OPINIóN
Columna

El fin de una injusticia: los porteños podrán apelar sus causas ante el Tribunal Superior de la Ciudad

Se favorece a decenas de miles de porteños que necesitan resolver sus conflictos cotidianos en los diferentes fueros. Es, nada menos, que el principio del fin de una injusticia que se extiende desde hace más de dos décadas y media.

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legislatura porteña | Cedoc Perfil

A diferencia de lo que ocurre en el resto de las provincias argentinas, cada vez que un porteño necesita resolver algún conflicto cotidiano en cualquier fuero judicial debe pasar por el tamiz de la Nación.

En efecto, los únicos juzgados de alcance nacional que subsisten son los que tienen asiento en la Ciudad de Buenos Aires, por lo que en cada caso que involucra a los habitantes de este distrito el Consejo de la Magistratura y el Congreso de la Nación -es decir, diputados y senadores de todo el país- están a cargo de designar un juez nacional. Así continúa expresándose el poder que tienen la Nación y algunas provincias sobre la CABA y que no parecen dispuestas a ceder.

Pasaron veinticinco años de la Ley Cafiero -que sigue vigente y que propone garantizar los intereses del Estado Nacional en la ciudad mientras sea la capital del país-. Desde su promulgación, los incumplimientos al artículo 129 de la Constitución, que da plena jurisdicción y autonomía a CABA, continúan acumulándose. No se transfirieron los juzgados, pero tampoco el registro de la propiedad inmueble, el puerto o la estación de ómnibus. Ni siquiera se incluyó a la Ciudad como provincia en la ley de coparticipación.

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Específicamente, en el caso de la justicia, ocurre que en los delitos federales, las apelaciones solo pueden hacerse frente a la Corte Suprema. Pero en los temas comunes, como divorcios, consorcios, juicios por medianeras o conflictos entre comercios, tramitan en juzgados provinciales y se escala ante el Tribunal Superior de cada provincia. La Corte Suprema de la Nación fue contundente en ese sentido: no admite recursos si antes no pasaron por el Superior Tribunal provincial. ¿Por qué entonces un porteño no puede ser juzgado por los magistrados de la propia Ciudad, derecho al que acceden un salteño o un cordobés?

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No se puede seguir sacrificando el destino de 100.000 conflictos que van a mediación Civil en la Ciudad de Buenos Aires ni las más de 40.000 causas anuales de los principales fueros o las 4.000 que se tramitan en cada juzgado Civil por año y que cuando apelan quedan archivadas en enormes pilas que nunca se resuelven en la Corte Nacional.

A esto se suma que la Corte se viene pronunciando respecto de que deben recaer en el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad los conflictos de competencia entre jueces federales radicados en este territorio: los casos Corrales (2015), Bazán (2019) o Ferrari-Levinas (en este, fue el propio TSJ el que determinó que la apelación ante el organismo era procedente) son apenas unas pocas muestras de que la justicia de los porteños debe ser administrada por los tribunales porteños.

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Por todo esto, la Legislatura votó favorablemente que el TSJ de la CABA sea competente al admitir recursos de queja derivados de casos que se tramitan ante la Justicia Nacional Civil con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Así, se favorece a decenas de miles de porteños que necesitan resolver sus conflictos cotidianos en los diferentes fueros. Es, nada menos, que el principio del fin de una injusticia que se extiende desde hace más de dos décadas y media.

 

* Sergio Abrevaya. Diputado LCABA.