ECONOMIA
Este miércoles

Monotributistas: la AFIP habilitó la recategorización

Estará habilitada hasta el 17 de agosto. Los montos de facturación por categoría regirán para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022.

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Monotributo | Agencia Telam

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó este miércoles 27 de julio el trámite para efectuar la recategorización del monotributo, y el plazo estará abierto hasta el 17 de agosto próximo, “para garantizar que los pequeños contribuyentes realicen el procedimiento con los valores de las escalas estipuladas en la nueva ley de alivio fiscal”, informó ese organismo.

El lunes la AFIP reglamentó la ley de alivio fiscal para los monotributistas, con lo cual el ente recaudador instrumentó la actualización excepcional de las escalas que contempló un incremento en la facturación máxima por categoría de hasta 77%. El aumento es más significativo en las categorías más bajas.

De esta forma, la recategorización habilitada desde hoy “podrá realizarse con los nuevos valores”, indico el organismo conducido Mercedes Marcó del Pont a través de un comunicado.

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Escalas del Monotributo

Los montos de facturación por categoría regirán para el período comprendido entre el 1º de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022.

La AFIP explicó que la recategorización es un procedimiento obligatorio que se realiza dos veces al año donde  los contribuyentes deben evaluar qué categoría del monotributo le corresponde de acuerdo a su actividad durante los últimos 12 meses. 

"Todos los monotributistas deben realizar el procedimiento. Cuando no corresponda modificar la categoría, las personas deben confirmar su permanencia en la que corresponda", aclaró.

Para facilitar las tareas de cumplimiento, el vencimiento de la obligación mensual del próximo mes se postergó hasta el 27 de agosto.

Para el pago de los tres componentes de la cuota del monotributo de agosto -impositivo, obra social y jubilación- regirán los valores correspondientes a la recategorización que se inicia este 28 de julio.

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Asimismo, la AFIP recordó que el 5 de agosto vence el plazo para ingresar la obligación mensual correspondiente a junio. El pago de dicho vencimiento, que también se postergó, se concreta según las escalas anteriores del monotributo correspondientes a la Ley 27.618 que también pueden consultarse en monotributo.afip.gob.ar.

Otros beneficios

Con la reglamentación de la ley de alivio fiscal, se retrotrae los valores mensuales de las cuotas correspondientes al período enero-junio de 2021 a los vigentes en diciembre de 2020. 

Además, la normativa estableció una moratoria para que los monotributistas regularicen obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2021. El plan de facilidades, que estará abierto hasta el 30 de septiembre, contempla la condonación de intereses y multas.

 

Las escalas actualizadas pueden consultarse en monotributo.afip.gob.ar.