COLUMNISTAS
desde la otra orilla

Un aniversario olvidado

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Histórico. Aniversario de la reforma constitucional de 1994 cumplido el 22 de agosto. | cedoc

El reciente e inadvertido aniversario de la reforma constitucional de 1994 cumplido el 22 de agosto pasado y la situación institucional de la Argentina del siglo XXI demuestran el incumplimiento del pacto celebrado por los representantes del pueblo en la Asamblea Constituyente realizada en las ciudades de Santa Fe y Paraná hace ya más de tres décadas.

Si bien el origen de ese trascedente proceso no surgió de una iniciativa ciudadana sino de un pacto de cúpulas políticas de las dos fuerzas con mayor representación parlamentaria en ese momento histórico, hubo discusión y se decidió introducir profundas modificaciones en el sistema político de la constitución histórica.

El primer postulado de esta reforma, incluido en el llamado “núcleo de coincidencias básicas” del Pacto de Olivos, fue “atenuar las facultades presidenciales”. El uso abusivo de esas facultades por el actual primer mandatario, que goza de buenos antecedentes en los gobiernos que sucedió demuestra que el incumplimiento de ese objetivo es manifiesto.

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La concentración de funciones en el Poder Ejecutivo en desmedro de los restantes órganos de poder del estado es una de las marcas de mayor impacto institucional que este gobierno ha impuesto desde el primer día de comenzado su mandato. Pero lo grave es que se realiza por un gobierno sin mayoría parlamentaria al que el Congreso tenía la posibilidad de poner freno desde el inicio. El uso indiscriminado de las facultades legislativas excepcionales otorgadas por la constitución reformada, hace que lo habitual sea la excepción. Giorgio Agamben nos recuerda que el estado de excepción es el límite del estado de derecho.

Decretos de necesidad y urgencia, delegación de leyes, vetos parciales y totales de leyes sancionadas por el Congreso son instrumentos usuales que se utilizan sin los controles que la Constitución establece y sin explicar cuáles son las razones de excepcionalidad que los motivan. Son un instrumento habitual que desplaza la actividad legislativa al Ejecutivo en abierta contradicción con expresas normas constitucionales y los fundamentos de una democracia republicana.

La actuación disciplinada de parlamentarios de diferente extracción política le ha quitado toda autonomía al legislativo que ha cumplido con obediencia debida los deseos presidenciales y tolerado sus desmesuras discursivas.

El fracaso de la reforma de 1994 puede ser revertido mediante el compromiso de las fuerzas políticas y de los ciudadanos de ordenar sus conductas a las normas allí establecidas, porque fundamentalmente lo que ha primado en este período es su incumplimiento.

Nuevamente se impone una reflexión sobre la forma de gobierno. La necesidad de un régimen que respete la distribución de funciones y los controles eficientes entre órganos requiere de un debate que reformule un presidencialismo sin desbordes funcionales ni discursos altisonantes o se arriesgue al ensayo de nuevas formas, probadas con éxito en otras comunidades y posiblemente adaptables a nuestras conductas.

Para que esta superación sea factible no basta un cambio de gobierno sino la decisión social de acatar el orden jurídico que se establezca o ratifique. La laxitud en el cumplimiento de este compromiso demostrada por la sociedad argentina en este período exhibe su ineficacia para mejorar la calidad de vida y proveernos de gobernabilidad democrática.

Se impone la revalorización del trabajo intelectual en un contexto donde priman las pasiones. Creo que sigue vigente la afirmación que Albert Camus pronunció sobre la desvalorización de la inteligencia y el triunfo de “las filosofías del instinto y, con ellas, ese romanticismo de mala ley que prefiere sentir a comprender como si ambos pudieran separarse…”.

Tal vez del ejercicio activo de la reflexión podamos arribar a un compromiso constitucional superador del presente.

*Profesor de Derecho Constitucional.