Inocencia Fiscal: que dice la ley y los nuevos montos para evasión simple y agravada
El proyecto busca, por enésima vez, el blanqueo de 'dólares del colchón", y significó para el Gobierno una cómoda aprobación (43 votos a favor y 26 en contra). Los cambios en Ganancias que fija la norma. Video.
El segundo tema que tenía el Senado en su agenda de este viernes 26 de diciembre era la llamada Ley de Inocencia Fiscal, un proyecto del Poder Ejecutivo que apunta a buscar que se blanqueen, por enésima vez, "los dólares en el colchón", premisa que ya tuvo numerosos capítulos anteriores sin éxito, incluso del propio gobierno de Javier Milei. Esta vez la norma en cuestión se aprobó con 43 votos a favor y 26 en contra.
El proyecto introduce modificaciones al Régimen Penal Tributario (Ley 24.769); a los Procedimientos Fiscales (Ley 11.683) y al Código Civil y Comercial de la Nación; así como también, un Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
Además se crea un “Régimen simplificado de Ganancias” por el cual, de acuerdo al Gobierno, los contribuyentes que adhieran quedarán “blindados para siempre”.
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El nuevo proyecto impone un tope patrimonial de hasta 10.000 millones de pesos para poder adherir, al tiempo que garantiza a los contribuyentes no informar sobre sus variaciones patrimoniales, y desde el Gobierno se promete que tampoco se controlarán los consumos que quienes adhieran hayan realizado.
Así ARCA sólo cobrará el impuesto a las Ganancias por los ingresos que hayan facturado, independientemente del eventual crecimiento patrimonial (que no será controlado) y de esa base se deducirán los consumos. El artículo 39 del proyecto "establece el efecto liberatorio del pago, si se acepta el contenido de la declaración jurada propuesta por ARCA y se realiza el pago en término; excepto que se hayan omitido ingresos".
Los nuevos montos de evasión
El proyecto de Inocencia Fiscal aumenta los montos para que se considere que una persona cometió el delito evasión simple, que pasar de $1.500.000 a $100.000.000.
En tanto, para que la conducta a investigar se considere “evasión agravada”, el piso tiene que superar los 1.000 millones de pesos (antes era de 15 millones).
Por otra parte, se reduce el plazo de prescripción de las obligaciones tributarias de cinco a tres años. ARCA no iniciará acciones penales siempre y cuando se cancelen las deudas y sus respectivos intereses, aunque este beneficio correrá una sola vez por contribuyente.
Si la denuncia no estuviera aún radicada, quedará extinguida en caso de que el contribuyente cancele esas obligaciones pagando un adicional del 50% dentro de los 30 días hábiles desde la notificación de la imputación. Si bien la norma apunta a un relajamiento de los controles fiscales, aumentarán los montos de las sanciones económicas por presentar declaraciones juradas fuera de término.
NA/HB
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