ECONOMIA
Obligatorio

AFIP dispuso que siguen las presentaciones digitales hasta fines de octubre

Tal como indicaron desde el ente recaudador nacional, en el marco de la pandemia por coronavirus buscan facilitar la realización de más de 80 distintos trámites.

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AFIP | CEDOC

 La Administración Federal de Ingreso Públicos (AFIP) dispuso que será obligatorio utilizar el servicio de Presentaciones Digitales hasta el 31 de octubre.

La renovación de la medida tiene como objetivo facilitar la realización de distintos trámites en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Desde el ente recaudador nacional recordaron que el servicio de Presentaciones Digitales cuenta con más de 80 gestiones habilitadas.

Entre la gran variedad de trámites que se encuentran disponibles en la página web del organismo aparecen algunos como:

  • Actualización y corrección de datos registrales
  • Cambio fecha de cierre de ejercicio
  • Cambio de domicilio fiscal
  • Carga de fecha de jubilación
  • Certificado de exclusión de retención de IVA
  • Certificado de exención impuesto a las Ganancias
  • Certificado de libre deuda previsional
  • Certificado de residencia fiscal
  • Devolución de saldos de libre disponibilidad
  • Libro de sueldos digital
  • Recupero de IVA exportación
  • Zona de emergencia acreditación

Vale recordar que la obtención de la CUIT para personas jurídicas fue el último trámite incorporado.

Para utilizar el servicio es necesario contar con clave fiscal y Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado.

La Resolución General N°4823 publicada en el Boletín Oficial también exime a los contribuyentes de la obligación de registrar sus datos biométricos hasta finales de octubre.

La excepción permite que los ciudadanos no tengan que concurrir a las dependencias del organismo para registrar su foto, firma y huella dactilar.

La normativa extendió, además, la posibilidad de solicitar o recuperar la clave fiscal nivel 3 por medio de cajeros automáticos habilitados.

Asimismo, la AFIP prorrogó hasta fines de octubre la vigencia de los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la "adhesión temprana" a planes permanentes.

Dicha decisión fue implementada a través de la Resolución General N°4822.

LR