POLITICA
Congreso

El Senado trata un proyecto para suspender la caducidad de los partidos políticos

La iniciativa propone suspender hasta el 31 de diciembre la aplicación de las causales de extinción, como no celebrar elecciones internas o no contar con mínimo de afiliados inscriptos.

Sesion en el Senado 20210224
Sesion en el Senado | NA

En el marco de un año marcado por el coronavirus, la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado tratará este jueves desde las 14 un proyecto de ley que busca suspender la caducidad de los partidos políticos por no celebrar elecciones internas de renovación de autoridades o por no contar con mínimo de afiliados inscriptos debido a la pandemia.

Los legisladores de la Cámara Alta que integran la comisión analizarán la iniciativa del Poder Ejecutivo, que suspende hasta el 31 de diciembre de 2021 “la aplicación de las causales de caducidad de la personalidad política de los partidos políticos previstas en los incisos a) y e) del artículo 50 de la Ley 23.298 y sus modificatorias”.

Senadores se cruzaron por el "vacunatorio VIP" y la citación a Carla Vizzotti

Esto no les gusta a los autoritarios
El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.
Hoy más que nunca Suscribite

Según consignó el sitio Parlamentario, esas causales de caducidad son la no realización de elecciones partidarias internas durante el término de cuatro años; y no mantener la afiliación mínima que establece la ley, que es de un número de electores no inferior al cuatro por mil (4‰) del total de los inscriptos en el registro de electores del distrito correspondiente.

El proyecto plantea también que, por razones sanitarias excepcionales, a aquellos partidos donde no se pudieron renovar autoridades se les otorgue continuidad de ejercicio hasta diciembre de 2021 a las últimas autoridades informadas ante la Justicia Federal con competencia electoral.

Por último, la iniciativa propone suspender las sanciones por incumplimiento de la obligación de capacitación con el fin de que puedan incorporar nuevas tecnologías que permitan dictar capacitaciones de manera digital, reservando las sumas no ejecutadas en 2020 para el ejercicio 2021 con el mismo destino.

 

AB/FF