POLITICA
JUJUY

Polémica por los dichos de Gerardo Morales sobre la adopción

El mandatario provincial dijo que "una importante familia" quería adoptar a la bebé que nació por la cesárea a la nena de 12 años. Cómo es el proceso legal.

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Gerardo Morales | Cedoc

La provincia de Jujuy se encuentra conmocionada por el caso de una menor de 12 años que fue violada por un vecino de 58. Tras las negativas a realizarle un aborto, la niña que dio a luz a las 24 semanas de gestación cuando le realizaron una cesárea.

El gobernador jujeño Gerardo Morales aseguró que la menor “no quiso tomar contacto con la bebé”, y avivó la polémica cuando agregó que hubo muchas personas se mostraron interesadas en la adopción de la recién nacida.

Al respecto, declaró que “una familia muy importante” de la provincia tenía interés en adoptarla. Tras sus dichos, en las redes sociales apuntaron contra el mandatario por sugerir que darían en adopción a la bebé a una familia “reconocida”, sin pasar por el proceso legal que el sistema de adopciones requiere.

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En tanto, según enuncia la guía de adopción en Argentina elaborada por el equipo técnico de la Dirección Nacional del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (DNRUA), pueden adoptar las personas que se encuentren inscriptas en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos.

De acuerdo al texto del artículo 611 del del Código Civil y Comercial de la Nación, “se prohíbe expresamente la entrega directa de niñas, niños y adolescentes por parte de cualquiera de los progenitores u otros familiares”. El mismo agrega que, “si esta situación se configurara, el juez podría separar al niño de su guardador”.

La misma guía de la DNRUA, que depende del Ministerio de Justicia de la Nación, remarca que “para adoptar es indispensable estar inscripto en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos”.

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“Los adultos interesados no deben acercarse por su cuenta a los hogares de residencia de las niñas, niños o adolescentes ya que, además de no ser el procedimiento pautado por la ley, puede generarles falsas expectativas”, señala.

PERFIL se comunicó con el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, del que depende el Registro Único de Aspirantes a Guardas con Fines Adoptivos (RUAGA) de la Ciudad de Buenos Aires. Allí manifestaron que lo ocurrido corresponde a otra jurisdicción y cada provincia se remite en primer lugar a registros locales, por lo que no es su competente emitir juicio al respecto.

A.G./F.F.