecto es muy simple: en un primer tramo, de uno a tres días, el propietario tendrá que acreditar la titularidad del inmueble mediante un título de propiedad o boleto de compraventa con firmas certificadas; a continuación, el juez tendrá de entre cuatro y ocho días para notificar a la parte ocupante.

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Si entre el noveno y el día quince los ocupantes no presentan documentación que acredite una ocupación legítima, la Justicia podrá avanzar, ordenando el desalojo entre el día 16 y el día 20. “Este es básicamente lo que se está planteando hoy en el Congreso”, sintetizó Vodanovich.