ELOBSERVADOR
que pasara tras la crisis

El CRC preguntó por qué no hay ya una defensoría

La Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, sancionada en 2005, creó la figura del Defensor de Niñas, Niños y Adolescentes de la Nación y estableció noventa días de plazo para nombrarlo.

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Institutos de menores. Fueron parte del informe argentino. | cedoc

La Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, sancionada en 2005, creó la figura del Defensor de Niñas, Niños y Adolescentes de la Nación y estableció noventa días de plazo para nombrarlo.

Pasaron más de 12 años, en los que transcurrieron las infancias de niñas y niños, sin que el Estado argentino cumpliera con la ley.

Retraso. Esta semana, el Comité para los Derechos del Niño de la ONU, que supervisa la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño en los Estados que la suscribieron, interrogó a las autoridades argentinas por el retraso en la designación. En la 78ª sesión del Comité, el órgano preguntó por qué no se ha designado a la autoridad máxima del sistema de protección de derechos de la infancia a nivel federal y “a qué causa se debe el motivo de este retraso” y “qué pueden hacer para destrabar esta situación, para que prontamente las y los niños cuenten con un defensor”.

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Incertidumbre. La respuesta del gobierno argentino no aportó precisiones ni certezas.

En 2017, el Congreso acató una sentencia judicial originada en una presentación realizada por las organizaciones que integran el colectivo Infancia en Deuda, entre las que se encuentra la Asociación Civil para la Igualdad y la Justicia, y conformó la comisión bicameral que inició el proceso de designación, dictó el reglamento, abrió la convocatoria y admitió a 68 postulantes. El camino hacia el Defensor del Niño parecía allanado.

Sin embargo, tras el recambio parlamentario, los legisladores no han conformado todavía la nueva bicameral que debe continuar el proceso: el Senado ha designado sus integrantes, pero aún no lo ha hecho la Cámara baja.

Transparencia. El Comité, que desde 1995 señala la necesidad de una autoridad que defienda los derechos de la infancia y la adolescencia en Argentina, quiso saber “si este proceso de constitución de la figura del Defensor del Niño es un proceso transparente y participativo, con amplio involucramiento de la comunidad”, y si la Defensoría “contará con los recursos presupuestarios y humanos para poder desarrollar su tarea independiente de acuerdo con el mandato legal y los estándares internacionales en la materia”.

La respuesta del Gobierno destacó la participación de la sociedad civil en la etapa de audiencias públicas y la asignación presupuestaria para la Defensoría, aprobada por el Congreso en diciembre y publicada en el Boletín Oficial en marzo de este año.

Pero la tarea no está cumplida aún, y las autoridades del Poder Legislativo tienen que finalizar el proceso de designación mediante un concurso transparente que garantice un examen de oposición, con reglas claras e indicadores objetivos para seleccionar a la persona más calificada según los estándares de la ley.

Cumplimiento. Las y los integrantes del Congreso deben saldar su deuda con la infancia en cumplimiento de su obligación legal, y porque es urgente en el contexto de vulneración de derechos que atraviesan la infancia y la adolescencia en nuestro país. Necesitamos un Defensor del Niño ya.

 

(*) ACIJ, Asociación Civil para la Igualdad y la Justicia.