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CóRDOBA
CONTROVERSIA

“La Ley Micaela tiene contenido ideológico opinable, es adoctrinamiento del Estado”

El juez del TFN, Juan Manuel Soria Acuña, es un crítico de la capacitación con perspectiva de género por la “ideología” que transmite. Es uno de los aspirantes a integrar la Cámara Federal de Córdoba en reemplazo del fallecido vocal Luis Rueda.

Juan Manuel Soria
JUAN MANUEL SORIA. Opinó que la capacitación obligatoria sobre perspectiva de género "excede la cuestión de la violencia contra la mujer y los colectivos LGBTQ+ y presenta cierto contenido ideológico. | Cedoc Perfil

Juan Manuel Soria Acuña (48), de origen catamarqueño, es vocal del Tribunal Fiscal de la Nación. Tiene el mismo rango que un camarista federal y es especialista en Derecho Tributario. Participó del concurso 457 convocado por el Consejo de la Magistratura para integrar la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativa Federal y lo impugnó.

El mes pasado se inscribió en la compulsa para designar al reemplazante del fallecido vocal de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, Luis Roberto Rueda.

“Además de juez soy ‘un poco’ periodista”, indica a la hora de reseñar su perfil. Envió a este medio la lista de notas que llevan su firma en el blog El Cohete a la Luna, de Horacio Verbitsky.

En los últimos días comenzó a circular una carta de su autoría publicada en La Nación el 1 de octubre del año pasado, con críticas a la aplicación de la Ley Micaela, y una nota de opinión que plantea la “nulidad constitucional” de la ley del aborto.

–¿Sigue pensando lo mismo que expresó en la carta que publicó La Nación?

–Quiero ser muy claro sobre esto: entiendo como un tema muy grave la violencia contra la mujer y las comunidades LGBTQ+ y que es esencial la capacitación obligatoria en esa materia, sobre todo para el Poder Judicial. Estoy de acuerdo con la Ley Micaela en ese aspecto. Pero tiene un segundo alcance, que es la capacitación obligatoria sobre perspectiva de género, que excede la cuestión de la violencia contra la mujer y los colectivos LGBTQ+ y que presenta cierto contenido ideológico, opinable. Esa parte puede llegar a consistir un adoctrinamiento desde el Estado, que entra en tensión con normas constitucionales de la llamada parte dogmática de nuestra Constitución. Hice la capacitación en la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y, previamente, en el Ministerio de Economía de la Nación. Desde el Estado no se puede bajar una línea de pensamiento única. Y lo digo sobre ideología de género como lo podría decir sobre una ley que dijera que, como el 80% de la población argentina es católica, entonces resultaría conveniente que impartamos un adoctrinamiento obligatorio sobre catolicismo a todos los funcionarios del Estado. Tal ley violaría las mismas normas constitucionales que señalo en mi carta.

–¿Por qué lo define como ideología y evita el término perspectiva de género?

–Me parecen indiferentes los rótulos, que se llamen ‘perspectiva’ o ‘ideología’. Podemos decir como los alemanes, ‘weltanschauung’. Hay contenidos que se imparten bajo la llamada perspectiva de género que, para mí, son opinables y sobre los que el Estado no puede imponer una línea única de pensamiento, con exclusión de otras visiones.

–Por ejemplo, ¿en qué no está de acuerdo?

–Cuando se habla de las diferencias sexuales, sobre los estereotipos, se dice que es una cuestión cultural en la que no hay determinación biológica o genética en las conductas de los sexos. Tal afirmación es muy discutible. Estuve leyendo hace poco un libro de Roxana Kreimer –’El patriarcado no existe más’– donde examina con profundidad y solidez este tema de los estereotipos y refuta muchos de los tópicos muy asentados en la cuestión. Lo curioso es que Kreimer está lejos de ser una persona de derecha o antifeminista. Es una filósofa y socióloga feminista, favorable al aborto, pero que impugna contundentemente muchas de las aserciones del movimiento feminista en Argentina, que ella denomina hegemónico. Frente a esos ejemplos, el Estado se desvía de sus funciones o cae en un exceso cuando se embandera bajo una única postura.

Ley Micaela
MICAELA GARCÍA. La ley que obliga a la capacitación en género a los tres poderes del Estado, conocida como Ley Micaela, lleva ese nombre en homenaje a la joven de 21 años violada y asesinada en Gualeguay en 2017.

–¿Por qué decidió escribir la carta y publicarla?

–En ese momento la ministra (de la Mujer, Elizabeth Gómez Alcorta) había objetado a los ministros de la Corte Suprema porque no hacían la capacitación de la Ley Micaela que impartía su Ministerio. Decía que someter a los miembros de la Corte a esa capacitación tendría un efecto ejemplificador sobre todos los jueces. Me pareció un concepto autoritario. Frente a un poder del Estado que pretendía adoctrinar a otro, creí que debía señalarse la cuestión constitucional de separación de poderes. El Ministerio de la Mujer tiene uniformidad ideológica. Lo dijo la propia ministra cuando asumió: las personas que designó son feministas militantes. Entiendo que, por ejemplo, no hay mujeres católicas, evangélicas o no-feministas en el Ministerio de la Mujer y es como para preguntarse si las mujeres católicas, las evangélicas o las no-feministas, no tienen algo para aportar en ese ministerio. ¿O no son mujeres? Hay temas referidos a la mujer en los que es necesario un pluralismo mucho mayor al que se ve en los medios y los gobiernos.

–Aún con todas las limitaciones que pueda tener el programa de capacitación, ¿no piensa que es necesario en los organismos del Estado, incluso en el Poder Judicial?

–En eso coincido absolutamente. Pero hay que hacer una distinción en las dos partes de la ley. No se puede ser dogmático en ciertas cuestiones y decir: “Nosotros creemos en la diversidad, sin embargo hay que entenderla tal como la entendemos y sin apartarse un milímetro de esa concepción”. Realmente tiene poco de tolerante y de diverso.

El caso de Lucio Dupuy en La Pampa

-Con relación al homicidio del niño de La Pampa (Lucio Dupuy) nadie indaga si la decisión judicial de dar la custodia a la pareja que, por lo que se sabe, torturó y terminó matando al niño, fue tomada con perspectiva de género. ¿Por qué el juez, o la jueza, que intervino en el caso otorgó la custodia del niño a la madre y su pareja y no al padre? ¿El magistrado actuó presionado, con dogmatismo? ¿Tuvo miedo que si no se lo daba a la madre y su pareja mujer, se lo acusara o tildara de responder con su decisión a un modelo tradicional –estereotipado– de familia que solo admite a una pareja heterosexual como normal?

En ese caso vemos cómo una presión, de tipo ideológica, puede terminar llevando a un magistrado a adoptar la peor decisión para un caso. El niño había estado en perfectas condiciones bajo la custodia de su tío y su esposa, un matrimonio tradicional, y fue la presión de la madre y su pareja la que llevó a que se sacara al niño de esa custodia, con el trágico final que conocemos.

¿Por qué el magistrado no pudo decir “no” a esa petición? ¿No pudo darse cuenta de lo que estaba haciendo? Lo más urticante del caso es que la pareja acusada del asesinato escribía públicamente en las redes sociales que estaban en contra de la maternidad, que no había que tener hijos, que si se los traía al mundo se los arrojaba a una vida desgraciada, etc. ¿Es extraño que todo terminara como terminó? ¿Por qué el juez no tomó otra decisión? ¿Le dio miedo que dijeran que estaba violando la perspectiva de género, que estaba actuando prejuiciosamente contra una pareja lesbiana si no les daba la custodia? Están mal todos los dogmatismos, desconectados de la realidad, sean los tradicionales o los progresistas”.