El año pasado, se fijó que las empleadas domésticas dentro del régimen de trabajo en casas particulares recibirían un aumento del 28 % dividido en tres partes: diciembre (10%), febrero (8%) y abril (10%). Por lo tanto, todavía queda previsto un aumento más para el sueldo de abril del 10% sobre el salario que se abonaba antes del ajuste.
Es importante señalar que para quienes pagan en forma semanal, el incremento se realizará de forma inmediata con los pagos que se realicen en ese mes. En tanto, quienes paguen en forma mensual lo aplicarán el último ajuste a partir de mayo.
El personal doméstico recibió un aumento salarial del 28%
A continuación, una lista con el monto final según categoría, modalidad y horas trabajadas:
Sueldo de supervisor/a
Quien realiza la coordinación y control de las tareas que realizan personas que están a su cargo.
- Hora con retiro: $223,50
- Hora sin retiro: $244,50
- Mensual con retiro: $27.928
- Mensual sin retiro: $31.108,50
Empleada doméstica / Personal para tareas específicas
Aquellas personas que fueron contratadas para realizar tareas puntuales, por las cuales se debe tener el conocimiento adecuado para llevarlas a cabo.
- Hora con retiro: $ 211,50
- Hora sin retiro: $ 232,00
- Mensual con retiro: $ 25.946,50
- Mensual sin retiro: $ 28.883,00
Empleada doméstica / caseros
Personas que se dedican al cuidado de una vivienda y que además vive en la misma, por contrato.
- Hora: $ 183,50
- Mensual: $ 23.337,00
Asistencia y cuidado de personas
Aquellos empleados que realizan la asistencia y cuidado de otros, siendo que no realizan un tratamiento terapéutico sino que solo se cuida.
- Hora con retiro: $ 183,50
- Hora sin retiro: $ 206,00
- Mensual con retiro: $ 23.337,00
- Mensual sin retiro: $ 26.007,00
Personal para tareas generales
Quienes realizan tareas del hogar, que son variadas como de limpieza, en la cocina, lavado y planchado.
- Hora con retiro: $ 171,00
- Hora sin retiro: $ 183,50
- Mensual con retiro: $ 20.987,00
- Mensual sin retiro: $ 23.337,00
En cuanto a la cantidad de horas de servicio prestado, se plantean dos remuneraciones: un valor mensual para el personal que desempeña una jornada laboral de tiempo completo (48hs semanales) y un valor por hora trabajada.
Adicional por zona desfavorable
Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al (25%) sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.