La Ciudad de Buenos Aires prohibirá el vapeo en todos los espacios cerrados, como el cigarrillo común
La Legislatura porteña debate este jueves un proyecto impulsado por Graciela Ocaña para dar marco normativo a la venta de cigarrillos electrónicos y vapeadores, pero vedando su uso en edificios públicos, transporte y restaurantes.
Este jueves 18 de junio, un grupo de legisladores de la Ciudad de Buenos Aires busca convertir en ley el proyecto de “Regulación de productos emergentes de tabaco y/o nicotina” en la Legislatura porteña. La medida replica a nivel metropolitano la resolución nacional 549/2026 vigente desde hace un mes, pero con la centralidad de prohibir explícitamente el "vapeo" en cualquier espacio cerrado de acceso público, ya sea de órbita estatal o privada.
La iniciativa, impulsada por la legisladora Graciela Ocaña (Confianza Pública) junto a sus pares María Sol Méndez y Sebastián Nagata, apunta a sacar de la prohibición absoluta que regía hasta ahora a los cigarrillos electrónicos, vapeadores, productos de tabaco calentado y bolsas de nicotina, otorgándoles un marco normativo para su distribución, comercialización y consumo exclusivo para mayores de 18 años dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Los impulsores de la norma aseguran contar con los votos necesarios para su aprobación por el motivo fundamental de actualizar una legislación local que había quedado desfasada frente al nuevo escenario regulatorio federal, buscando controlar un mercado en expansión y establecer un régimen claro de prevención y sanciones.
Preocupación: el vapeo ya es la tercera sustancia más consumida por los adolescentes en el país
Los vapeadores, prohibidos en espacios públicos
El proyecto establece que el régimen sancionatorio se regirá bajo las leyes porteñas 451 y 1799. Esta última, de control del tabaco sancionada en 2005, es la que prohíbe fumar en lugares cerrados públicos y privados, alcance que ahora absorberá formalmente a los dispositivos electrónicos.
De esta forma, no se podrá vapear en medios de transporte público, estaciones de subte, establecimientos educativos, centros de salud, restaurantes, bares, cines, teatros ni centros culturales. Ocaña destacó la importancia de una ley propia y adelantó que se discute incluir en el texto un impacto fiscal del 6% en Ingresos Brutos, equiparando el tratamiento impositivo de estos productos emergentes con el del cigarrillo convencional.
Con la nueva regulación, los vapeadores se enfrentarán a las mismas sanciones y límites que el cigarrillo común en locales comerciales y oficinas.
Regulación comercial y campañas obligatorias de prevención en escuelas
El texto del proyecto de ley consta de nueve capítulos sintetizados en ocho páginas, y estipula un plazo de 180 días para que el Poder Ejecutivo porteño, liderado por Jorge Macri, proceda a su reglamentación. A diferencia del marco normativo del Ministerio de Salud de la Nación —conducido por Mario Lugones—, que hace foco estricto en los ingredientes técnicos de comercialización permitiendo únicamente el sabor "tabaco" (y "menta" solo para los pouches o bolsas de nicotina), la propuesta de la Legislatura de la Ciudad pone un énfasis particular en las medidas de prevención y concientización pública.
Bajo la futura órbita de aplicación del Ministerio de Salud de la Ciudad, a cargo de Fernán Quirós, el capítulo V del documento obliga a diseñar estrategias específicas de prevención en el ámbito escolar y de protección materno-infantil. El proyecto es taxativo y deja asentado que las autoridades porteñas deberán realizar, como mínimo, una campaña anual de información pública basada en evidencia científica. El propósito de estas campañas obligatorias será advertir a la población sobre los riesgos asociados al consumo y la adicción de estos productos, detallando los daños potenciales que producen a nivel respiratorio y cardiovascular, un punto que se encontraba diluido en la normativa de desregulación federal.
Alerta de las sociedades médicas por el impacto en la salud de jóvenes y fumadores pasivos
La flexibilización de la venta de estos dispositivos electrónicos encendió alarmas inmediatas en la comunidad científica. Distintas sociedades médicas del país alzaron su voz en contra de la liberalización comercial y exigieron de manera formal audiencias ante las carteras de Salud en defensa del principio precautorio. La doctora Cristina Borrajo, médica neumonóloga experta en tabaquismo y ex presidenta de la Asociación Argentina de Medicina Respiratoria (AAMR), advirtió que la nicotina de estos elementos genera una fuerte dependencia, perjudica el desarrollo cerebral de los adolescentes, incrementa riesgos cardiovasculares y provoca toxicidad fetal durante el embarazo.
Las críticas médicas también derriban el mito del uso seguro en espacios cerrados para quienes rodean al consumidor. Borrajo enfatizó que lo expulsado por los dispositivos no es vapor de agua inofensivo, sino un aerosol cargado de partículas tóxicas microscópicas que permanecen suspendidas en el aire durante mucho tiempo antes de asentarse, afectando de manera directa a los fumadores pasivos.
Asimismo, los especialistas manifestaron su honda preocupación por el fenómeno en la pediatría local, donde se registra el inicio de consumo de vapeadores y bolsas de nicotina —prohibidas en casi toda Europa— en menores desde los 14 años, advirtiendo que los estudios demuestran que un alto porcentaje de los jóvenes que debutan con cigarrillos electrónicos terminan migrando hacia el tabaco convencional en un plazo de 12 a 18 meses.
MEG/LT
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