Formosa: una jueza ordenó la libre circulación
Belén López Macé ordenó a través de un fallo el levantamiento de la Fase 1 y en consecuencia que se permitiera la libre circulación en la provincia
La jueza federal de Formosa María Belen López Mace ordenó hoy la libre circulación de los aislados por el gobierno de Gildo Insfrán que cuenten con estudio de PCR negativo de coronavirus.
"Requerir a la Provincia de Formosa y/o Consejo de Atención Integral de la Emergencia COVID-19, que en un plazo de 72 horas proceda a dictar y/o adecuar su protocolo de ingreso al territorio provincial garantizando la libre circulación interjurisdiccional conforme los parámetros establecidos en el DNU Nº 168/21", dispuso la jueza.
En el habeas corpus colectivo presentado por los senadores, Luis Naidenof y Martín Hernández se solicitó a la Justicia que “libere y reestablezca la libertad ambulatoria de todas las personas que se encuentran aisladas por haber ingresado a la provincia y cuentan con PCR negativo en cumplimiento a la norma federal DNU 168/21 (y que) se abstenga de aislar a las personas que ingresen al territorio provincial y no sean casos positivos de COVID-19, sospechoso y/o contactos estrechos conforme lo establece la autoridad Nacional, conforme DNU 260/20 DNU 125/21 Y DNU 168/21″.
El gobernador Gildo Insfrán había tomado la decisión de retomar la fase más restrictiva del aislamiento luego de que se detectaran 17 casos positivos en la ciudad capital, una medida que provocó la primera manifestación masiva contra el mandatario en 25 años
En el habeas corpus colectivo presentado por los legisladores, se solicitó a la Justicia que “libere y reestablezca la libertad ambulatoria de todas las personas que se encuentran aisladas por haber ingresado a la provincia y cuentan con PCR negativo en cumplimiento a la norma federal DNU 168/21 (y que) se abstenga de aislar a las personas que ingresen al territorio provincial y no sean casos positivos de COVID-19, sospechoso y/o contactos estrechos conforme lo establece la autoridad Nacional, conforme DNU 260/20 DNU 125/21 Y DNU 168/21″.
Qué resolvió la jueza federal
1°) Hacer lugar parcialmente al habeas corpus colectivo, conforme los argumentos expuestos en el considerando.
2º) Requerir a la Provincia de Formosa y/o Consejo de Atención Integral de la Emergencia COVID-19, que en un plazo de 72 horas proceda a dictar y/o adecuar su protocolo de ingreso al territorio provincial garantizando la libre circulación interjurisdiccional conforme los parámetros establecidos en el DNU Nº 168/21, en razón de los fundamentos desarrollados.
3º) Hacer saber a la Provincia de Formosa y/o Consejo de Atención Integral de la Emergencia COVID-19, que en un plazo de #35359843#283638130#20210319074439475 72 horas deberá verificar en el colectivo de personas que se encuentran cumpliendo el aislamiento con motivo de su ingreso a la provincia de los supuestos del art. 3º DNU 168/21 en los términos expuestos en la presente resolución, caso contrario deberá hacer cesar el aislamiento.
4º) Disponer que la Provincia de Formosa y/o Consejo de Atención Integral de la Emergencia COVID-19, arbitre los medios necesarios para que la ciudadana Emilse Erico, DNI Nº 5.793.199, quien se encuentra cumpliendo aislamiento domiciliario, pueda recibir la vacuna el día sábado conforme el calendario de vacunación a adultos mayores residentes en la ciudad de Formosa. Regístrese. Notifíquese.
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