OPINIóN
Análisis

Nuevas tecnologías: casos Chile y Argentina

Cómo abordaran los distintos Estados el crecimiento exponencial de las empresas del rubro.

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Ciudadanía en el siglo XXI. | shutterstock

Luego de haber terminado un 2020 con altos índices de desempleo, pobreza, caída de las economías reales, los incentivos fiscales jugaran un papel muy importante para la reactivación de las economías regionales. Analizaremos la situación de Argentina y la de Chile en materia de tecnología e incentivos fiscales.

Caso chileno

El 30 de diciembre pasado se sancionó la Resolución Exenta Corfo Numero 1.399 mediante la cual se dispuso la aprobación de las normas de procedimiento para las solicitudes de investigación y desarrollo dentro de lo regulado en el apartado 3, de la letra C, Art 41 G, la cual dispone: " Rentas derivadas de la cesión del uso, goce o explotación de marcas, patentes, fórmulas, programas computacionales y otras prestaciones similares, sea que consistan en regalías o cualquier otra forma de remuneración; Ley 21210  Art. segundo N° 28 a) D.O. 24.02.2020 excepto las rentas provenientes de proyectos de investigación y desarrollo definidos conforme a la letra f) del artículo 1° de la ley N° 20.241, que establece un incentivo tributario a la inversión en investigación y desarrollo, y que sean aprobados previamente por la Corporación de Fomento de la Producción, conforme al procedimiento que determine dicha institución mediante resolución conjunta con el Servicio de Impuestos Internos."

El procedimiento debe llevarse acabo a través de la entidad denominada CORFO (Corporación de Fomento de la Producción). La presente resolución define dos conceptos importantes: la investigación básica y la específica.

Entendiendo a la investigación como la búsqueda metódica que tenga por objeto generar nuevos conocimientos en el ámbito científico o tecnológico, la básica es aquella que consiste en trabajos experimentales o teóricos que se emprenden principalmente para obtener nuevos conocimientos acerca de los fundamentos de los fenómenos y hechos observables, con prescindencia de si tienen una aplicación o utilización determinada.

La investigación aplicada consiste en trabajos originales realizados para adquirir nuevos conocimientos y está dirigida fundamentalmente hacia un objetivo específico.

Nuevas tecnologías para el agro

La resolución mencionada dispone a CORFO como la autoridad de aplicación de la norma, explicando el procedimiento administrativo, indicando el contenido de la solicitud, los requisitos del proyecto de investigación y desarrollo.

Si el contribuyente obtiene el beneficio sobre las rentas pasivas indicadas procedentemente, comenzara a regir una vez notificado el mismo de la resolución.

 

Caso argentino

En la Argentina se aprobó el 20 de diciembre pasado el decreto 1034/2020 que regula la aplicación del llamado régimen de Economía del Conocimiento. El mismo prevé cómo será el procedimiento y cuáles son los requisitos para ingresar a los beneficios de la ley.

Dispone que para el proceso de inscripción en el régimen del beneficio: Los solicitantes deberán presentar una declaración jurada en los términos que establezca la Autoridad de Aplicación, que indique las actividades desarrolladas en el país, en carácter de principal y por cuenta propia, acompañando una descripción detallada de su modelo de negocios en dicha actividad.

Transcurrido el plazo de cuatro (4) años computado desde la inscripción en el “Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento” o si dejara de ser micro empresa, lo que ocurra primero, la persona jurídica beneficiaria deberá dar cumplimiento a los requisitos del artículo 4° de la Ley N° 27.506 y su modificatoria, excepto que solicite la baja del mencionado Registro”.

Repercusiones positivas por la reglamentación de la ley de Economía del Conocimiento

Asimismo regula que se entiende por actividad principal: "se considera actividad promovida con carácter de principal cuando su facturación representa, como mínimo, el setenta por ciento (70 %) del total de la facturación de la solicitante, correspondiente a los doce (12) meses anteriores a la fecha de solicitud de inscripción. Tratándose del supuesto comprendido en el inciso b) del artículo 4° de la Ley N° 27.506 y su modificatoria, cuando se encuentra incorporada como una fase inescindible del proceso productivo aplicable transversalmente a sus productos o servicios comercializados".

 

Conclusión

Como hemos podido analizar, tanto Chile como Argentina han reglamentado los procedimientos para que los contribuyentes puedan acceder a los distintos beneficios impositivos en fechas muy cercanas, tan solo con 10 días de diferencia.

En ambos reglamentos podemos ver importantes diferencias, por ejemplo la falta de precisión en el decreto argentino, el cual no clarifica quién es la autoridad de aplicación, mientras que la resolución de Chile define claramente al CORFO. La norma argentina no clarifica definiciones, no explica qué se entiende por investigación, mientras que el decreto chileno lo deja claro y define varios términos aparte del de mayor importancia, como es el de investigación. 

Es importante entender que una norma debe ser completa, clara y precisa algo que no sucede con la norma argentina y sí con la chilena.

No es una casualidad que ambos países hayan sancionado normas regulatorias de los beneficios fiscales al rubro tecnológico, al contrario, ambos países están armando una solida base para este año, en el cual se espera que el crecimiento del rubro tecnológico sea aun mayor que el del 2020.

Las nuevas tecnologías y el futuro del trabajo

Es importante poder analizar la relación normativa Estado-Tecnología, ya que aquellos países que acompañen e incentiven al rubro tecnológico tendrán una reactivación económica acelerada.