El homicidio del poeta y guerrillero salvadoreño del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) Roque Dalton, ejecutado el 10 de mayo de 1975 “por personas del propio ERP”, ha sido admitido a tramite por el órgano competente de la OEA. Los tribunales de su país desecharon considerarlo un “crimen de lesa humanidad”, imprescriptible, mientras el recurso de los familiares contra “la extinción de la acción penal y el sobreseimiento”, duerme en la Corte Suprema desde hace 3 años.
La falta de agotamiento de la vía judicial interna en El Salvador, y que “el asesinato de Roque Dalton no se caracterizaría como crimen de lesa humanidad”, al ser cometido “por particulares”, no por el Estado, han no obstante cedido ante los derechos a la “vida”, “justicia”, y a las “garantías” y “protección” judiciales de la Declaración Americana de los Derechos Humanos de la OEA; inscriptos en la universalidad del Derecho a la Verdad de las Víctimas de Violaciones Graves de los Derechos Humanos de la ONU. Asimismo por la “inefectividad de las garantías judiciales, en un escenario de impunidad facilitado por la ineficiencia del sistema judicial salvadoreño”.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el correspondiente “informe de admisibilidad” el 1 de diciembre de 2021. Recién sale a luz porque “los casos se van atendiendo de manera cronológica por equidad con todos los peticionarios”, según uno de los siete integrantes de la CIDH que lo adoptara, compuesta por 5 mujeres y 2 varones. Esta fuente aseguró que la decisión sobre “el fondo de la cuestión”, será tomada “con la importancia que el caso reviste”.
Teórico de la lucha armada latinoamericana, a los 39 años, habiendo padecido la persecución, la cárcel, y el exilio en Cuba y en la ex-Checoslovaquia, Roque Dalton fue condenado a muerte por la jefatura del ERP, bajo cargos de “insubordinación”, “divisionismo” y de ser “agente enemigo”. En plena clandestinidad militante dentro del país, no renunció a las divergencias con quienes serian sus verdugos, ni renegó de su antidogmatismo, o se calló la boca, señalando siempre los errores. *
Dalton fue abatido junto “a su amigo y compañero de activismo Armando Arteaga”, por lideres del ERP, confirmó la OEA. Sin embargo no se ha logrado descubrir “donde se encuentran sus restos”, ni los sitios exactos del cautiverio y de los asesinatos, “luego de ser detenidos y sometidos a agresiones”, mediante interrogatorios con golpes y amenazas de presentarlos públicamente como traidores. “Los sobrevivientes de la Dirección del ERP nunca han dado a conocer” las sepulturas de Dalton y Arteaga, privando “a las familias de
la verdad y la justicia”. *
Un versión fue que los restos “estaban resguardados” por la guerrilla “en el barrio Santa Anita, quizás sepultados en el mismo lugar” que los mataron. La Misión de Observadores de la ONU para el Salvador, ONUSAL, dijo que los dos “cadáveres indefensos quedaron
enterrados en El Playón, departamento de La Libertad… a poca profundidad y los animales los devoraron … las osamentas fueron tiradas a una quebrada cercana” por “un juez de paz y agentes de la Guardia Nacional”.
La CIDH argumentó que el crimen de Dalton “derivó en una pugna interna entre los dirigentes del ERP”. La alusión acaso apunta a que sus correligionarios en la cúspide del ERP lo sospechaban de un conjetural reclutamiento en la CIA, durante su secuestro en 1964 por el Ejército de El Salvador en la cárcel de Cojutepeque. Le endilgaron haber “colaborado” cuando allí lo interrogara un funcionario de inteligencia estadounidense, antes que el poeta-guerrillero fugase de la prisión. * Pero en 2012, los cables desclasificados de la CIA lo exculparon de pasarse al enemigo.
Dos de los victimarios, han sido consignados por la OEA: Jorge Antonio Meléndez López, funcionario en los gobiernos de Mauricio Funes y Salvador Sánchez Cerén (2009/2019); y Joaquín Villalobos Huezo, al parecer en Gran Bretaña, donde habría ejercido de profesor universitario, quien reconoció su responsabilidad entre los 7 jefes del ERP que asumieron matar a Dalton, frente a uno de sus hijos, Juan José, periodista, entrevista publicada en el “Excélsior”, de México, el 19/5/93.
Por cierto, entonces Villalobos declaró: “Yo fui uno de los siete miembros del tribunal que ordenó la ejecución. Fue una acción de inmadurez personal, pasional y de radicalización ideológica. Dalton fue víctima de la ignorancia, la intriga y el dogmatismo. Fue un grave
error”. Le atribuyeron “una disidencia política”, de carácter “injustificable”, manifestación de la “intolerancia”, en “una etapa tan cerrada que dividir a la gente se consideraba una falta gravísima”. *
Para su dictamen final la CIDH “considerará relevante como contexto en el análisis de fondo, que en la década de 1970 El Salvador se caracterizó por intensos conflictos sociales y políticos, así como violaciones sistemáticas de derechos humanos”, culminando en un enfrentamiento “armado de trágicas consecuencias que se extendió de 1979 hasta 1992”. Y como las circunstancias de la desaparición de Dalton “siguen inciertas”, no se puede “descartar” una “responsabilidad estatal”.
* “Contrapunto”, El Salvador, 16 de mayo de 2017.
* “Contrapunto”, El Salvador, 10 de mayo de 2019.
* “Moronga”, Horacio Castellanos Moya, Literatura Random House, Barcelona, 2018.
* “El País”, Madrid, 22 de mayo de 1993.